#2563 No sé si tienes conocimientos jurídicos / específicos de derecho penal, y entonces tu opinión es por algo en concreto, pero:
En mi opinión el Código Penal anterior era bastante expresivo a este respecto (definía con claridad distintas conductas como el abuso, agresión). La pregunta de por qué las diferenciaba es porque en cada tipo delictivo concurren unos elementos que hacen necesario que se encajen en un tipo y no en otro. Por cierto, la "violación" no existe en el Código Penal, por lo que estricto sensu tampoco han conseguido su objetivo de "no es abuso, es violación", pero eso no es sino otro síntoma de la falta de rigor académico/terminológico del pueblo español en su conjunto.
Volviendo a lo anterior, es como si sacaran una ley para que digan que ahora todo es asesinato y no homicidio, los jueces se verían en el brete de tener que interpretar que si concurre alevosía/ensañamiento/precio o recompensa, entonces tendrían una pena superior al que meramente acaba matando a otro.
Es decir, la ley supone situar mayor esfuerzo interpretativo (que no hacía falta, pues afortunadamente gozamos de buena jurisprudencia para determinar y esclarecer conceptos, tales como el consentimiento) a los jueces. Esto no hace sino desembocar en una falta de seguridad jurídica, porque ahora el ciudadano "no sabe qué condena puede establecerse de forma abstracta" para el tipo delictivo.
De todas formas, creo que el quid de la cuestión de esta ley no son las rebajas, ni juntar 2 delitos en 1 para que en las estadísticas se lea conjuntamente solo agresión; sino la eliminación del abuso de menores (mayores de 16). Que no se esté hablando más de esto me parece muy peligroso.