Hacienda anuncia que toca declarar cada transacción

Krules

#420 facil, solo tienes que meter miedo para que sea la propia la gente la que te lo diga y asi lo sepas :)

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B

La idea de declarar solo por haber comprado ya es un poco esúpida, y la de declarar cada puta transaccion ni te digo... Lo hacen simplemente para meter miedo a la gente, para que se alejen de las cryptos.

Para intercambiar entre cryptos se usa Uniswap y similares (Descentralized Exchanges), no la mierda de exchangers como coinbase.

La diferencia está en que uno es un protocolo, no se puede censurar, no hay registro ni nadie va a llamar a nadie porque no existe ninguna persona jurídica. Y lo otro no.

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Von_Valiar

#420 Binance y Bitstamp si operan en la UE.

#422 Al tiempo. A mas de uno lo/os van a desgraciar.

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Norch

¿Si durante un año fiscal solo compro criptos directamente desde euros tengo que declararlo? ¿O hasta que no recoja ganancias o cambie por otra criptodivisa no es necesario?

En caso de que no sea necesario, si espero a declararlo el año que vuelva a cambiar la criptomoneda a euros o haga permuta por otra criptodivisa, entiendo que declararía ese año las operaciones de años anteriores para justificar la ganancia o perdida, ¿no?

Gracias de antemano!

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Von_Valiar

#424 Si compras y guardas no declaras nada.

Y declaras la ganancia, da igual de cuando sea la compra siempre que exista un cambio patrimonial.

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Nullpointer

#425 Y se prescribe a los cuatro años, no? Es decir, que si retiro dinero en 2022, lo de 2017 ya no contaría

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Sephi19

#423 Tengo entendido que BitStamp es reacia a dar información en cuanto a fiscalidad se refiere.

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Von_Valiar

#426 Aquí ya ni idea. Te diría que es a los 4 años a efectos de la declaración de la renta.

¿Algun abogado por aqui?

#427 Si esta en la UE...

Soy_ZdRaVo

#420 binance está registrado en Lituania para operar en la UE

toyakens

Tengo un poco de lío con el asunto...

En mi caso he comprado a un precio, vendido al alza (lo cual he sacado beneficio) pero he vuelto a invertir eso que he "ganado".

Se cuenta como beneficio incluso en estos casos? Inclusive si al vender cripto y obtener euros el dinero se queda en el exchange y no lo transfiero a mi cuenta?

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tirutu

Hay que declarar todos los movimientos incluso las permutas porque en ellas se obtiene beneficio/pérdida pero no si solo holdeais. Para los movimientos hay que aplicar el criterio FIFO. También se deben declarar las criptomonedas como patrimonio en el extranjero si las tenéis en un exchange extranjero.

Eso he entendido yo de lo que he leído por internet. Al menos mientras no saquen legislación al respecto.

diaviidi

#398 Decir "no es tan difícil hacer las cosas bien, declarad y pagad lo que toque" es faltar a la verdad. Cualquier persona que haya jugueteado un poco con las cryptos, habrá comprado, vendido, utilizado margen, cobrado airdrops, prestado cryptos en funding, etc. Y todo esto no se declara diciendo mande X al exchange y ahora he devuelto al banco 2X.

Aqui nadie intenta defraudar, pero me descojono como el Estado advierte de que las cryptos son un chiringuito y a la vez pone la mano para llevarse su tajada si tu sacas algo.

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horvathzeros

#432 A mi sin embargo me preocupa el caso en el que la 1a vez que sacas es ganancia (ojo, me refiero a que sigue en el exchange), pero si el año siguiente lo has perdido y, por lo que sea, las crypto que tenías pasan a valer mierda o 0€ o se destruye o yoquese, hacienda te va a cobrar el % correspondiente de esa ganancia del 1er año, pero NO te lo devuelve al siguiente.

Esto es lo que yo entiendo de todo lo visto hasta ahora y me parece que no cuadra, entiendo poder declarar pérdidas durante 4 años posteriores, para poner algún límite (cosa que ya te haría acabar pagando por una ganancia que no fue así...), pero lo de dar dinero que luego resulta que no has llegado a poder sacar? te dejan desnudo...

O yo me pierdo en ciertas partes o esto no tiene sentido.

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diaviidi

#433 Pero esto que cuentas te puede pasar con cualquier inversión tradicional en acciones. Por ejemplo, compras y vendes AMZN en un año sacandole 1k de profit, al año siguiente con lo que tienes en el broker compras un penny stock y lo pierdes todo.

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Uzran

#434 La diferencia es que con las acciones no pasas de unas u otras, siempre tienes que vender a euros y mantener un seguimiento es mucho más sencillo.

Encima con los fondos de inversión si se permiten permutas sin declarar. Lo de las cryptos es que no hay por donde cogerlo.

