Incumplimiento de contrato de alquiler por mascota.

Taiden

Buenas noches.

No soy asiduo por este subforo, pero tengo una duda con respecto a tener una mascota en un piso de alquiler. Os cuento mi caso:

El contrato del piso de alquiler en el que he vivido hasta la fecha ponía que estaba prohibido tener animales. He tenido un gato durante ese tiempo y al irme el arrendador me exige la fianza completa por incumplimiento de contrato.

¿Puede exigirme la fianza por incumplimiento de contrato? Si es así no tengo ningún problema, pero la cosa no está clara. Si alguno es abogado y me puede resolver la duda lo agradecería enormemente.

¡Muchas gracias!

B

Puede demostrar que has tenido gato?

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cabron

Se puede quedar la fianza para reparar daños que haya causado tu gato, pero no así por que le de la gana, te tiene que justificar que va a hacer con ese dinero.

Por incumplimiento de contrato podía hacer intentado rescindir el contrato antes de que llegase su fecha de fin, pero no le da derecho a quedarse la fianza.

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Rst001
#1Taiden:

El contrato del piso de alquiler en el que he vivido hasta la fecha ponía que estaba prohibido tener animales

#1Taiden:

He tenido un gato durante ese tiempo

  1. Pues para empezar, ya has imcumplido parte del contrato.

  2. El dueño debe ser capaz de demostrar que has tenido mascota (muebles dañados por algún animal, etc) para que pueda reclamarte la fianza completa.

  3. Si bien tengo entendido, puede reclamarte la parte proporcional a los daños causados por la mascota, bien si ronda el total de la fianza, puede reclamarla completamente.

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Mewtwo

Esa vendra en el contrato en mi caso se especifica que si incumplo eso se queda con la fianza

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Taiden

#2 algún vecino habrá oido al gato y el chip del animal está a mi nombre. Así que fácilmente si.

#3 gracias, esa era exactamente mi duda.

#4 si, lo se, lo he incumplido, eso lo admito xD
El gato arañó dos sillas de acero, arañó el tapizado. No tengo ningún problema en que descuente eso de la fianza, porque es culpa mía. Pero era más que nada porque dudo que ese tapizado valga la fianza completa. Muchas gracias por la respuesta.

#5 vale gracias! Simplemente pone que está prohibida la tenencia de animales.

Sombrita

Pues depende, como te han dicho, primero deberá demostrar que has tenido mascota viviendo en ese piso, luego deberá justificar los daños y las reparaciones justificártelas con factura y de lo que sobre devolvértelo.

Igualmente hace ya algunos años que es ilegal que un propietario de una vivienda prohíba la tenencia de animales en un piso, al igual que en las comunidades de vecinos, no recuerdo en que Ley está especificado, pero si lo quisieras llevar a juicio te darían la razón, la fianza en este caso está para solventar daños, sean del tipo que sean y siempre con facturación.

He vivido 4 años de alquiler y en ninguno han sabido que he tenido 2 gatos, 2 periquitos y un hurón, y en el último, en el que he vivido dos años seguidos, lo ponía expresamente en el contrato y he sido cuidadora de perros de todos los tamaños (varios al mismo tiempo a veces) y nunca se han enterado de nada.

Dependerá mucho del propietario, de los vecinos y de los animales.

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Mewtwo

#7

Igualmente hace ya algunos años que es ilegal que un propietario de una vivienda prohíba la tenencia de animales en un piso,.

Si te acordaras de donde esta eso me vendria bien para cuando renueve el contrato y quitar la clausula

Por que siempre que he mirado la repuesra comun es que no esta regulado

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MaTrIx

#7 puedes ponerme un enlace a esa ley? Sería de mucha utilidad tenerlo.

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m4d4f4k4

#9 No existe tal ley de la que habla.

¿El contrato tiene escrito y estipulado que no se permiten mascotas? ¿Bajo que premisas? Si puedes poner esa parte para que la leamos, es de vital importancia en el caso.

Todo lo demas, ahora mismo son meras habladurias.

