Hacienda acaba de soltar un buen bombazo y ha aclarado que cada vez que se opere dentro de cryptos (comprar cryptos con cryptos, cosas que algunos hacemos varias veces al día) toca declarar ya haya habido beneficios o pérdidas y si es con beneficios pagar en la declaración.
Esto complica muchísimo algunas cosas. Prácticamente todos los exchanges te permiten exportar las transacciones, así que yo recomendaría que la gente empiece a descagar y guardar sus historiales de todos los exchanges y se prepare algún excel con cada operación, ahora parece mucho pero bueno, luego si se va haciendo al día de forma ordenada no es tanto.
Al final Hacienda no va a querer solo ver el fiat que metes y el fiat que saques en el futuro y pagar sobre beneficios, sino que quiere que aunque hagas solo trading intracrypto vayas pagando y declarando año a año y esto es un tracking total de los movimientos que te han llevado hasta ahí (y no son solo los trades porque también pagas comisiones a exchanges o miners, que sino no cuadra porque pierdes cryptos por el camino ahí...)
La respuesta oficial en la web del Ministerio de Hacienda y El Confidencial se hace eco de la noticia. Y tampoco me extrañaría que en el futuro los Exchanges estén obligados a facilitar toda la info a la AEAT.
Desde que en España se pudiera de moda empezar a operar con criptomonedas, los usuarios de las mismas han sumado una nueva preocupación: ¿hay que tributar por ellas? Y en caso afirmativo, ¿cómo se hace? ¿Cómo se puede cuantificar el valor de un activo que está sumergido en una esquizofrenia valorativa tan grande?
Este 2018 pudimos resolver algunas dudas: si te dedicas a la compraventa de criptomonedas, tienes que tributar por ellas. La medida no iba exenta de polémica, pero estaba medianamente clara: si habías comprado bitcoins, después los habías vendido y a cambio habías obtenido una cantidad de dinero en monedas de uso común (euros, en este caso), debías tributar por ello. Tanto si ganabas como si perdías.
Ejemplo de El Confidencial que encima omite la dificultad añadida de tener en cuenta fees.
Imagina que hace tiempo compraste un bitcoin por 2.000€
La semana pasada, con el bitcoin a unos 6.500€ de valoración, decidiste cambiarlo por 13 ethereums, cuyo valor es similar al de un único bitcoin actual
Según la valoración del Gobierno, deberás tributar por el beneficio obtenido, aunque no hayas obtenido un pago en euros en el intercambio
La tributación será de un 19%, al haber obtenido un beneficio (aproximado) de 4.500€
En caso de que el beneficio sea de entre 6.000€ y 50.000€, la tribitación será del 21%; y si es mayor, del 23%
Recuerda: el plazo para presentar la Declaración de la Renta acaba el próximo 2 de julio
Recordad que si os hacéis el longuis luego podéis incurrir en buenas multas cuando queráis sacarlo.
Yo este año ya he hecho mi declaración que incluye beneficios provenientes de cryptos, pero es a la Hacienda Foral de Vizcaya que no ha dicho nada al respecto (aunque acabará imitando a la AEAT) y aunque tengo todo bastante bien documentado y aún no me han pedido nada porque es pronto, creo que hay papeletas para que me pidan info.