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diaviidi

#435 Efectivamente, de ahi mi comentario de que la tributación de la actividad en cryptos es cuanto menos confusa

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horvathzeros

#434 Y sigue estando activo algo tan fuera de lo normal? osea te cobran por algo que has palmao... No comprendo cómo puede funcionar así el sistema

#435 yo hablé con hacienda el año pasado y me dijeron que en cuanto cambias de una moneda a otra, en el exchange que sea, te pone su valor en $ o €. Ese es el valor que hay que indicar en cada movimiento, da igual que tu lo hayas hecho de una moneda a otra, el valor en ese instante es el que cuenta.

Lo raro es que la propia declaración solamente te deja poner movimientos del año anterior y si ese año no has movido nada, no la puedes hacer. Hasta que no muevas algo, no tendrás que empezar a rellenar los movimientos y si tienes muchos va a ser horrible rellenarlo todo. Yo no lo veo sostenible para declarar beneficios de 200€ por ejemplo.

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Gilgamesh

#430 estoy igual , quiero comprar btc y holdear

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Karch

#435 bueno cuando cambies entre cryptos simplemente entiendelo como si vendieras a euros y con esos compraras instantaneamente la otra moneda

#437 a ver no soy experto fiscal, pero en la declaracion no tienes que poner los movimientos, si no el resultado global de beneficios, si hacienda dudara de esos datos es cuando igual te pedirian los movimientos

Es como si trabajo en 6 sitios distintos, en rendimientos del trabajo me saldran la suma de los seis, no tengo que ir desglosando cada trabajo, tendre el total de ingresos brutos y luego el total de retenciones que me hayan practicado, en unos igual ha sido un 2%, por lo que me saldra a pagar mas, y en otros un 10% por ejemplo

En cryptos tendre la suma de beneficios brutos y lo que no tendre seran las retenciones, ya que al contrario que los bancos, los exchanges no te hacen retenciones fiscales, de ahi tendras que pagar el 19% (o mas) que corresponde

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horvathzeros

#439 pero al hacer la declaración te dicen esto

Las ganancias patrimoniales deben de incluirse en el apartado de "Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales" (casilla 1624 y ss) de la declaración del Impuesto

y ahí solamente puedes poner, compro X a v€ y vendo Y a w€, movimiento a movimiento y por teléfono entendí eso también.

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Karch

#440 ahi no es, segun el usuario pineda que ya le ha tocado antes es en:

en tu renta, casillas 1624, 1626 (tipo 7, Otros elementos patrimoniales afectos a actividades económicas), 1631, 1632, 163

Es en la parte imponible sobre el ahorro

covaga

rpv

nos van a follar a todos

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SeNte

#442 yo metí varias veces en diferentes exchanges, moví eth de uno a otro, vendí, compré.
Hacer un seguimiento de eso que pasó en 2017 a día de hoy es imposible, así que sí o sí me van a follar :S

Prava

#426 ¿Cómo que si retiras dinero en 2022 lo de 2017 ya no contaría? ¿Qué es lo que según tú no contaría?

#430 A ver, tú no pienses que las criptos son moneda, tú piensa que son stocks. Es decir. Cambia este discurso:

En mi caso he comprado a un precio, vendido al alza (lo cual he sacado beneficio) pero he vuelto a invertir eso que he "ganado".

Se cuenta como beneficio incluso en estos casos? Inclusive si al vender cripto y obtener euros el dinero se queda en el exchange y no lo transfiero a mi cuenta?

Por este:

En mi caso he comprado Telefónica a un precio, vendido al alza (lo cual he sacado beneficio) pero he vuelto a invertir eso que he ganado al comprar acciones de Google.

Se cuenta como beneficio incluso en estos casos? Inclusive si al vender acciones y obtener euros el dinero se queda en el broker y no lo transfiero a mi cuenta?

Porque, literalmente, es lo que Hacienda considera. Y francamente me parece la mejor forma de considerarlo dado que las criptos NO son moneda, y la gente debería empezar a asumir que no lo serán nunca.

#433horvathzeros:

y, por lo que sea, las crypto que tenías pasan a valer mierda o 0€ o se destruye o yoquese, hacienda te va a cobrar el % correspondiente de esa ganancia del 1er año, pero NO te lo devuelve al siguiente.

A ver, lo que tenéis que entender es lo siguiente:

a) A efectos de Hacienda, no existen los "intercambios" de cryptos. Todo pasa por euros, primero, antes de pasar al siguiente crypto.
b) A efectos de Hacienda, no existen las pérdidas ni los beneficios POTENCIALES. Esto es, tienes la pérdida o el beneficio cuando vendes esa crypto (un intercambio es una venta).

Si unimos A + B tenemos lo siguiente:

Si pasas de Crypto X a Crypto Y tienes que considerarlo, a efectos fiscales, como que pasas de CryptoX a Euros. Y luego de Euros a CryptoY. Por lo tanto, de Crypto X a Euros tendrás pérdida o ganancia patrimonial, que tocará declarar, y luego ya pasas de euros a Crypto Y.

Lo de declarar pérdidas los 4 años posteriores se refiere a lo siguiente:

Si en el año 2020 has tenido pérdidas, pues tienes hasta 4 años para poder colocar esas pérdidas en tus ejercicios.

