Aprobada la ley del 'solo sí es sí'

allmy

#229 Y esa asimetría puede existir porque la gente votó al PSOE. No nos olvidemos. La ley de violencia de género llegó al constitucional por ser discriminatoria, y como coincidió que el PSOE tenía mayoría, se aceptó.

https://www.europapress.es/epsocial/igualdad/noticia-constitucional-ley-violencia-genero-20190104132226.html

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1mP

Me está gustando el hilo.

Moonlight86

#241 En eso no estoy de acuerdo, si hubiera tenido el mas minimo interés de luchar contra toda esta corriente que cruza la peligrosa linea de saltarte derechos basicos universales y objetivos (como que todos somos iguales ante la ley), partidos de gobierno como PP (podria haber derogado la ley), o incluso de oposición como Ciudadanos, ya han tenido oportunidad y se la suda...

Y no, no estoy defendiendo al PSOE...

#232

me parece normal en tanto en cuanto la prisión provisional no es un anticipo de culpabilidad y solo tiene 3 funciones tasadas y restringidas.

Otro de los abusos de nuestro sistema judicial que siempre me ha parecido una pasada. Hasta 2 años (que se dice pronto), que te metian por uno de esos 3 supuestos según le apeteciera al juez, con el que se abusa muchisimo, y que de nuevo debido a la lentitud de la justicia te daban los 2 años ahi esperando como un tonto y encima hasta hace nada, luego salias inocente y mala suerte, 2 años que perdias por la cara.

Aún asi ahora te indenizan:
https://josemariadepablo.com/2020/08/26/la-indemnizacion-por-prision-provisional-tras-la-stc-85-2019/

pero ya me diras si compensa...

Si se usara cuando toca (en uno de los 3 supuesto de verdad), y sobretodo con una duración lógica (1-2 meses hasta que salga juicio), si estaria bien.

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HALAMADRID

allmy

#243 Completamente de acuerdo, el PP ha gobernado y controlado el parlamento 6 años y algo. Y no la ha derogado, no sea que les llamen fachas.

Armisael

#240 no se a qué viene eso, yo solo resumo en una frase el post que te cito.
Acaso no estas de acuerdo?

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JoDeR

#246 mil disculpas, no te leí bien, creí que era un comentario relacionado con la noticia que puse.

Exactamente donde digo que tienen que meter a un inocente sin pruebas en la cárcel porque yo no he dicho tal cosa por lo que tu pregunta está fuera de lugar.

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B

#237 Pero vamos a ver , como puedes decir eso sí en esta ley se dice que no va a hacer falta pasar un examen médico para demostrar que ha habido violación ?

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JoDeR

#248 No hay que probar la violencia o intimidación para que sea agresión porque de ahora en adelante solo existe la agresión y todo es agresión.
Pero va a seguir teniendo que probar que ocurrió lo que dice que ocurrió, con violencia/intimidación o sin ella.

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Armisael

#247 no es que lo digas exáctamente, en el primer parrafo le quitas importancia a que un inocente acabe en la cárcel ("pues ya saldra, ya ves tú") y escandalizándote en el segundo parrafo porque gente a las que tu consideras culpables están libres.
Prefieres inocentes que pisen carcel a culpables que nunca lo hagan, así lo había entendido yo.

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JoDeR

#250 Estas interpretando mis palabras, si te inventas lo que digo a lo que estoy diciendo realmente no se exactamente que estamos discutiendo, dime lo que quieres que escriba y ya esta.

B

#249 Pero entonces hay algo que no cuadra. Según el 90% del foro la presunción se va a vulnerar. Mismamente el mensaje que hay en la primera página con un porrón de manitas.

Como es eso posible ? En qué se están confundiendo?

Me refiero al mensaje #6

De manera efectiva, se ha invertido la carga de la prueba, ahora ya no tienes que demostrar que te han violado (ya no tienes ni que pasar un examen médico para denunciar a alguien por violación), ahora tu denuncias de gratis a alguien por un delito que puede llevarle unos cuantos años a la cárcel, y el centro, lleno por supuesto de trabajadoras sociales feministas, puede acreditar que hay violencia sexual xD y luego ya, el denunciado, tiene que demostrar que es inocente y que sí que había consentimiento. Cosa que no puede hacer, o que queda relegada a la palabra del acusado en el juicio, que tampoco vale de mucho. Es decir, que cualquier loca te puede meter en la cárcel virtualmente de gratis. El juez no puede hacerle preguntas, como "si tiene una relación BDSM o no" porque eso sería "revictimizar".

