Alerta Digital TV. Es legal?

S

#180 Que sí, que justificado el alzamiento fascista en base a una represión que se dio durante la guerra civil y te piensas que voy a ser tan idiota como para no verlo.

Pero la culpa es mía por intentar razonar con los habituales de este foro de mierda.

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Shandalar

#181 el golpe del 34 son los padres; igualmente no estoy justificando nada.

Abre un libro y ten un puto mínimo de sentido crítico, que dais vergüenza ajena. Mientras existan brainwasheds que se crean que la II República era un edén y que 3 fascistas un buen día llegaron y decidieron echarla abajo mientras los otros se defendían tirando flores este puto país de mierda nunca avanzará.

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B

#182 Que la República era represiva nadie lo niega, por ejemplo como tu has dicho en el 34. Pero no se a donde quieres llegar con eso.

En tu mismo enlace pone que la represión republicana fue de menor intensidad y duración que la franquista. Pero vamos que no le veo mucho sentido a medirse el pene comparando cifras de muertos. La responsabilidad de empezar la guerra civil recae en los rebeldes que mas tarde se llamaría bando nacional y no sus acciones no están justificadas.

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Shandalar

#183 pero quien niega que haya más muertos de izquierdas que de derechas? De lo que yo estoy hablando es del desprecio absoluto que hay en estos foros y en la sociedad actual en general hacia los asesinados por los rojos, que parece que ni existan o que se lo merecieran.

En 1934 no me refería a la represión si no al intento de golpe de estado que dieron unos señores que casualmente acabaron como miembros del gobierno republicano durante la guerra civil.

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B

#184 Bueno pues esto es como todo, aquí es donde entra en juego la ideología. La gente de derechas desprecia a los asesinados por el bando sublevado durante la guerra civil y la gente de izquierdas desprecia a los asesinados por la república. Afortunadamente también hay gente que siente pena por ambos.

El problema reside aquí en que los muertos del bando sublevado pudieron ser llorados y enterrados, fueron reconocidos y sus familiares pasaron el duelo. El otro lado no, esta descompensacion sigue hoy en dia. La solución para pasar pagina seria reconocer e intentar reparar al otro lado, al bando perdedor para de esta forma cerrar la brecha de "las dos Españas".

Desgraciadamente dudo bastante que pase.

Lexor

#179 no,no quiero decir eso , la historia no cambia y no deberia cambiar por quien la cuente ,por ello yo pienso que se debe conservar como tal sin edulcorarla

ISAILOVIC

O sea, que estamos comparando la represión republicana durante 6 años que fue posteriormente juzgada y castigada siendo reparada a la represión franquista durante 40 años que nunca ha sido ni juzgada ni castigada y que algunos de sus dirigentes han estado activos hasta finales del Siglo XX

¿Estamos comparando eso?

Tael

#182

Tengo curiosidad en como encaja La Sanjurjada en tu esquema histórico. Es más ¿sabes que es?

Misantropia

El relato nacional ha calado tan hondo que los jóvenes de hoy en día repiten su argumentario pensándose librepensadores situados por encima del bien y del mal. Un alzamiento militar en contra de un sistema democrático, con su consiguiente guerra civil y dictadura, jamás estará justificado; por muchos defectos que pudiese tener el sistema que pretendía abolir. El tan manido argumento de que en la república hubo represión no es más que una justificación velada del golpe; y tiene cojones que haya que explicarlo a estas alturas.

B

Corregirme si me equivoco pero creo que la bandera del aguilucho no es inconstitucional sino que se la considera preconstitucional. La de la República está prohibida? :S

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RusTu

#190 No está prohibida ninguna, aunque si se aplicara la ley, podrían meter mano a los que sacan el aguilucho.

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B

#191 Okei. Yo creo que símbolo no tiene que estar prohibido ninguno. El problema viene cuando, mediante algunos símbolos, hay gente que hace apología del terrorismo (que terrorismo no solo es ETA).

FTumpch

las banderas en si mismas no son ilegales, lo que es ilegal son las actitudes de apologia o enaltecimiento de los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado.

Dejo el articulo en cuestion para quien le interese.

Artículo 510

  1. Serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses:

a) Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.
b) Quienes produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para fomentar, promover, o incitar directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.
c) Públicamente nieguen, trivialicen gravemente o enaltezcan los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, o enaltezcan a sus autores, cuando se hubieran cometido contra un grupo o una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia al mismo, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, la situación familiar o la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, cuando de este modo se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mismos.

  1. Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses:

a) Quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior, o de una parte de los mismos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a ellos por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, o produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para lesionar la dignidad de las personas por representar una grave humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos mencionados, de una parte de ellos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a los mismos.
b) Quienes enaltezcan o justifiquen por cualquier medio de expresión pública o de difusión los delitos que hubieran sido cometidos contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, o a quienes hayan participado en su ejecución.
Los hechos serán castigados con una pena de uno a cuatro años de prisión y multa de seis a doce meses cuando de ese modo se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mencionados grupos.

  1. Las penas previstas en los apartados anteriores se impondrán en su mitad superior cuando los hechos se hubieran llevado a cabo a través de un medio de comunicación social, por medio de internet o mediante el uso de tecnologías de la información, de modo que, aquel se hiciera accesible a un elevado número de personas.

