NOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOO lo han puesto a 120€ya... xDDDDD
A nadie le sobra algun disco duro? se lo compro xDDD
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Con la ley en la mano nos lo tienen que dar. En la página no pone NADA de salvo Error Tipográfico, NADA.
Además, aunque lo pusieran no es más que una frase abusiva para evitar que mucha gente siga adelante.
Les va a valer más vendérnoslo que no hacerlo XD yo por lo menos tengo mi pedido y si no me llega pues tocará llamar, montar pollo y reclamar.
Sacado de Forocoches :
Publicidad. Derechos del consumidor y publicidad
Derechos del Consumidor y PUBLICIDAD
La Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios determina que:
Así mismo, la Ley 6/2003, de 22 de diciembre de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias del País Vasco, en su artículo 17 sobre Actividad Publicitaria, establece lo siguiente:
1.- La oferta, promoción y publicidad de los productos, bienes y servicios destinados a las personas consumidoras y usuarias, sean cuales sean los soportes utilizados, se realizará de forma que no induzca a error sobre sus características y condiciones de adquisición, en el marco de la legislación general sobre publicidad.
2.- Las Administraciones públicas, dentro de su marco regulador, velarán por la cesación o rectificación de la publicidad ilícita cuando vulnere los derechos de los consumidores, especialmente cuando afecte a los colectivos contemplados en el artículo 5 de la presente ley.
La PUBLICIDAD ilícita
El concepto de publicidad ilícita engloba las siguientes categorías:
La publicidad que atente contra la dignidad de las personas o contra los valores y derechos reconocidos en la Constitución, especialmente en lo que se refiere a la infancia, la juventud y a la mujer.
La publicidad engañosa que es la que de algún modo, incluida su presentación, puede inducir a error a sus destinatarios y afectar a su comportamiento económico. También es engañosa la publicidad que silencie datos fundamentales de un producto o servicio si dicha omisión induce a error a los destinatarios de la publicidad. La publicidad engañosa, está tipificada como infracción administrativa por fraude al consumidor y puede ser sancionada por ello.
La publicidad desleal la que tiene como objeto desacreditar o menospreciar a otra empresa de la competencia. También es desleal la que se aprovecha del nombre, marca y prestigio de un producto o servicio para imitarlo de algún modo: en el nombre, envase, etc. y producir error o confusión en el destinatario. La publicidad desleal que provoque error en el consumidor también está tipificada como infracción administrativa por fraude al consumidor y puede ser sancionada por ello.
La publicidad subliminal aquella que utiliza métodos que se basan en que el destinatario no es consciente de que se emite publicidad pero siente el estímulo de consumir un determinado producto. Es muy difícil de probar y para algunos expertos no existe. La Ley por si acaso, la incluye dentro de la publicidad ilícita.
La publicidad encubierta en televisión. La Ley que rige las emisiones de televisión prohibe utilizar nombres de marcas comerciales en carteles y decorados o hablar de ellas si no es indicando claramente que se trata de un espacio publicitario dentro del programa que se esté emitiendo. Para ello debe anunciarse claramente e indicarse expresamente en pantalla que se está haciendo publicidad.
Vías de defensa
Hay dos casos en los que aplicar las vías de defensa:
En el caso de la publicidad ilícita
En el caso de la publicidad personalizada por correo
En el caso de la publicidad ilícita
Existen dos vías de reclamación: a través de la Administración Pública de Consumo o a través de los Juzgados y Tribunales de Justicia.
Para reclamar a través de la Administración, el consumidor puede solicitar una Hoja de Reclamaciones al establecimiento que haya incurrido en dicha publicidad ilícita. Después habrá de presentar dicha Hoja en el registro público correspondiente: Ayuntamientos, OMICS
Si lo que desea es que dicha publicidad cese cuanto antes o sea rectificada, la vía más efectiva es la judicial. A los tribunales puede acudir personalmente o a través de asociaciones de consumidores que están legitimadas por la Ley para ejercitar las acciones de cesación y rectificación. Igualmente, puede interponer una denuncia en el juzgado más próximo para que el Ministerio Fiscal, si lo estima oportuno, ejercite dicha acción.
En cualquier caso es importante acompañar las denuncias o peticiones con toda aquella documentación que certifique nuestra "versión de los hechos". No olvidemos que estamos denunciando la divergencia existente entre las características de productos y servicios publicitados y lo realmente comprado o prestado. De modo que resulta imprescindible acreditar dichas diferencias como base para presentar la reclamación, bien sea a través de la presentación de los folletos publicitarios, anuncios recortados de los medios de comunicación escritos o de las grabaciones de los spots radiofónicos y televisivos.
