El hilo de la AGENCIA TRIBUTARIA, IMPUESTOS, TRIBUTACION - Criptomonedas y Bolsa.

Youmadbrah

#270 Ese es el punto,yo empecé en esto en 2017, encima montando un RIG de mineria que estuvo en funcionamiento como 1 año antes de desmontarlo, no podría sacar un .csv con todas las operaciones que he ido haciendo ni dedicandole 200h xD Lo unico que se me ocurre lo que he metido en Coinbase con la visa, tenerlo a mano por si algún dia vendo poder declarar que meti xxx y he sacado al banco xxx que me hagan pagar lo que toque y al carrer xD ¿Mientras me mantenga invertido en teoria no tendría que declarar nada no? La verdad que es un lio y a mi tambíen me ha aparecido en datos financieros lo de "Sabemos que has hecho operaciones con crypto" xD

danao

#265 seguro? El staking hasta que no se vende no es un beneficio.

Es que vaya mierda que han montado estos hdlgp, como si fuera sencillo dar un número.

Staking creo además tenía su casilla

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JaViTXu_

#272 El stacking no se declara como un beneficio, corresponde a otra casilla, pero sí es así como dice el compañero. Siguiendo el ejemplo que habéis puesto, pagarías impuestos por el valor que tienen las monedas en el momento que te las dan, y cuando las vendas o permutes pagarías por la diferencia entre valor de adquisición y valor de venta.

Si yo por tener 100 BTC en stacking (es un decir) me "regalan" 1 BTC por valor de 50.000€ tengo que pagar por ese "regalo" porque incrementa las cosas que tengo, hablando coloquialmente, tengo más patrimonio caído del cielo. Si cuando venda ese regalo, me dan 10.000€ por él, pues declaro pérdidas de 40.000€ desde la adquisición a la venta.

#268 No confundas a la gente intentando simplificarlo todo en una frase porque hay muchísimos supuestos y variables como para resumir todo así de fácil. Justamente están preguntando por el stacking, y se pagan impuestos sin pasar a fiat ni pasar al Banco, así que no es así como dices siempre.

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SmirroLL

#273 es imposible que pagues impuestos por algo que no tienes, y si no pasas a fiat no tienes nada. un ADA no es nada, es un activo como tener 2 acciones del banco santander, hasta que no las vendes no pagas, no? tu no pagas impuestos por tener acciones en cartera. pagas por dividendos si acaso, que es un beneficio en fiat

que oye, igual estoy equivocado pero una cosa es pagar impuestos y otra informar. si es así que alguno que entienda lo confirme, pero me parece absurdo pagar por algo que no existe xD

edito.

(CV-V1948/2021)

“la tributación de los activos virtuales obtenidos como recompensa, debe señalarse que mientras la realización de las mencionadas actividades no deriven de una relación laboral o no supongan por parte del consultante la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios, el tratamiento tributario vendrá determinado por el artículo 33.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (en adelante, LIRPF), esto es como Ganancia o Pérdida Patrimonial”

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Soltrac

#274 Es decir, que es una ganancia o pérdida patrimonial, salvo en casos como el minado, que se trata de forma diferente.

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ThOrKeMaD

y nadie ha llegado a declrar staking en este hilo?

danao

#273 joder pero si ese stacking se va a la puta mierda?
Me cago en mi vida VVS me arruina

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Cyph3r

Me he equivocado de post pensaba que era de hacienda general.

Belisario87

Yo el staking lo declaré el año pasado igual que si declararas los dividendos de unas acciones, van a una casilla parecida, es un "Rendimiento del capital mobiliario".

Lo que no hice fue poner las ganancias una a una, si no que las agrupé por monedas con todo lo que generó cada una a lo largo del año + un informe de todas los movimientos de staking (lo hice con cointracking)

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ThOrKeMaD

#279 Y todo ok? Como sacaste el valor total de beneficios de cada moneda durante todo el año? Intuyo que el staking era de beneficios diarios

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Belisario87

#280 El mismo programa te ordena todas las entradas de staking con fecha y valor en euros y te lo agrupa en un año, por lo menos con los datos que pase de Coinbase lo puede hacer, intuyo que no debería de haber problema con otro exchange.