Es decir, si tú en 2020 tienes una pérdida en la sección correspondiente del IRPF de -5.000€, Hacienda NO te va a devolver dinero, claro. Pero te permite que apliques esos -5000€ minorando resultados de años futuros. Si el siguiente año estás en +4000€, puedes aplicar parte de esa devolución y tendrías un 0€ en el rendimiento y te quedarían otros -1000€ a aplicar en los siguientes años.

Pero claro, la pérdida solo existe si vendes esas cryptos. Si las mantienes en cartera y se van al pozo no tienes pérdida real ninguna.

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horvathzeros

#444 pero el último ejemplo de todo lo que pones, si fuera totalmente inverso cómo lo ves? yo no puedo comprenderlo.

  • Empezamos 2020, tu primer año en bolsa o cryptos por ejemplo. Metes 5000€ y tienes ganancia de 4000€ que no sacas de ahí, en 2021 haces la renta y pagas el % digamos que el 19% que es habitual.
  • Llega 2021 por x o por y, donde habías metido el dinero se ha ido al carajo y de los 5000€ + 4000€, acabas 2021 con 500€ y por ejemplo lo sacas de ahí.
  • Ahora llega 2022 y haces la renta, como has perdido no te tocará pagar, PERO ya has pagado el año anterior aprox 760€
  • Haces recuento y te das cuenta que habiendo "salvado" 500€ de tus iniciales 5000€ piensas, he perdido 4500€ pero no, has perdido 5260€! habiendo metido 5000€ has perdido 5260€ !

Yo, no le veo sentido a hacerlo así. No digo que no lo haya, pero está mal planteado.

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Prava

#445 No, no está mal planteado porque haces la cuenta cada año. El resto de los negocios funcionan exactamente igual, no hay diferencias en este sentido. No sé, ¿cómo crees que funcionan el resto de empresas?

a) Compras 4.000€ de producto.
b) Obtienes rendimiento de 5.000€ y tributas por ello, pero con un dinero que tenías ahorrado.
c) Los 9.000€ que tienes los usas comprando otro material.
d) Resulta que ese material se te pudre en el almacén y solo puedes salvar 500€. Tienes un derecho futuro a compensar 8.500€.

Es LO MISMO. Literalmente.

Quizá soy yo que al haber tocado contabilidad y tal pues no me viene de fuera... pero es que se hace con todo igual. Declaras a final de año, pagas u obtienes un derecho futuro a compensar, y ya veremos qué ocurre el siguiente año. Y sí, si cierras la empresa pierdes ese derecho a compensar (en este último punto hablo de memoria).

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horvathzeros

#446 Sigo sin verlo, pero el apartado d) yo no lo tenía así en mi cabeza y eso hace que suene bastante diferente, debo replantearlo.

Le daré algunas vueltas más, ya que tampoco creo que deban ser comparables el ejemplo que pones con el que pongo yo, aunque a efectos de hacienda lo estén tratando igual. Gracias igualmente por tu explicación.

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Fwend

#445 Si metes 5000€, compras BTC y no los tocas, en 2021 no tienes que hacer la renta porque no has liquidado esos BTC aunque esos Bitcoin ahora valgan 9000€.

Sin embargo, si tu en 2021 con esos 9000€ vendes los BTC y compras 9000€ de ETH, has de declarar. Si luego en 2022 eso 9000€ de ETH pasan a valer 3000€, pues tendrás 2000€ de Perdidas(respecto a la inversión inicial) + los impuestos que hayas tenido que pagar(700€~ por el 19% de esos 4000€ de profit).

Al final la solución es compra, holdea, y si vendes que sea por todo lo alto o si no mejor quedate como estas. Tradear es querer dolores de cabeza xD.

Nullpointer

#444 Si tu compras y tienes ganancias en trading en 2017 y no declaras o metes la pata declarando, llega julio del 2022 y vendes algunas de las alts que tradeaste. Al prescribirse el 2017, no te podrían reclamar los impuestos de ese ejercicio, no? (Otra cosa son las ganancias al vender en 2022)

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Uzran

Y si tengo 1000€ en bitcoin y los meto en una plataforma como Nexo que me da un interes anual del 5% pero reparte los intereses de forma diaria. ¿Esto como lo gestionamos? ¿Declaro 365 operaciones de los centimos diarios que me hayan repartido como ganancias patrimoniales? ¿Y si me dan un airdrop por tener una crypto como BNB que a veces reparten 5 cryptos diferentes al día que puede que no valgan nada?

Una vez estás metido en el mundo crypto es muuy fácil tener muchos movimientos. Por eso no se deben considerar como si fuesen acciones. Es literalmente imposible hacerlo bien.

Y para colmo si tengo un pc para jugar y cuando no lo estoy usando decido minar ETH, ¿por qué mierda tendría que darme de alta como autonomo? ¿Estamos locos?

Se supone que la agencia tributaría debería de trabajar para hacer que la declaración sea sencilla no una locura realizada desde el desconocimiento.

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