Previamente al inicio de la vía judicial, tanto el consumidor directamente como las asociaciones de consumidores y la administración de Consumo pueden solicitar por escrito al anunciante que cese la publicidad o sea rectificada. Existe un plazo de 15 días desde que haya recibido la petición, para que el anunciante comunique su voluntad de avenirse a la petición o para negarse a ella. Si no contesta, se entiende que hace caso omiso de la petición.
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A ver si nos arrejuntamos todos y en caso de quejarse los de la Fnac, podemos hacer algo.
Tranquilos...
Tenemos una factura en nuestro e-mail, con su numero correspondiente de pedido, cliente y fecha de compra. Tambien sale el precio por unidad y total de la compra.
Vamos, que tenemos todas las de la ley para llevarnos estos discos duros o otros superiores por 30€/unidad.
#66 yo lo hice contra reembolso por si luego me descontaban mas de la tarjeta, que por ley tendria razon pero ya es el lio de tener que ir a reclamar que te devuelvan dinero y tal...
#67 No te pueden descontar mas de la tarjeta por las buenas, yo solo he accedido a que me quiten 30€. Si te quitan mas, pues al banco y devolver el recibo .
Por cierto, acabo de mirarlo, aun no me han retirado el dinero. Sin embargo en otras compras que he realizado me realizaron el cobro en unas horas.
Creo que estan viendo como carajo subsanan esto, y han parado los pedidos. De todas maneras, yo ire el Viernes a por mi HDD .
No, a mí tampoco me han quitado nada aun, pero tampoco he pasado por ninguna pasarela de pago, simplemente he dejado los datos...
Cuando lo haces por pasarela, al momento hacen el cargo.
D10X, eso que dices, ¿como se llama?, ¿de que entidad hablas?
#69 Todos los bancos, las compras por Internet con tarjeta de Credito son mas seguras de lo que mucha gente cree.
#70 ¿Pero hablamos de una tarjeta virtual? Yo es que he usado la de débito, tengo la mala costumbre de usarla siempre (la física vamos), y no me acuerdo del código para cojer una virtual a través de la web...
O es establecer un límite a la débito (la tarjeta física).
Al acceder me refiero, a que yo desde la pagina de la FNAC he aceptado el cobro de 30€ en concepto de un HDD Toshiba de 200 Gb, no pueden llegar ahora y cobrarte 120€ sin tu consentimiento.
#70 #71
Lo mas seguro en tarjetas VISA para comprar online es, a mi parecer, los sistemas como la Cybertarjeta.
Vamos, es una VISA de prepago, primero le ingresas el dinero de la compra a esta tarjeta "virtual" y luego compras en la tienda online. Así siempre puedes tener un saldo "controlado" y por mucho que te quieran estafar, no podran cargarte mas dinero del que tienes en el saldo de esa tarjeta (que es independente de nuestra cuenta bancaria), vamos, es anonima.
Y si a todo esto le añades la capacidad de los bancos para anular las compras fraudulentas...
Tema FNAC, pues esperando una reaccion por parte de ellos, y sino... Pues a darles caña proximamente (yo esperaria 2 o 4 dias, que es el tiempo estimado que ponia en la web para comprar el disco). (Teneis + info en forocoches y EOL)
me acaban de enviar este email:
Estimado Cliente,
Me dirijo a usted en relación a la compra efectuada en el periodo comprendido entre las 4h de la mañana y las 20:30h del día 19 del presente mes de diciembre a través de la página Web fnac.es.
En concreto, durante estas horas del día antes aludido, y por un error de volcado de precios en nuestra base de datos de producto, se mostró en la Web fnac.es el disco duro Toshiba HDD 200 Gb USB a un precio de 29 euros, por unidad cuando su precio real era de 119 euros por unidad. Es decir, volcó a la base de precios otro dato que no correspondía a la referencia aludida, insistimos que por error involuntario.
Tras estas horas del día citado se advirtió tal involuntario error y se insertó en la página Web el precio correcto de 119 euros para dicho producto. Procedemos por tanto a informarle a usted como solicitante de dicho producto, de la existencia de dicho error y de la imposibilidad de llevar a cabo la compra por usted solicitada.
Le informamos que procederemos a anular este artículo de su pedido y le pedimos disculpas por las molestias ocasionadas.
Atentamente
Atención al Cliente
#80 es muy posible conseguir algo, ya que cuando yo hice el pedido no había advertencia alguna, así que están legalmente obligados.
