#227 Lo de "tranquilos que no hay problema con esta o aquella ley, porque respetan y van a respetar la constitución", eso es un meme que en 2004 con la viogen y luego con la sentencia del constitucional diciendo que estaba ok, quedo claro que no importa, recordemos que tenemos nuestra constitución articulo 14:
Artículo 14.
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Luego te vas al codigo penal y tienes una cantidad de leyes, en que las penas son diferentes para hombre y mujer importantes, y ley tras ley siguen en esa linea, hay muchas cosas, pero por ejemplo resumencito rapido:
Igual que con esta ley la violencia vicaria solo es hijos de una mujer, por parte de un hombre, pero nada te usaran excusas de "si lo ha dicho un tribunal o juez que esa ley es justa y cumple con la constitución y los derechos humanos pues ya esta".
#226
Pero en tu argumentación te dejas el elemento más importante y aquel que la víctima menos puede controlar, que son las corroboraciones periféricas de carácter objetivo dentro de la verosimilitud.
Me estoy refiriendo a testigos, partes médicos o cualquier indicio que corrobore la declaración de la víctima. Sin ello te aseguro que el acusado quedará absuelto.
Si, por supuesto que la mayoria de denuncias con mala intención de este tipo no acabaran en nada, por eso, pero fijate tambien lo que dice en relación a las corroboraciones periféricas:
el hecho de que en ocasiones el dato corroborante no pueda ser contrastado no desvirtúa el testimonio si la imposibilidad de la comprobación se justifica en virtud de las circunstancias concurrentes en el hecho.
Esta claro que habrá casos que no pasa nada que no se puede comprobar ni contrastar el testimonio de la victima por su caracter (como ya he puesto de ejemplo, amenazas, insultos, en un sitio privado), o ya directamente que hubo relaciones sexuales pero estas no fueron consentidas, ya me diras como compruebas con "corroboraciones periféricas" si ella dijo "si claro adelante" o no...
En base a mi experiencia lo que más criticaría son las concesiones de ordenes provisionales de alejamiento, donde los tribunales muchas veces las acuerdan cuando apenas hay elementos que acrediten el maltrato denunciado.
Esto da para otro tema aparte, pero me parece a mi tambien la mayor barbaridad, juntas la velocidad de nuestros tribunales (años para cualquier cosa), y medidas cautelares super lesivas, que te dejen años sin ver a tus hijos, en fin..., y ademas que todo va en esa linea, del año pasado:
Modificación artículo 94 del Código Civil
por la que se prevé que no procederá un régimen de visitas o estancias, o se suspenderá en caso de existir, respecto del progenitor que esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos.
Esto en junio y luego te vas a los resultados (que ya eran una pasada la cantidad de medidas cautelares por una denuncia)
https://www.laverdad.es/murcia/rhodes-dispara-suspension-20220407001243-ntvo.html
dispara la suspensión de visitas de los padres acusados de maltrato
La entrada en vigor de la nueva norma multiplica por siete las medidas de protección
Todo esto es con denuncias, que tardan años a veces en resolverse solo para el sobreseimiento, luego solo tienes que encadenarlas y nada sin ver a tus hijos de 1 a 18 años, estupendo, y por supuesto sin ninguna consecuencia para las madres, porque las denuncias falsas no existen. (en viogen claro, en contra del patriomonio por ejemplo las hay a decenas de miles, porque uy vaya les interesa a las aseguradoras entre otras cosas).