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MaTrIx

#10 me imaginaba que no existía, sería demasiado bueno.

He estado buscando aún así algo y parece ser que no te pueden echar del piso solo por romper esa cláusula. Tiene que demostrar si he entendido bien, que has causado daño al piso por eso.

https://www.abogacia.es/2017/05/12/animales-domesticos-y-relaciones-de-vecindad/

Espero que sirva de algo.

actionchip

#7 Si yo te digo que yo te alquilo mi piso y firmamos el contrato donde ahí pone que no se pueden tener mascotas y tu lo incumples...adivina.

Es como si vas a un hotel donde están prohibidas las mascotas y tu metes a tu gato/perro escondido. Que crees que va a pasar?

#7Sombrita:

Igualmente hace ya algunos años que es ilegal que un propietario de una vivienda prohíba la tenencia de animales en un piso

Me va a decir a mi alguien (o en este caso, una ley) si puedo o no negarme a que entre algún animal en MI PISO.

Jajajaja

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Taiden

#10 En cuanto llegue a casa pongo exactamente lo que pone en el contrato. Gracias de antemano!

#12 El problema de las leyes del alquiler es que la mayoría de gente (en la que me incluyo yo y muchos caseros) no saben exactamente como funcionan. Hay leyes que si te prohíben hacer lo que te da la gana. En tema animales... Si lo pueden prohibir, claro está, pero no queda claro que pasa si lo incumples.

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1 comentario moderado
Taiden

#14 Si pregunto es porque no queda suficientemente claro.

No he venido a quejarme diciendo "que malo es el casero", he venido para preguntar si él o yo tenemos razón porque todo lo que he consultado es ambiguo... En fin... Te puedes ahorrar lo de las pocas luces, para no aportar es mejor quedarse callado.

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RusTu

#12 de lo que habla sombrita es de la proposición de ley que hubo el año pasado (que no sé en qué habrá quedado con las enmiendas) de considerar a los animales "seres sensibles" y no "cosas" (bienes muebles), lo que les daría más protección ante la ley para ciertos temas.

Ello podría acabar derivando en que las cláusulas tipo: "está expresamente prohibida la tenencia de mascotas braubrau" se consideren abusivas y se acaben eliminando.

Hoy por hoy el tema queda en manos entre inquilino y propietario, si metes una mascota cuando está prohibido en el contrato, actúas de mala fe y el contrato quedaría anulado, te pueden deshauciar y seguramente ni puedas reclamar la fianza.

Bajo mi punto de vista, poner esa cláusula es una gilipollez hoy en día si no te quieres comer el piso.

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m4d4f4k4

#16 De lo que hablas es la ratificacion y entrada en vigor del convenio europeo de proteccion para animales domesticos. Que la gente lo extrapola a "mascotas". Y es bien diferente.

Fue aprobado, pero los animales de compañia siguen siendo "cosas" por diferentes razones que aun quedan por mejorar. Es un avance minimo, pero avence.

Por otro lado, mi chica lleva 4 meses buscando casa en madrid pero como tiene 3 huskys, tiene que comerse los mocos.

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RusTu

#17 creo que el fue el PP ( :psyduck: ) el que impulsó tal ley, pero hablo de memoria. No sabía que estaba encuadrada dentro de un marco europeo.

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m4d4f4k4

#18 Dicho convenio (que no ley) existe desde los 70 o asi, no recuerdo la fecha exacta. Y España era la unica que no estaba dentro del marco europeo en ese aspecto. Aunque puede que me deje algun pais mas.

Si, fue el PP tras hacer el gilipollas pidiendo que fuera legal cortar a los perros la cola por el efecto latigo (al menos que se aceptara en los de caza). No le fue bien y propuso esto. Luego intentaron meter una clausula donde se permita en el convenio la aceptacion de cortar la cola (no son listos ni na) iban ganando hasta que el ultimo dia un partido minorista les dio la espalda en el ultimo momento y no prospero. Se quedaron con la boca abierta xD

Ahora, retomemos el hilo que esto ya es off topic.

