#1289 creo que mi comentario justo encima del tuyo, en la primera frase, debería dejar clara esa duda xD
Para hacienda el único caso en el que no se declara es cuando compras y no haces nada después, estás en hold (por ahora es así). Cuando hagas algo que no sea volver a comprar y hacer hold, como vender o cambiar por otra, te tocaría ponerlo en la declaración del año siguiente.