Yo les he contestado esto:
Buenas tardes.
Me dirijo a ustedes en respuesta al mensaje enviado como anulación del pedido el día 20/12/2007 a las 18:19.
Este correo es para informarles que se tomarán medidas legales al respecto tal y como se indica en la La Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios en el momento de la realización del pedido no existía ninguna advertencia acerca del error.
Tal y como cita la Ley citada anteriormente, están en su obligación para tramitar el pedido de los elementos que en el constan o en su defecto (no existencia o similares) de otros elementos de iguales o superiores características.
La realización del pedido nunca ha sido a mala fé, tan solo motivada por el precio atractivo del mismo y la necesidad de esos discos duros.
Es por ello que espero que el pedido siga adelante y no sea cancelado, ya que como comenté en las primeras líneas, me vería obligado a proceder con los trámites legales necesarios tanto por daños y perjuicios (los 3 discos duros han sido pagados ya por otras personas y la tramitación de la devolución supone un coste de la misma) así como de publicidad engañosa, al anunciar un producto inexistente para llamar únicamente la atención.
Esperamos que este pedido y proceso se pueda llevar a cabo cuanto antes.
Ante cualquier duda o pregunta no duden en dirigirse a mi en esta misma dirección de correo electrónico.
Atentamente.
Guillermo Gómez Ruiz.
A mi aún no me ha llegado nada, pero supongo que será cuestión de tiempo
P.D: en forocoches se están planteando hacer ruido (20minutos.es, tv xD,..)
#81 esperemos que te contesten positivamente y no pasen de ti.
pero de verdad os vais a meter en rollos de abogados, juicios y paseos pallí y pacá por un disco duro?
no me lo creo xD
PD: no van ni a abrir el email que has mandado
#81 ¿Cómo que no había ninguna advertencia del error? No te van a poner "Aquí hay un error: HD a 30 aurelios" xD
Creo recordar que lo de "salvo error tipográfico" no tiene validez alguna y que lo que tienes que demostrar si quieres denunciarlos por publicidad engañosa o lo que sea es que no fue un error y que lo hicieron a idea.
Obviamente es imposible demostrarlo cuando lo retiraron de la web al poco rato y cuando han reconocido su error y han envíado un e-mail a todos los afectados.
No solo eso, ten claro que el día que ha tardado FNAC en enviar ese e-mail lo habrán dedicado a consultar a sus abogados sobre el procedimiento correcto a seguir para evitar denuncias.
#85 Pero al tener una factura con el valor de 30€... no se no se. Hay veces que me gustaria sabemre mas a fondo las leyes de este "gran" pais.
#85 se defiende al CONSUMIDOR y no al ESTABLECIMIENTO.
Date cuenta de una cosa, es tan difícil para mi demostrar que no fue un error y fue a mala idea.
Pero el tema es que si anuncian algo, hay un carácter contractual en ese anuncio y están OBLIGADOS a venderme algo de similares o superiores características al mismo precio.
Son ellos los que tienen que demostrar que fue una equivocación y no fue a mala fe no yo lo contrario.
Eso es también indemostrable. Podrán llevar las BBDD y lo que quieras pero no podrán demostrar que no se hizo para captar nuevos clientes, ya que yo por ejemplo, me registré por primera vez al ver ese anuncio, sino no lo habría hecho y han podido ganar dinero con publicidad y demás por el mero hecho de poner un anuncio erróneo y atraer gente.
Ya que no pueden demostrar que no fue a mala fe, están obligados.
Yo lo siento pero mi acción tampoco fue a mala fe, compré 3, uno para mi trabajo, otro para casa y para ver películas en la tele y otro para regalar en navidades. Mi mala fe habría sido pedir 10 pero yo no he incurrido en mala fe.
Así que están obligados y si no pues nada, oficina del consumidor, www.autocontrol.es que te echan una mano en esos temas, ir a la tienda a pedir hojas de reclamaciones y hablar con el encargado, a poco que hables les merecerá más la pena dártelo a manchar su imagen.
una cosa, alguien puede entrar al post de forocoches?? es que yo le doy y me tira al indice de foros...
Si, yo puedo entrar.
Pego los links directos a los post del foro de forocoches y de EOL refiriendome a ellos como "fuentes de informacion" a este tema:
http://www.forocoches.com/foro/showthread.php?t=800042
http://www.elotrolado.net/hilo-Donde-esta-el-truco-912385?pagenumber=1
Si algun moderador lo considera spam, que me borre este post, no tengo problema alguno. Solo lo publico de buena Fe para ayudar a los afectados de dicho tema.