#5487 Claro pero eso es el segundo problema, el que la gente les vote. Eso está claro que es un problema social/moral . Mi pregunta es si es posible legamente limitar el acceso a una lista electoral. Pregunto si ves posible hacerlo de la misma manera que con los delincuentes sexuales. Quienes aún habiendo cumplido su tiempo de condena les meten varios años en los que no pueden estar en actividades con menores (remuneradas o no).
Edito:
La ley de partidos de 2002 sigue en vigor?
Los promotores de un partido político deben ser personas físicas, mayores de edad, que se encuentren en el pleno ejercicio de sus derechos, no estén sujetos a ninguna condición legal para el ejercicio de los mismos y no hayan sido penalmente condenados por asociación ilícita, o por alguno de los delitos graves previstos en los Títulos XXI a XXIV del Código Penal. Esta última causa de incapacidad no afectará a quienes hayan sido judicialmente rehabilitados
En esos títulos del código penal vienen delitos como atentado a la autoridad, desorden público, tenencia, tráfico y depósito de armas, de pertenencia a organización y grupo criminal... son delitos por los que muy probablemente hayan sido condenados los candidatos en cuestión.
¿La clave está en que los "promotores" de un partido no son los integrantes de las listas? xq si no, desde mi desconocimiento no entiendo xq no se aplica esta ley para que no puedan concurrir a elecciones gente que ha sido condenada por pertenencia a banda armada. O está en lo de "Esta última causa de incapacidad no afectará a quienes hayan sido judicialmente rehabilitados"?? Mi no entender
@soy_zdravo disculpa la nueva mención pero he editado, que estaba buscando los textos.