  2. Cuando los hechos, a la vista de sus circunstancias, resulten idóneos para alterar la paz pública o crear un grave sentimiento de inseguridad o temor entre los integrantes del grupo, se impondrá la pena en su mitad superior, que podrá elevarse hasta la superior en grado.

  3. En todos los casos, se impondrá además la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior entre tres y diez años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en su caso en la sentencia, atendiendo proporcionalmente a la gravedad del delito, el número de los cometidos y a las circunstancias que concurran en el delincuente.

  4. El juez o tribunal acordará la destrucción, borrado o inutilización de los libros, archivos, documentos, artículos y cualquier clase de soporte objeto del delito a que se refieren los apartados anteriores o por medio de los cuales se hubiera cometido. Cuando el delito se hubiera cometido a través de tecnologías de la información y la comunicación, se acordará la retirada de los contenidos.

En los casos en los que, a través de un portal de acceso a internet o servicio de la sociedad de la información, se difundan exclusiva o preponderantemente los contenidos a que se refiere el apartado anterior, se ordenará el bloqueo del acceso o la interrupción de la prestación del mismo.

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Misantropia

#193 Eso es la teoría, luego ya sabemos a qué sector se le aplica y a cual no.

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FTumpch

#194 el problema es que si sacas una bandera republicana te saltaran al cuello con paracuellos y demas, cuando no necesariamente tienes que estar exaltando esos crimenes de guerra al alabar la republica, en cambio la dictadura dejando de lado el periodo de guerra y de inestabilidad de post guerra, seguia siendo una dictadura y por lo tanto su exaltacion siempre seria ilegal.

El problema como ya has comentado, es el relato simplista de los dos bandos son iguales y por lo tanto no pueden ni deben ser juzgados : /

este articulo se ha utilizado poco, para el nivel de nostalgicos que hay en este pais y solo en casos muy descaraos como el de la librería europa.

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Q

#195 La bandera del Águila Imperial fue la bandera oficial de este país hasta 1981 -vuelven a errar los que dicen que es preconstitucional-, por tanto manteniendo una actitud neutra un juez jamás podrás achacarte una exaltación ideológica determinada por portarla. Puedes afirmar perfectamente que lo consideras un símbolo de la transición española.

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FTumpch

#196 cualquier bandera anterior a la constitucion es preconstitucional, aunque su existencia u oficialidad persista en el tiempo despues de la constitucion, por otro lado que sea preconstitucional o no es irrelevante. Ampararte en que llevar una bandera del aguila como simbolo de la transicion es ridiculo y una estrategica juridica pesima, principalmente porque la policia no es que no sea tonta, es que no es retrasada mental.

Aunque hay que decir que personalmente el hecho de portar una bandera no lo considero suficiente para considerarlo en si mismo una exaltacion, se requiere que la exaltacion tenga mas entidad, mediante declaraciones o actitudes comunes al hecho de portar esta bandera, como la extraña mania de levantar el brazo, en estos casos seria aun mas complicado argumentar que estas exaltando la transicion : /

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Q

#197 Una bandera que estuvo en vigencia durante la constitución jamás será preconstitucional, de hecho la Constitución Oficial del 78 tenía una el águila de San Juan plasmado en su portada, así que por mucho que te empeñes lo que dije antes tiene valor jurídico pleno.

Hay otra extraña manía compartida incluso en ciertos estamentos políticos en la actualidad -hasta dentro de los parlamentos, estatales o autonómicos-, la de levantar el puño exaltando a una ideología que tiene a sus espaldas más de 100 millones de muertos. Jamás he visto que se detenga a nadie por ello.

Pero ya sabemos lo criminalizado que está el fascismo en el mundo occidental mientras el comunismo es aceptado de buen grado. Cosas de perder guerras mundiales.

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Misantropia
#198quinto-:

mientras el comunismo es aceptado de buen grado

:cry:

Parece que por algún motivo te jode el tratamiento que reciben los fachas ¿por qué será?

ISAILOVIC

El aguila simbolo de la transición

Puto quinto xddddddddddddd

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FTumpch

#198 su oficialidad es previa a la constitucion por lo que es preconstitucional, ademas su vigencia se extendio unos años despues de la constitucion en base a normativa preconstitucional convirtiendose en ese momento en simbologia postconstitucional que eventualmente fue derogada.

pero el punto que queria hacer ver no era ese, la preconstitucionalidad es una palabra que carece de valor juridico, que un simbolo pertenezca a una epoca u otra no quita que pueda ser ilegal o legal. una bandera postconstitucional puede ser ilegal, igual que una bandera preconstitucional puede ser perfectamente legal.

Con esto me referia al relato simplista de estos temas, se ha creado un discurso en el que preconstitucional=ilegal y no es cierto, preconstitucional significa anterior a la constitucion y ya esta. De igual manera pasa cuando se habla de la legislacion preconstitucional que persiste hasta nuestros dias, obviando que esa legislacion preconstitucional es perfectamente legal y a veces es hasta prefranquista o prerepublicana Xd

Q

#200 No digo que lo sea como tal, entiéndase. ¿Pero delante de un juez? Tienes base legal de sobra, que al final es el tema que aquí se trata ^^

angel222

Minuto 25, se ponen tensos.

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B

#203 Ahi Inda se ha meado en el idiota de Los Santos.

Esta mad por tocar a su heroe MR.Ansar