Taiden

#10 en el contrato pone textualmente:
"Queda prohibida la tenencia de animales en la vivienda arrendada."
No hay nada más sobre este tema.

Muchas gracias de verdad!

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actionchip

#20 Pues eso, el incumplimiento de contrato es claro.

Ahora, en el contrato pone que si incumples con alguna de las normas (como la de no tener mascota), se queda con la fianza? Porque creo que lo tiene que poner claramente.

Si no lo pone creo que lo único que puede coger de tu fianza es una parte (o toda) para daños y limpieza de la vivienda. Y evidentemente echarte de la vivienda por incumplimiento de contrato. Y para otra vez se lo consultas al dueño de la casa...

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Taiden

#21 No, en el contrato pone lo que he puesto en #20 con respecto a las mascotas y en la parte de la fianza pone que será retenida en parte o totalmente en caso de ser necesarias reparaciones de imperfectos.

Ya te digo, lo pregunto no para librarme de pagar, sino porque no está para nada claro xDD

Muchas gracias esta vez!

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actionchip

#22 Pues entonces no se tiene porque quedar con toda la fianza como quiere hacer.

Te tiene que presentar facturas de la limpieza (no son limpiezas normales) y desperfectos de la casa que ha podido ocasionar tu gato (y lo que hayas podido hacer tu) y ya de ahí cogerlo de la fianza.

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Taiden

#23 vale, eso es lo que pensaba, que tengo que pagar (descontar de la fianza) los desperfectos, pero no se puede quedar todo así como así. Muchas gracias de verdad.

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m4d4f4k4

#24 si puedes, incluso le dices que te vas a encargar tu. Y que le pasas las facturas.

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Taiden

#25 Realmente ahora no puedo. Pero bueno, me habéis solucionado la duda. Así que gracias.

También he contactado con consumo a ver que me decían y básicamente es lo que ha dicho actionchip. Solo te pueden descontar lo que este roto y demuestre que ha sido el animal o tu. Además, me han informado que no te pueden desahuciar siempre y cuando pagues todos los meses (vamos, lo normal) a menos que los vecinos se quejen mucho o el animal haga destrozos en la vivienda.

Gracias a todos!

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actionchip

#26 Te tiene que avisar con 30 días de antelación no?

Si has incumplido el contrato (lo de las mascotas lo ponía claramente) debería de estar en su derecho el rescindir el contrato porque tu lo has incumplido. No entiendo como te pueden decir en consumo que nunca te pueden desahuciar si sigues pagando correctamente el alquiler, como si con eso se solucionara todo...

Es como el ejemplo que he puesto antes: ir a un hotel donde no aceptan mascotas y como has pagado y no molestas a tus "vecinos", pues puedes tener ahí a tus mascotas aunque claramente te han dicho que no puedes tener mascotas. Es un sin sentido eso que te han dicho en consumo, a mi modo de entender claro xD

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Taiden

#27 Si te entiendo perfectamente. Por eso digo que las cosas en este tema no están claras. Al incumplir contrato deberían rescindirlo. Pero eso me han contestado...

En todo esto está la ley a la interpretación libre de cada uno por lo que parece. He mirado un par de foros en internet y la gente no se pone de acuerdo en que tiene que hacer cada uno. Totalmente de acuerdo con lo de que es un sin sentido... xD

B

Se han dado casos de gente que han echado del piso de alquiler por tener animales, pero no que se queden con la fianza. La fianza se supone que es para cubrir daños en el piso, y además se tiene que justificar.

Por otro lado recuerdo haber leido que hay obligación de depositar esa fianza en algún sitio (es decir, ese dinero no se lo queda el dueño, sino que lo debe depositar). Puedes informarte sobre eso y tirar por la vía judicial, lo mismo si lo ha hecho en "negro" prefiere no meterse en lios de juicios.

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Luego nos quejamos de porque hay pocos pisos para alquilar en España.

Estas que la gente se fia de los inquilinos que juegan con su patrimonio

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