Aprobada la ley del 'solo sí es sí'

Ilore

Este video con el PSOEMOS en el poder, nunca pasa de moda...

P.D.: No voy a opinar todo lo que realmente pienso sobre el gobierno actual, y en especial de sus votantes, porque me como un permaban como poco.

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XarevoK

#87 Seguramente si eso pasa será porque nos han invadido los talibanes.

Nyhz

Mas votos para VOX

Erterlo
#18kraqen:

tipo atenuado con penas que va desde un año de prisión a multas que pueden ir de 12 a 24 meses.

Perfecta para ese grupo de personas que vienen de otras culturas y necesitan protección.

#36 Con decir que iban por el parque y el espiritu santo las asalto detrás de un arbusto, les basta.

Sería gracioso que se pusiesen miles de mujeres de acuerdo en denunciar a pedrosidente de violación.xD ahora no hace falta demostrar nada.

keros

Seguimos con la destrucción de la futura familia y ellas cada vez más locas, protegidas y con herramientas para hacer lo que quieran con la vida de los tios jugando con esa hipocresía y doble opinión que tanto las caracteriza pero protegidas y justificadas por el Estado de HDP que tenemos.

Pocas serán las que salgan en la tele.

Soy_ZdRaVo

#47 y por eso la LIVG cercenó la presunción de inocencia hace ya muchos años.

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ArThoiD

Luego cuando suban los numeros de denuncias, asesinatos (esperemos que no, pero...) Y demas, a preguntarse por qué.

Justificacion para chiringuitos pura y dura como ya se ha comentado, es increible lo de este Gobierno.

Ya me da igual quien salga el año que viene pero esta gentuza no puede seguir ni de puta coña.

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1 comentario moderado
Aguiluxo

Ahora si que se va a terminar con las violaciones.

Dale Irene.

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Armisael

Me encanta que hablen directamente de "la víctima esto, la víctima lo otro" y que la propia ley sude del "presunta".
Así me gusta, a cara descubierta, la presunción de inocencia es una nimiedad.

JoDeR

#96 Es bastante inexacto esto que afirmas y lo sabes.

Dime un caso de una condena penal que haya sido condenado un hombre sin aportar pruebas mas alla de la palabra de una mujer.

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Soy_ZdRaVo

#101 es la doctrina del TS creada por el gran Vicente Magro y si que las hay

Audiencia Provincial de Burgos (Sección 1ª), sentencia de 26.01.2018:

” En aplicación de los requisitos exigidos por la doctrina, en primer lugar, se constata que la denunciante es persistente y coincidente en sus manifestaciones inculpatorias hacía el denunciado, en relación con la conducta coactiva de este segundo hacía ella, en cuanto al local que la misma tiene alquilado, con continuas quejas que le formula en relación a posibles irregularidades en dicho alquiler, junto con la falta de pago de cuotas de la comunidad, (ello tanto en cuanto lo manifestado el interponer la primera denuncia, acontecimiento nº 1, como posteriormente en el acto de juicio).

En segundo lugar, en lo que se refiere a las relaciones existentes entre las partes, estando a lo manifestado por el propio denunciado, no cabe desprende la existencia de un móvil de odio o venganza entre ambos, dado que el mismo se limitó en el acto de juicio, a negar los hechos por los que era denunciado, pero sin poner de manifiesto ninguna actitud o comportamiento por parte de aquella que hubiese permitido determinar que el interponer la denuncia lo hubiese hecho movida por el odio o la venganza.

En tercer lugar, en relación con la acreditación de hechos periféricos, el propio denunciado admite la comunicación que sobre el impago de cuota hizo al administrador de la comunidad (incluso de la propia redacción del escrito de recurso, se desprende que la reclamación de tales cuotas si las realizó directamente a la denunciante, para a continuación afirmar que al efectuarse como presidente de la comunidad dicha conducta es atípica).

Considerando, en consecuencia, que la veracidad de lo versión del denunciante, por la que se inclina la Juzgadora de Instancia, al valorar el conjunto de la prueba practicada, se encuentra ajustada a los parámetros de la sana lógica y común experiencia y por ello no cabe efectuar reproche alguno a dicha valoración, al no existir en la misma juicio alguno ilógico, absurdo o arbitrario.”

Si no sabes del tema no te metas, que ha quedado claro muchas veces que no eres jurista

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BreadFace

#99 Ves preparando el contrato para mantener relaciones sexuales machirulo, se acabó el tener sexo sin consentimiento.

flipas23

Ante tal parrafada técnica la neurona de JoDeR va a hacerse el harakiri.