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ThOrKeMaD

#281 Tienes algún tutorial?

1 respuesta
Belisario87

#282 Yo hice estos pasos

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JaViTXu_

#274 Estás equivocado, sí.

Tienes obligación de pagar impuestos, no informar simplemente.

No es "pagar por algo que no tienes". Que no sea dinero FIAT no quiere decir que no tengas nada. Si a ti mañana te doy un coche, no es dinero, pero eso no quiere decir que no tengas nada hasta que lo vendas. Tienes algo valorado en X.

Si te doy 1 BTC, no es que hasta que lo vendas no tienes nada, tienes 1 BTC, que en el momento que te lo doy está valorado en 50k euros, si lo vendes o no, es ya cosa tuya, pero te di algo valorado en 50k euros y tienes que pagar impuestos por ello, y si lo vendes por 60k euros, pagarás impuestos por los 10k de beneficio.

Es así, le encuentres tú sentido o no, que en este hilo al final la mitad de comentarios acaban siendo lo absurdo que es esto, el poco sentido que tiene esto otro, lo mal que lo hace Hacienda o la locura que es pagar impuestos por lo que sea que no estáis de acuerdo.

#277 Siempre preguntáis lo mismo.

"Joder si compro 1 BTC por 1000€, mañana sube a 10.000€ y compro con ese BTC 10 ETH valorados en 10.000€, no debería pagar impuestos porque no tuve beneficio real"

Llamáis real a lo que os da la gana, no es real porque no lo tienes en tu cuenta. Si hoy compras algo con 1000€ y mañana puedes comprar con eso algo por 10.000€, has dispuesto y hecho uso de 10.000€ que no tenias antes, para comprar algo, o sea que ya estás haciendo uso del beneficio que sacaste, por eso pagas.

Si por hacer stacking pasas de tener 1 ADA valorada en 100€ a tener 10 ADA, valoradas en 1000€, porque te las han dado haciendo stacking, ahora tienes algo más, por lo que tienes que pagar, es un incremento de tu "patrimonio" por así llamarlo.

Sé que no es lo mismo pero si yo te dejo una casa en herencia, pagas impuestos por el valor de la casa cuando la percibes, si luego esa casa llega un tornado y se la lleva...pues no quiere decir que por eso no tuvieras que pagar por obtener como regalo algo de valor X.

En resumen, si te dan por stacking algo valorado en X, pagas por eso, y si se va a la mierda el precio y vendes luego en pérdidas respecto al valor de adquisición, declaras pérdidas.

5 4 respuestas
danao
#284JaViTXu_:

Llamáis real a lo que os da la gana, no es real porque no lo tienes en tu cuenta.

Y por eso mismo no tiene sentido pagar xD

Porque ahora yo pago impuestos de un "hipotetico" dinero que no tengo.

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JaViTXu_

#285 Sí sí, estaba parafraseando la "lógica" que usáis pensando que algo no es real sólo porque no lo tengas en euros en tu cuenta.

Pero no es así. Está claro que tú no lo ves lógico, lo dejaste claro en las últimas dos páginas preguntando y repreguntando. No sé si lo que quieres es que te respondamos o lo que buscas es que llegue alguien y te diga lo que quieres oir, que son cosas diferentes.

Porque te contestaron ya varias veces lo mismo, pero sigues diciendo que es absurdo, que no es lógico, y vuelves a preguntar a ver si cambiamos la respuesta.

¿Entonces tengo que pagar impuestos por lo que me dan haciendo stacking aunque no lo venda?

Sí, tienes que pagar, y en el momento que lo vendas, declaras beneficios o pérdidas respecto al valor de adquisición.

Declaras dos veces, una cuando recibes el "regalo" por el valor que lo recibes, y otra cuando vendes eso con beneficio o pérdida respecto al valor por el que lo recibiste.

1 1 respuesta
danao

#286 Si lo he entendido.

Pero me revienta por dentro :man_shrugging:

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Altaiir

#284 yo creo que mejor no se puede explicar . A ver cuánto tarda ahora en venir alguno a decirte que si trabajas para hacienda que les quieres meter miedo xD

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Eikasia

¿Y cómo se lo que he generado hasta el 31 de diciembre si no me sale el stacking que me va dando día a día, únicamente el total? xDDDD Menuda mofa Hacienda.

