Os cuento como funciona el asunto de injurias y calumnias en un proceso penal.
Previamente a la interposición de la querella pertinente para que un juzgado de instrucción abra diligencias para investigar el asunto, es obligatorio que la parte denunciante inicie un procedimiento de conciliación para intentar llegar a un acuerdo.
Todo ello para evitar procesos penales innecesarios que nos cuestan a todos un pico.
Esto solo ocurre con estos dos delitos pues tienen la consideración de delitos privados. En el resto de existentes en el CP no existe toda esta paja.
En esa conciliación tu presentas el escrito pertinente donde cuentas lo ocurrido y expones que solicitas a cambio como contraprestación al daño que te han realizado. Puede ser desde una disculpa por escrito, una rectificación en el mismo medio en el que publicaste tus injurias/calumnias o incluso una indemnización que aumenta cuanto mayor alcance tiene la persona que las propina.
Si la persona denunciada acepta esas condiciones en el acto de conciliación que se celebra entre las partes y se compromete a cumplir con ellas, el asunto termina ahí. Lo convenido tendrá el valor y eficacia de un convenio consignado en documento público y solemne y será ejecutable.
Si por el contrario no hay acuerdo, el agraviado ya puede presentar la querella pertinente y acudir a la vía penal.
Es posible que el Barça haya enviado burofax a todas estas personas advirtiendo de que en caso de que no retiren los comentarios y se disculpen iniciaran el acto de conciliación o que, directamente, esa rectificación venga por la celebración y acuerdo de esta conciliación que os estoy contando.
En todo caso, sabia decisión de estos personajes pues el marrón que se pueden comer yendo a juicio puede ser curioso y todo por ser unos bocazas de cuidado que se pensaban que nos quedaríamos de brazos cruzados.