JoDeR

#102 Te vuelvo a repetir la LECrim no dice nada de eso, el 544 ter. de la LECrim relacionado con la adopción de órdenes de protección y para la cual se exigen “indicios fundados de la comisión de un delito” […]”, es decir, que SÍ es necesario que haya pruebas o sospechas suficientes para que se investigue el caso.

Y es que ademas se aplica siempre el principio in dubio pro reo.

La LECrim es la misma para el enjuiciamiento de todos los casos en el orden penal. Lo único que cambia desde la entrada en vigor de la ley de Violencia de Género es el límite mínimo de las penas que se imponen respecto a los delitos que recoge el Código Penal, pero las normas procesales se mantienen.

Dime un caso por favor que hayan condenando penalmente a alguien con la palabra unica de la mujer.

3 respuestas
Soy_ZdRaVo

#105 ya te he puesto una sentencia donde condenan solo con la declaración de la mujer.

Si fueras jurista sabrías que la Lecrim se complementa, al ser una ley antigua y muy desactualizada, con la doctrina del TS y que es manifiesto que desde hace años hay una doctrina que exige ciertos requisitos para que la declaración de la mujer pueda ser única prueba de cargo y acabar en condena. De hecho te he copiado los requisitos para que te queden claros

Y si, está doctrina nace de la exigencia de aplicar la teoría de género en el derecho penal dicho por su propio creador en la sentencia 🤡

3 respuestas
XaViMeTaL

España libre de agresiones sexuales, por fin. Chiques, gracias a todes (L).

Erpotro

“Ninguna mujer va a tener que demostrar que hubo vioIencia”

De verdad seguimos dejando que esta peña cobre de nuestro sudor, y además nos impongan leyes de mierda?

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Soy_ZdRaVo

#105 aquí te explican la gran teoría llevada a doctrina de manera más fácil de entender

https://www.abogadolaspalmasbenavides.es/el-supremo-fija-los-11-criterios-orientativos-a-valorar-en-las-declaraciones-de-victimas-de-violencia-de-genero/

z4eR

A todos aquellos que no tengáis novia o aún no os hayáis casado, os deseo toda la suerte del mundo.

Escoged con sabiduría.

8
Erpotro

Hoy mas que nunca, lucharé por que mi relación perdure, porque no me la juego con una loca del coño nueva en mi vida

2
D

Quizá lo más polémico sea la publicidad de la prostitución. Hay muchas putas autónomas que esto las destruye y deja en una situación de vulnerabilidad. Las penas de difusión de vídeos íntimos también me parece demasiado bajo en comparación con otros delitos.

El resto de la ley son todo cosas de cajón y obvias, poco que añadir.

aren-pulid0

#106 dejalo, no tiene ni puta idea de lo que habla y te va a estar rebatiendo constantemente por el simple ego de llevar la razón

JoDeR

#106 No voy a eternizar el debate y te dejo con esto la ultima respuesta si quieres, ninguna ley en España puede ir en contra de la presuncion de inocencia recogida en el Art 24 de la Consitucion y el juez será quien siga teniendo que demostrar, con todas las pruebas, la culpabilidad del agresor. Es decir, que no se invierte la carga de la prueba.

1 respuesta
espikiller

Luego que si cada vez hay más gente soltera y menos natalidad xdddd ah y más perros!

Soy_ZdRaVo

#114 lee la dichosa sentencia que me has pedido y la jurisprudencia que la desarrolla. ¿Para que me la has pedido? Para darme leccioncitas que sabe cualquiera que haya aprobado Constitucional I o Teoría del Derecho?

Me has pedido sentencias donde condenen con la sola palabra de una mujer y te he pasado una para que puedas leerla y te he pasado un artículo donde hablan de la teoría doctrinal que lleva a aplicar dicha barbaridad y me sales con una respuesta de nivel 1º de derecho. ¿No crees que si llevo ya ejerciendo bastantes años sabré esa obviedad que tú me dices?

Nadie está hablando de invertir la carga de la prueba porque eso sería manifiestamente anticonstitucional. Hablamos de que la declaración de la mujer la consideran prueba de cargo y por ende acaba con la presunción de inocencia. Le dan valor de prueba a una declaración sin contradicciones y así trampean el asunto

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HamStar

Duelos picapleiticos.

Que emocionante

aren-pulid0

Que va, uno es abogado el otro no tiene ni idea

willy_chaos

#36 eso lo que va a provocar es rechazo a gente extrangera... ya que a la que salgan un par de casos así .. la gente no va a querer saber nada de extrangeros/as que no tengan la nacionalidad ya ...

pero bueno, luego tendran otro motivo por el que quejarse y sacaran otro chiringuito

Ohundruida

el único con suerte aquí el Hipnos .

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