Turco

#284 Se te ve enteradillo.

Has dicho

Tienes obligación de pagar impuestos, no informar simplemente

supongo que estabas hablando en el contexto de staking, pero... ¿hay que informar en algún lado de las monedas que tienes? Porque en el momento que declares staking, entiendo que te pueden preguntar que con qué moneda y en qué cantidad estás haciendo ese staking.

SmirroLL

#284 Sigo sin encontrarle sentido pero tendré que hacerte caso, aunque me va a tocar directamente y no voy a hacerlo así, así que si tengo receta algún día ya comentaré.

Si por hacer stacking pasas de tener 1 ADA valorada en 100€ a tener 10 ADA, valoradas en 1000€, porque te las han dado haciendo stacking, ahora tienes algo más, por lo que tienes que pagar, es un incremento de tu "patrimonio" por así llamarlo.

A esto es a lo que me refiero yo. Que me explico como un libro cerrado pero lo intentaré.

Caso personal :

Staking de IOTA con airdrops de nuevos tokens desde el 21 de diciembre 2021, es decir, que tendría que declarar este año lo que me diesen desde el 21 de diciembre hasta el 31 de 2021.

No lo voy a hacer así.

  • Motivo 1 : Esos tokens ni cotizan aún y no he obtenido ningún incremento patrimonial por ello ya que no ha entrado un euro por ello en mi banco ni tampoco tiene valor al no tener cotización, pero para lo que estais diciendo, debería de dar igual, debería de decir que los tengo, no?

  • Motivo 2 : Esos tokens han salido de su wallet, es decir, es un airdrop de tokens cada 10 segundos por haberlo tenido en staking 90 días en su wallet, ni en exchange ni en nada, en mi caso, en ledger. No he comprado nada ni eso existe aún en la “realidad”. Ha salido de un ledger que nadie sabe de quien es ni de donde viene.

Declararé y pagaré los impuestos correspondientes el día que venda esos tokens por euros o el día que tras hacer permutas, esos tokens pasen a ser euros.

Aplicaré lo mismo que se aplica en caso de los dividendos de las acciones cuando por ejemplo, el Santander en vez de darme dividendos en euros, me da los dividendos en nuevas acciones, y esto es :

Respecto a los derechos de suscripción, en el caso de no vender esos derechos y, por tanto, recibir nuevas acciones, el pago de impuestos se difiere hasta la venta de las acciones de las que proceden los nuevos títulos. Al vender esos títulos, la fiscalidad de las acciones del dividendo será la misma que la de cualquier otro título bursátil.

Es decir, solamente pagas impuestos cuando vendas esos nuevos titulos obtenidos por el dividendo, vamos, como tiene sentido de que sea y aplicando la misma lógica para esto.

Que esté bien o mal, no lo se, pero así lo voy a hacer (tal y como dice por ejemplo la consulta vinculante a hacienda que puse en el anterior post). Pagaré según el incremento patrimonial el día que los decida vender y santas pascuas.

Si en 2022 vendo y obtengo 5.000€ por ejemplo, haré la diferencia entre una compra a valor 0 y la venta al valor que esté y que me quiten el 20% o lo que sea como con los dividendos y ya está.

Repito, que esté mal o bien no lo se, pero así lo voy a hacer. Al decir que esos tokens no existen y no son nada me refiero a esto. Que no voy a pagar impuestos ni voy a declarar nada si no hay un incremento patrimonial por ello, el día que gane 1€ por ello, entonces sí. Y como lo único que hay claro es que las criptomonedas tributan como las acciones, haré lo mismo en esto tambien.

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karasu96

¿Vosotros rellenáis los campos de "Gastos de la adquisición" y "Gastos de la transmisión"? Según he visto ahi irían los gastos en fees, pero es bastante lio saber cuánto sería, no se si en cointracking las ganancias ya tienen en cuenta cuanto pagaste en fees o qué.

