---Multa de 12.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de dos años a un aficionado identificado quien, formando parte de un grupo radical y violento, con motivo del partido Club Atlético de Madrid, SAD – Rayo Vallecano de Madrid, SAD agredió violentamente a otro aficionado y lanzó una botella de cristal contra uno de los agentes policiales. Además, agredió a otro policía a quien propinó un puñetazo y provocó lesiones varias a otro agente más mientras se procedían a su inmovilización.
---Multa de 12.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de dos años a cada uno de los cuatro aficionados identificados quienes, formando parte de un grupo radical y violento, y con motivo del partido Club Atlético de Madrid, SAD – Rayo Vallecano de Madrid, SAD lanzaron botellas de vidrio y piedras contra los agentes de la Policía. Además, los dos aficionados agredieron violentamente a uno de los policías allí presentes, dándole patadas y arremetiendo contra él en el suelo.
---Multa de 6.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de dos años a cada uno de los 126 aficionados identificados quienes, formando parte de un grupo radical y violento, con motivo del partido Club Atlético de Madrid, SAD – Rayo Vallecano de Madrid, SAD provocaron una pelea multitudinaria en la vía pública contra aficionados del equipo local profiriendo graves insultos y amenazas de todo índole contra éstos.
---Multa de 4.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a cada uno de los dos aficionados identificados quienes, durante el partido Valencia C.F., SAD – R.C.D. Espanyol, SAD señalaron con un puntero láser en repetidas ocasiones sobre varios jugadores del equipo visitante. La Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte recuerda que el uso de estos punteros láser está terminantemente prohibido en todos los recintos deportivos.
---Multa de 4.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de dos años a un aficionado identificado quien, en el partido Valencia C.F., SAD – R.C.D. Espanyol, SAD insultó y amenazó gravemente a los agentes policiales.
---Multa de 4.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a un aficionado identificado quien, en el partido R.C.D. Mallorca SAD – Athletic Club, agredió violentamente a un aficionado local golpeándole con el puño tras increparle, insultarle y escupirle en el interior del recinto deportivo.
---Multa de 4.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a un aficionado identificado quien, previamente al inicio del partido Real Madrid C.F. – F.C. Barcelona, se negó en repetidas ocasiones a seguir las instrucciones de los agentes policiales durante el establecimiento del cordón policial, llegando incluso a empujar a un policía contra uno de los caballos que formaban parte del operativo policial provocando con ello una situación de peligro para el agente y para el resto de los seguidores allí presentes.
---Multa de 4.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a un aficionado identificado quien, durante el partido Real Madrid C.F. – F.C. Barcelona señaló con un puntero láser en repetidas ocasiones contra varios jugadores.La Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte recuerda que el uso de estos punteros láser está terminantemente prohibido en todos los recintos deportivos.
---Multa de 4.000 euros a la Real Sociedad de Fútbol, SAD por deficiencias en las medidas de control de acceso y permanencia de espectadores al no impedir que, en el partido Real Sociedad de Fútbol, SAD – Málaga C.F., SAD, fuera introducido un bote de humo que posteriormente fue activado en el interior del recinto deportivo. Propuesto para sanción por hechos similares en otra ocasión anterior.
---Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de seis meses a cada uno de los cinco aficionados identificados quienes, en el partido Real Madrid C.F. – F.C. Barcelona insultaron gravemente a los agentes policiales provocando además al resto de la afición con gestos obscenos y provocativos generando una alteración del orden público en el interior del recinto deportivo.
---Multa de 3.500 euros al Real Sporting de Gijón, SAD por deficiencias en las medidas de control de acceso y permanencia de espectadores al no impedir que, en el partido Real Sporting de Gijón, SAD – Real Madrid C.F., SAD, fuera introducido una lata de bebida que posteriormente fue lanzada al terreno de juego.
---Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de seis meses a cada uno de los tres aficionados identificados quienes, en el partido Valencia C.F., SAD – R.C.D. Espanyol, SAD insultaron gravemente a los seguidores del equipo local provocando con ello una gran alteración del orden público en el interior del recinto deportivo.
---Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de seis meses a un aficionado identificado quien, en el partido Granada C.F., SAD – Real Zaragoza, SAD gritó e insultó gravemente a los agentes policiales.
---Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de seis meses a un aficionado identificado quien, en el partido Valencia C.F., SAD – R.C.D. Espanyol, SAD increpó e insultó gravemente a los agentes policiales.
Liga de Campeones
---Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de seis meses a cada uno de los tres aficionados identificados quienes, durante el partido Villarreal C.F., SAD – Nápoles, generaron una actitud hostil en el interior del recinto deportivo agrediéndose entre ellos de forma violenta.
---Multa de 3.500 euros al Villarreal C.F., SAD por deficiencias en las medidas de control de acceso y permanencia de espectadores al no impedir que, en el partido Villarreal C.F., SAD – Nápoles fueran introducidas varias bengalas y botes de humo en el interior del recinto deportivo que posteriormente fueron encendidas.
Copa S.M. El Rey
---Multa de 4.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a un aficionado identificado quien, durante el encuentro Albacete Balompié SAD – Club Atlético de Madrid, SAD, arrancó uno de los asientos de la grada y lo arrojó hacia la zona del estadio donde estaban situados los aficionados del quipo local.
Segunda División B – Grupo III
---Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de seis meses a cada uno de los 18 aficionados identificados quienes, antes del inicio del partido C.F. Gandía – U.E. Sant Andreu, provocaron una fuerte pelea entre seguidores de ambos equipos con el resultado de varios heridos y cuantiosos daños materiales en la vía pública.
Segunda División B – Grupo IV
---Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de seis meses a un aficionado identificado quien, durante el partido C.F. La Unión – C. Polideportivo Cacereño, SAD insultó de forma reiterada y vejatoria al juez de línea haciendo caso omiso a las advertencias de los agentes policiales para que depusiera su actitud cuestionado además la actuación policial e intentando poner en contra de los policías al resto de la afición allí presente.
Además de estas propuestas de sanción, la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte ha acordado proponer otras cinco más a varios aficionados identificados que fueron sorprendidos por los agentes policiales consumiendo sustancias estupefacientes en el interior del recinto deportivo.
La Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, informa a todos los medios de comunicación de que, la próxima reunión se celebrará el viernes 23 de diciembre.