#235 Veo que sabes de derecho, pero yo quiero preguntarte algo personal. Entendiendo como entiendes el ámbito material de validez aplicado en este caso con su respectiva investigación por parte de la fiscalía y las condenas por parte del jurado, ¿Te parece justo que pagando 87000€ y pasando 8 años en prisión (que ya sabemos en qué quedará entre buena conducta -si se da-, tercer grado y condicional), se esté haciendo justicia ante un homicidio doloso? Tal es el precio a pagar por el culpable, según la ley española, que el padre ha agravado su depresión hasta el punto de cometer un suicidio.
¿Acaso la ley no está para proteger a la gente que la respeta?
Entiendo la proporcionalidad y se que no se pueden hacer excepciones en casos particulares como este o nuestro marco legislativo se convertiría en un chiste, pero creo que algo como esto debería bastar para que más de uno de los que se sientan en las Cortes Generales se plantee modificar levemente el código penal ,aunque solo sea para que en un delito como este, cuya base es la conducción con manifiesto desprecio por la vida de los demás propiciada por conducir bajo los efectos del alcohol y que concurre en un homicidio, luego no se pueda ver atenuado porque el tío iba bebido -principal causante de toda esta desgracia- tal y como ha dicho la fiscalía al solicitar una pena.
¿Qué sentido tiene que un tribunal compuesto por varios magistrados o jueces dicte una sentencia donde el alcohol no actúe como atenuante y luego llegue la fiscalía, de oficio, y solicite una pena menor a la que pide la acusación particular -que se está basando en la misma ley que la fiscalía- porque sí consideran lo borracho que iba como un motivo para reducirle la pena?
No se, algo falla o se me escapa. Al menos a mi sentido común.
Nos olvidamos de que ha muerto una persona que no tenía culpa alguna en todo este proceso de letras, leyes, códigos y mierdas y ese daño es irreparable. No se puede atenuar con dinero, no se puede justificar la reducción de la condena con algo que catapulta el delito. No se debería permitir que una sentencia haga al padre de un hijo muerto suicidarse, por la depresión que le produce ver que realmente, ninguna condena le va a devolver a su hijo y solo le queda que se haga justicia... y no la tiene...
A mi me da que pensar. Será un caso particular, pero creo que ya hay bastante jurisprudencia al respecto como para empezar a pensar que el código penal, para estos casos, necesita una pequeña revisión.
Se que son pocos casos, se que el esfuerzo, posiblemente no sea proporcional a la gravedad global de un hecho como este, pero yo creo que la muerte de una persona ya es suficiente para que se tenga en cuenta al menos, una revisión.