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JaViTXu_

#291 A ti puede parecerte lógico, ridículo, perfecto, abusivo o lo que sea, y puedes hacerlo, no hacerlo, puedes hacerlo de otra manera, puedes evadir, puedes incluso pasar todo al Banco y no declarar nada, por poder...

Ahora bien, si en #1 eres tú el que pone que aquí no se viene a pedir Consejo para evadir, ni se viene a dar opiniones sobre lo que le parece a cada uno lo bien o mal que está el sistema fiscal, ni se debe aplicar la mítica de..."hay que declarar permutas? Que robo, para 100€ de mierda yo no declaro nada"

Y luego eres el primero en, cuando hablamos de stacking para explicar cómo dice Hacienda que debes declararlo, llegas y dices que solo se pagan impuestos por lo que vendes a euros o lo que pasas al Banco, porque lo dices tú, y luego que te da igual cómo sea pero que tú vas a hacerlo como lo entiendes tú que sería lo justo, aplicando un poquito de aquí y un poquito de allá según te convenza a ti y aplicando míticas de "eso está en un ledger que nadie sabe de quien es así que..."

Pues que quieres que te diga...haz como veas, pero lo que pides en #1 lo estás liando más tú que el resto.

Ahora centrándonos en tu caso particular, que cada caso es un mundo, no sé realmente cómo lo ve Hacienda, con una consulta a lo mejor te lo resuelven. Lo que yo entiendo, que no tiene por qué ser así, es que si el stacking que te dieron desde el 21 al 31, son tokens que no tienen valor, tú ya estás cumpliendo con Hacienda al no declararlos, porque tú no has obtenido nada con X valor. No es lo mismo que si te dan por ejemplo por hacer stacking con Iota te hubieran dado 3 iotas, que sí tienen valor en Fiat así que tendrias que declararlas por adquisición y luego si vendes, por la diferencia de valor, como ya dijimos.

En tu caso, igual que en los casos hiper concretos que ponen algunos de...oye yo compré 1 BTC por 1000€, lo vendí por 2000€, compré 2 ETH por ese valor y los vendí a final de año por 1000€. Pues no es que no tengas que declarar, es que el valor en la casilla correspondiente sería 0 y Hacienda no pide que declares operaciones, pide que declares un total anual de beneficios o pérdidas, y luego si eso ya te pedirá que lo expliques, y si el total ha sido 0 no es que no tengas que declarar o no quieras, es que es 0.

En tu caso, yo no sé si es lo único que tienes en stacking en todo el año eso que dijiste, si tienes más cosas, simplemente suma 0 a todo el resto que tengas (o sea pones el valor de lo adquirido en total en todo tu stacking) y si solo es eso lo que percibiste por stacking, y es igual a 0, pues no es que no quieras hacerlo como te pide Hacienda, es que si es 0 ya lo estás haciendo bien entiendo.

Pero de ahí, sacar la conclusión de que tú el stacking como va a una wallet pasas de declararlo hasta que lo vendas porque no lo ves lógico y en las acciones es así o asá...eso ya son cosas tuyas.

Y ya de paso te diré, que el problema te podrá venir cuando tú, pongámonos en un caso hipotético, por hacer stacking recibes una moneda que se llama OWNED por valor de 1000€ pero no lo declaras porque lo tienes en tú ledger y no te da la gana porque no lo ves lógico y ya declararás cuando vendas.

La OWNED pega un pepinazo y pasa a valer lo que tienes 50.000€ y entonces dices, joder lo mando al exchange, lo vendo, y declaro. ¿Como declaras esa venta? ¿Todo beneficio? ¿O vas a poner que son 49.000€ de beneficio?

Pongamos que tú le dices a Hacienda, tuve 50.000€ de beneficio de cryptos, y te dice... Inspección, explíqueme ese valor. Y tú les dices, me regalaron 1000€ de esta moneda, que no declaré, y ahora la vendí por 50.000€.

¿O le pones 49.000€ de beneficio que es lo real? Y si tienes la mala suerte de que te cae a ti, les dices que claro esa moneda valía 1000€ cuando te la dieron, pero no la declaraste y ahora la vendiste por 49.000€

Lo que te intento decir es que para justificar, si te toca, el beneficio de la venta, tiene que haber una compra, para calcular la diferencia, y si no hay una compra porque nunca compraste eso, tiene que haber un momento en el que declaraste que las recibiste y a que valor las recibiste. ¿Y todo por no declarar y pagar cuanto? Tú sabrás pero se supone que aquí explicamos cómo hacerlo bien.

