El asistente de Echenique trabajó el último año en negro

GoFoward

#270 Que va, en MV todos somos super ciudadanos que pedimos factura cuando vamos a comprar un paquete de chicles y el alta de autonomos, las coutas al dia y la declaracion del IVA del mecanico que nos cambia la rueda. Por eso lo decia. Era un ejemplo de mi dia a dia.

Pero gracias por seguirme post a post.

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Peyru

#268 Sería un tema completamente intrascendente si el que lo hubiera hecho fuera del PP, del PSOE, de IU, de CIU etc, pues estamos acostumbrados a que estos políticos nos roben a mano armada , que saqueen los fondos de educación sin sonrojarse, los fondos de los parados , que asignen familiares a dedo etc etc etc

Con podemos y si esto hubiera ocurrido con manolete , representante de podemos en alcurnias de villaabajo también sería intrascendente.

Esto ha ocurrido con Echenique y tampoco es que sea algo gravísimo pero Echenique el número 2 de podemos debería tener algo más de decencia, Sin embargo el problema principal es como lo están tratando los usuarios de este foro que es lo que realmente le está dando importancia al topic

#231Peyru:

Primero tachan de mentira, luego acusan al portador de manipulador y si todo esto no funciona hacen mofas al respecto para quitarle hierro al asunto.

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LaSeR

#1 Felicidades, vienes a echar bilis porque un tipo del partido que te da miedo ha pagado en negro a un señor que no cotizaba como autonomo.

Esto es incluso peor que las miles de burradas que han hecho PP y PSOE: desfalcos, maletines sospechosos, asignaciones a dedo, etc... estoy tan horrorizado, que me paso a tu bando de inmediato. (Espero que sepas captar la ironia).

De1moS

#221 Por supuesto que se puede hablar de los dos temas. Lo que pasa es que varias personas han dado explicaciones con la ley en la mano y poco hay que añadir sobre eso. Se ha dejado claro que el fallo de Echenique es el haberle dado tiempo para que pusiera al día pero en ningún caso es un corrupto como se ha insinuado por aquí.

Después de eso ya entramos en un bucle de poner fotos de un tweet, tergiversar y marear a la gente para darle más bombo a una gilipollez y así no hablamos de otros temas más importantes como la destrucción de pruebas.

Prava

#272 Sí, vamos, que priorizáis de puta madre.

Lo de siempre, MarcaEspaña.

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GoFoward

Cuanto mas leo sobre el tema mas entiendo que Echenique estaba jodido pasase lo que pasase. Si le daba tiempo al trabajador a regularizar su situacion estaba jodido por pagar a alguien que habia suspendido sus pagos a autonomos. Si lo echaba por esta razon estaba jodido por despedir a un pobre trabajador que llevaba muchos años con él, dejando claro el poco corazon y tacto del politico.

#275 3 paginas cuando condenan al partido del gobierno por destruir pruebas de un caso de corrupcion, 10 paginas con esto. Las prioridades de MV.

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DunedainBF

#271 Comprar chicles y tener a una persona trabajando en casa para tí, no es lo mismo.

Gracias por reconocer que no son super ciudadanos, es un gran paso para salir del complejo mesiánico podemita. Ahora cuando reconozcas que en su breve vida politica han dejado claro que son por lo menos tan jetas como el resto, y que la diferencia es que estos vienen con ideas de bombero populistas, ya será un paso definitivo.

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Peyru

#275 Y cuando parecía que se podía mantener una agradable discusión... plaffff

Ale pues nada , sigamos con la billis.

:psyduck: :psyduck:

Von_Valiar

#276 O podia hacer lo que tocaba, si ya no es autonomo, pues que lo haga empleado del hogar, con su alta y su cotizacion para desempleo. Aqui nadie diria nada si dejara de prescindir en un futuro de sus servicios por que se lo hace su mujer.

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RusTu

Hostias Echenique, dando ejemplo. La madre que me parió.

GoFoward

#277 He puesto un ejemplo de pago de IVA y otro de pago por un servicio. Gracias por obviar el segundo.

Ahora vengo, voy a un clase de yoga. Cuando pague le voy a pedir al profesor hasta el libro de familia.

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-tarkens-

Se sabe algo de vikingr ?

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Peyru

#281 Tranquila, no hace falta que tus clases no muy varoniles le pidas nada , el que tiene que pagar los impuestos es el.

Otra cosa sería que te dijera: 20 euros la clase no muy varonil o 15 sin iva (aunque sigue siendo poco varonil) , y tu eligieras pagar los 15.

Aunque por lo que leo , te parecería de puta madre.

Marca España.

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GoFoward

#279 Lo contrato como autonomo. Le pidio que se diese de alta cuando dejo de ser autonomo. Le dio un periodo de carencia basado, supongo, en el tiempo que llevaba trabajando para él. Cuando vio que no lo iba a hacer, prescindio de sus servicios.