¿ Me estas diciendo que eso no es vulnerar la presunción de inocencia ?

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JoDeR

#252 Que un mensaje tenga muchas manitas no significa que lo que este diciendo es correcto. Paginas atras un abogado de turno de oficio, no uno de mercantil te lo ha explicado, lee lo que ha escrito alepe.

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ElJohan

Oye por curiosidad... Como demuestras que hubo consentimiento explícito entre ambas partes, os grabais un tik tok antes de hacerlo o cómo funciona la cosa?

B

#253 No encuentro tal mensaje.

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JoDeR

#255 https://www.mediavida.com/foro/off-topic/aprobada-ley-solo-si-si-690522/8#228

WaRdIx

Vamos a prohibir los anuncios para que muchas que trabajan "freelance" o scorts en casa tranquilas, tenga que salir a la calle a exponerse.

Vamos a proteger a las mujeres pero sólo a las que yo quiera. Las que quieren ejercer, que las den por culo.

Entiendo que no especifica, Toda, toda la publicidad?? No sé, vale que no tengas un cartel en una valla de la autopista pero en anuncios clasificados y páginas de +18?

Soy_ZdRaVo

#240 pero que me voy a equivocar 😂😂. Que hay doctrina del TC sobre el asunto. ¿Recuerdas cuando intentaron legislar y decir que se podían ampliar los motivos de la prisión provisional? Porque yo sí y recuerdo lo que dijo el Tc.

Aquí te lo explican fácil: https://www.conceptosjuridicos.com/prision-provisional/

Por mucho que reformen la Lecrim no pueden reformar la Constitución y no se puede decretar la prisión por otros motivos distintos

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JoDeR

#258 De la misma pagina, Artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

  1. La prisión provisional sólo podrá ser decretada cuando concurran los siguientes requisitos:

1.º Que conste en la causa la existencia de uno o varios hechos que presenten caracteres de delito sancionado con pena cuyo máximo sea igual o superior a dos años de prisión, o bien con pena privativa de libertad de duración inferior si el investigado o encausado tuviere antecedentes penales no cancelados ni susceptibles de cancelación, derivados de condena por delito doloso. Si fueran varios los hechos imputados se estará a lo previsto en las reglas especiales para la aplicación de las penas, conforme a lo dispuesto en la sección 2.a del capítulo II del título III del libro I del Código Penal.

Esta claro que el señor Juez no lo ha considerado abuso vete tu a saber porque.

Y si, entiendo que derogaran y anulasen algunas partes porque con la prision provisional se producen numeroso abusos pero bajo mi punto de vista no seria este el caso cuando hay una grabacion hecha.

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Soy_ZdRaVo

#259 pero eso es un añadido a los requisitos. Solo se puede decretar cuando se considera eso que copias y se cumplen los 3 requisitos que he dicho 🤦‍♂️🤦‍♂️

Es una obviedad por eso no había caído en tu reflexión. No has estudiado derecho y siempre vas pisando charcos, es increíble

Eso que copias es una garantía de no decretar prisión provisional sin sospechas de comisión de un delito que vaya a conllevar una condena de prisión pero no anula los requisitos que te nombro

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JoDeR

#260 Mira macho dejame en paz, no se porque estas interesado en conocer mi curriculum vitae a cada post, yo no vengo a fardar de nada ni a buscar trabajo, en la pagina que has puesto TU pone bien en grande como uno de los requisitos que te he expuesto y es que ademas en los casos de abuso sexual se actua de oficio y se ordena un auto de prision como puede ser ese delito ese u otros delitos graves. Que el juez no lo haya hecho asi sera porque nos faltaran datos pero no me cuentes cuentos ni peliculas que con una condena superior a 2 años no te meten en privision preventiva