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SmirroLL

#293 Pero si precisamente te he puesto una consulta vinculante de hacienda sobre el staking :

“la tributación de los activos virtuales obtenidos como recompensa, debe señalarse que mientras la realización de las mencionadas actividades no deriven de una relación laboral o no supongan por parte del consultante la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios, el tratamiento tributario vendrá determinado por el artículo 33.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (en adelante, LIRPF), esto es como Ganancia o Pérdida Patrimonial”

Ya te he dicho que me explico como un libro cerrado.

Y hablo de mi caso particular y como lo voy a hacer en la situación concreta mia de este año con el periodo que tendria que declarar esos días de staking, lo que hagais el resto con otro tipo de staking no lo se, simplemente te he dicho que tendré que hacerte caso en el supuesto de que tuviera que declarar el staking de otras monedas que tengan valor en el momento que me las den (pero no es mi caso, no he hecho staking en la vida salvo esto) y se tendrá que hacer como dices, pero si consideran ellos mismos que se declara como ganancia o perdida patrimonial tal y como pone en esa consulta vinculante respondida por ellos mismos, lo que no voy a hacer es inventarmelo y volverme loco en declarar algo que no tiene valor ahora mismo ya que ni existe, ni cotiza y tampoco se si dentro de 6 meses va a valer algo o sigue valiendo 0 ya que igual ni ha salido en ningun exchange, el dia que tenga valor declaro sobre ganancia patrimonial y ya está, si me como una inspección, pues bienvenida sea y lo explicaré como te he dicho, y si no les vale y me como una multa, pues tendré que pagarla.

Puedes ponerme el enlace donde diga hacienda (ellos, no un gestor o alguien que no sea hacienda) sobre como se declara exactamente?

https://es.cointelegraph.com/news/tax-authorities-establish-the-taxes-to-be-paid-in-spain-for-staking-of-digital-currencies/amp

Pq todo lo que veo es mas de lo mismo de declarar sobre ganancia o perdida cuando hay ganancia o perdida, y en mi caso te digo lo mismo, si vale 0 y no hay forma humana de comprarlo en ningun mercado, que declaro o como lo hago? (pregunto, que asi me ayudas a mi y a cualquier holder de iota xD)

el resumen y a lo que me refiero es a esto mismo que puso #248 con matices

Y lo que dices del coche, te pongo otro ejemplo. El que hereda acciones no las declara hasta que no las vende, no se declara cuando se recibe en herencia, se declara sobre el valor de la accion en el momento del fallecimiento y el testamento hasta el momento en que se vendan. Hasta que no se vendan, no se paga nada.

Me refiero a que si heredo acciones del santander valoradas en 10.000€ no tengo que reflejarlo en la declaracion, solamente cuando las venda, si no las vendo, aunque estén valoradas en 10.000€, no tengo que decirle a hacienda nada en la declaracion, se lo digo en el momento que obtenga ganancia/perdida al venderlas. Es decir, que si me dan las acciones no pago un 21% del valor que tengan cuando las recibo, pagare el 21% en el momento de la venta. Pagado lo correspondiente por sucesiones en el momento de aceptar la herencia. Y esto es así, vamos, que lo he tenido que hacer yo personalmente.

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JaViTXu_

#294 Entonces, si yo te dejo 10.000€ en acciones de herencia, pagas impuestos por esa herencia o no pagas nada porque realmente hasta que las vendas no tienes nada "real"?

Pagas a Hacienda, el impuesto se llama de otra manera pero pagas por recibir esas acciones por ese valor, y luego si las vendes pagas otra vez por el beneficio/pérdida, es así?

O me quieres decir que si te dejo 10.000€ en dinero sí pagas a Hacienda pero si te los dejo en acciones solo pagas impuestos cuando las vendas y por el beneficio que les saques?

Entonces, puede ser que el stacking tengas que pagar a Hacienda por recibirlo (otro impuesto, otra casilla, no en la casilla de ventas/permutas) y luego pagarle por el beneficio/pérdida cuando lo vendas?

Dicho esto y como sí es cierto que habrá mil casos y ni Hacienda ha dejado 100% claro qué hay que hacer con cada uno, yo solo te digo hasta donde tengo yo entendido de cómo había que declarar el stacking, ya no sé más así que no puedo ayudarte más concretamente.

Si es como tú dices que puedes recibir al año 100.000€ en stacking y no declarar nada hasta que vendas o permutes, pues ni idea, pero no tenía entendido yo eso.

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SmirroLL

#295 Por eso te digo que es un follon y cada cosa tiene sentido desde lo que se decida hacer siempre y cuando declares de una forma u otra, pero como no encuentro nada dicho por hacienda es todo libre de “interpretaciones”. Incluso se contradicen muchas veces en sus consultas vinculantes. Habra que esperar a que decidan poner X parrafo con su tributacion exacta y mientras tanto apañarse como se pueda.

pd. sobre lo otro por si quieres enterarte q yo me quede un poco wtf. va todo incluido en sucesiones cuando aceptas la herencia, que depende de la comunidad los porcentajes. aqui 1%. por eso te decia que no tiene mucho sentido que pagues un 19-20-21 al generar un token en staking si no lo has vendido y luego otro 19-20-21 por venderlo, estarías pagando impuestos dos veces y encima un 20% cada vez, tiene mas sentido que lo pagues cuando lo vendes o permutas. pero esto ya no lo se, por eso preguntaba si habia declaracion formal de hacienda sobre ello y no consultas vinculantes varias/gestores/youtubers , pq no me parece muy logico por esto mismo que se hace con acciones/dividendos si teoricamente tributa igual al considerarse lo mismo … pero ya te digo que ni idea , es lo que tiene sentido para mi si en la propia web del banco central europeo o hacienda te dice que las criptomonedas se consideran activo financiero y como tal, entiendo que tendran que tributar como ello ( https://www.ecb.europa.eu/ecb/educational/explainers/tell-me/html/what-is-bitcoin.es.html ) , que yo entiendo que si 1 ADA es lo mismo que 1 Accion del Santander , el staking en ADA si obtienes ADA sería lo mismo que los dividendos del Santander cuando obtienes acciones del Santander (y solo declaras su venta o dividendos en caso de que te generen euros (euros, no acciones mientras lo tienes en hold, no cuando las obtienes aunque valgan X) , vamos, siguiendo esta lógica, que puede estar mal, por eso decía tambien que si me como una inspección tendré que explicarselo así, que como todo es libre de interpretar y siguiendo esa consulta que puse concreta, entiendo que tampoco estaría mal declarado si se hace asi, pero bueno que siempre alguien profesional podra sacarme de dudas cuando tenga que hacerlo, pero ya te digo que de momento así lo quiero dejar yo (que repito, no digo que tenga que ser asi, asi lo entiendo yo)

https://blog.caixabank.es/blogcaixabank/tributan-acciones-heredadas/

https://www.testamentaria.com/como-tributan-las-acciones-heredadas/amp/

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kidike

#292 Yo no lo he rellenado, veremos qué tal sale la cosa xD

vngnc

Después de echar un vistazo a un par de asesorías, con tarifas de 300h la hora de consulta, menos mal que decidí tirar por mi lado.
En el pasado ya declaré con Cointracking, pero vamos, descubrir koinly ha sido el mayor éxito.

Importado todo, revisado lo que mando a pool para staking (ya que por defecto lo etiqueta como trade) y más contento que unas pascuas, un buen informe, la mar de apañado, con mis gains, trading fees, etc.

Vale la pena el esfuerzo de hacerlo una vez bien con Koinly y ya seguir ahí, paz y tranquilidad. Si alguno necesita código de referido (creo que son 10 o 20€ de dto) MP.

2 respuestas
danao

#298 que redes tienes? O solo usas exchanges

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Letalius

#298 La putada es que no tienen luna, pero a mi es el que, razonablemente, mejor me lo ha hecho también. Y cuadrar las tx es bastante más sencillo que ct