Requisitos de la prisión provisional resumido

Que exista un hecho delictivo con penas máximas de 2 o más años (pudiendo ser inferior a 2 años si el imputado tiene antecedentes penales).
Indicios claros de que la persona investigada es la autora de ese delito.
El objetivo debe ser evitar el riesgo de que el sospechoso cometa otros actos delictivos (siempre que sea por un delito doloso), destruya pruebas, o bien para asegurar la asistencia del acusado al proceso.
Esta medida debe ser estrictamente necesaria, es decir, que no existen otras medidas cautelares menos graves (como el arresto domiciliario o una fianza) que se puedan adoptar para asegurar los objetivos establecidos.
2 respuestas
Soy_ZdRaVo

#261 dice tu texto lo que yo digo pero como no sabes lo suficiente no lo entiendes

😂😂😂


El objetivo debe ser evitar el riesgo de que el sospechoso cometa otros actos delictivos (siempre que sea por un delito doloso), destruya pruebas, o bien para asegurar la asistencia del acusado al proceso.”

Gracias por confirmármelo

Si no se puede justificar que es para evitar reiteración, destruir pruebas o evitar la fuga no se puede decretar.

alepe

A ver, la prisión provisional se decreta para:

a) Asegurar la presencia del investigado o encausado en el proceso cuando pueda inferirse racionalmente un riesgo de fuga.
b) Evitar la ocultación, alteración o destrucción de las fuentes de prueba relevantes para el enjuiciamiento en los casos en que exista un peligro fundado y concreto.
c) Evitar que el investigado o encausado pueda actuar contra bienes jurídicos de la víctima.
O para evitar el riesgo de que el investigado o encausado cometa otros hechos delictivos.

Ese es el objetivo de la prisión provisional. Pero para poder valorar estos supuestos, deben cumplirse dos requisitos:
1.º Que conste en la causa la existencia de uno o varios hechos que presenten caracteres de delito sancionado con pena cuyo máximo sea igual o superior a dos años de prisión, o bien con pena privativa de libertad de duración inferior si el investigado o encausado tuviere antecedentes penales no cancelados ni susceptibles de cancelación, derivados de condena por delito doloso.
2.º Que aparezcan en la causa motivos bastantes para creer responsable criminalmente del delito a la persona contra quien se haya de dictar el auto de prisión.

Pero el objetivo, su razón de ser, son los puntos mencionados al principio. Lo que ocurre es que es una medida tan gravosa que se requiere motivos bastantes y que los delitos sancionados sean igual o superior a dos años.

Erethron

Me encanta cuando gente que no ha estudiado Derecho se ponen a hablar y poner artículos así porque sí.

Son como los tertulianos vulcanologos que salían hace poco en la tele XD

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flipas23

No puede ser casual que los tres más radicales y unineuronales ideológicos del foro, siempre concuerden en sus mensajes y actitudes en cualquier hilo, posicionándose por encima de gente que ha estudiado, sabe y argumenta más que ellos. Borregos con aires subiditos, vaya.

Solo falta el del avatar con mil símbolos fachas en el meme ese para acabar de vomitar .

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Overwatch

#265 #264 Tal vez sean la misma persona o alguien les paga para dar la chapa en distintos foros / redes sociales.

Porque muy normal no es, siempre están para defender lo indefendible xD

Solomito

#261 Ay Manolete, si no sabes torear para que te metes.

Te lo han explicado mascadito arriba, así que yo que tú bajaría la cabeza y agradecería la clase gratis.

Seyriuu

#223 llego dos días tarde, perdón, pero:
Podemos la hostia se la pegará y no me sorprendería que pasen a tener una presencia marginal, pero PSOE va a seguir siendo el segundo partido más votado de España, y cuando gobierne pp+vox 4 años y todas las desgracias se les achaque a ellos (como se le han achacado a psoe+podemos esta legislatura, como en todas las legislaturas se le achaca al gobierno) es muy posible que vuelvan a ser primera fuerza.

Como dato, vox en las elecciones que haya dentro de 6 años, seguramente se desinfle muchísimo también, mezclarse con el pp (al igual que podemos con psoe) les diluye y hace que sus votantes vuelvan al grupo mayoritario.

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Erethron

#268 vuelta al bipartidismo en 2 legislaturas

covaga

Ya ha salido en el BOE?

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