Si trabajaba una hora para él, entiendo que trabajaba para mas gente. ¿Quien le tiene que dar de alta en la SS?

#283 Yoga no muy varonil. Se ve que sabes mucho.

Si yo pago 20 euros por la clase, y el profesor no lo declara, al parecer el estafador soy yo.

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DunedainBF
#281GoFoward:

Ahora vengo, voy a un clase de yoga. Cuando pague le voy a pedir al profesor hasta el libro de familia.

Si a mí no me importa demasiado que le tuviera en negro. Creo que muchos hemos hecho alguna cosa así alguna vez. Lo que da la gravedad al asunto es que este señor y su partido, se llenan la boca de hablar de derechos sociales y defensa del trabajador. Seguramente tú y tu profesor de yoga no déis mítines al respecto.

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Von_Valiar

#284 Lo contrato como autonomo, dejo de serlo. Llegados aqui:

  • O no sigue contando con sus servicios.
  • Lo contrata como empleado de hogar.

Y no me vale el "periodo de carencia" cuando es ¿1 año?

Yo cuando contrato a alguien como empleado, le tengo que dar de alta en la SS, aqui deberia ser echenique quien de de alta.

Y remarco:

Si a mí no me importa demasiado que le tuviera en negro. Creo que muchos hemos hecho alguna cosa así alguna vez. Lo que da la gravedad al asunto es que este señor y su partido, se llenan la boca de hablar de derechos sociales y defensa del trabajador. Seguramente tú y tu profesor de yoga no déis mítines al respecto.


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H

#284 Que no macho, ajajaja, que se ve a leguas que trabajaba en negro, si no quieres verlo hazte mirar el lavado cerebral

Y echenique es el que debe gestionar el papeleo

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S

A ver que lo tenía que haber hecho empleado del hogar porque a Valiar le apetece.

Bueno me voy que he quedado para patear embarazadas chupopteras y llego tarde.

Peyru

#284 Si tu pagas 20 euros por clase y el profesor te dice : "que sepas que no estoy de alta en autónomos y no me voy a dar , porque me niego a seguir manteniendo el sistema piramidal en el que vivimos... "

Y tu sigues yendo durante un año ...
...

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Von_Valiar

Pablo Echenique se enfrenta a una multa de hasta 10.000 euros por tener a un asistente sin contrato ni Seguridad Social
http://www.elconfidencialdigital.com/dinero/Pablo-Echenique-asistente-Seguridad-Social_0_2753724606.html

Mantuvo al empleado durante más de un año en situación irregular. Culpa al sistema de que “la gente humilde” recurra a la economía sumergida

Según el propio Echenique, este trabajador acudía a su domicilio particular una hora al día para ayudarle en sus tareas personales. Por esta labor cobraba 300€ mensuales, que aceptó en pagarle en efectivo y sin contrato de por medio.

El líder de Podemos en Aragón se escuda en que fue el trabajador quien dejó de pagar su cotización como autónomo. Tras darle unos meses de margen para que “regularizara su situación”, decidió prescindir de sus servicios.

Frente a las críticas que está recibiendo por promover laeconomía sumergida, Echenique ha justificado sus actos en la mala situación financiera que atravesaba el trabajador: “Hay gente que no está en una buena situación y que tiene que tomar decisiones muy difíciles”.

Además, ha aprovechado la situación para atacar en lo que considera “una Ley de Dependencia insuficiente. No me atrevería a censurar a una familia que tiene a su cargo a una persona dependiente y llega muy difícilmente a fin de mes o que no puede pagar la hipoteca”.

Ha incurrido en dos faltas laborales
Según explican a El Confidencial Digital expertos laboralistas, el Real Decreto Legislativo 3/2000, que contiene la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, Pablo Echenique se enfrenta a:

-- Una falta laboral grave por no comunicar el alta del trabajador a la Tesorería General de la Seguridad Social antes de que éste comenzara a trabajar. Se contempla una multa de entre 3.126 y 10.000 euros. En este caso, al tratarse de un único trabajador, la cuantía será más próxima al mínimo.

-- Una falta laboral muy grave por no cotizar a la Seguridad Social por él, lo que implica en primer lugar ingresar las cuotas defraudadas con un sobrecargo del 35%. En el caso de Echenique, casi 2.000 euros. Además, deberá pagar una multa de entre 1.470 y 2.205 euros.

¿Lol?xD

GoFoward

#285 La defensa del trabajador hubiese sido despedirlo por no tener recursos para darse de alta como autonomo. Ok. Entiendo.

Supongo que cuando tu exiges algo a alguien, tu seas el primero en hacerlo. A ver si aqui va a haber personas que estan exigiendo que alguien pague el 100% de lo exigido cuando él no paga ni el 50%...

#286 Cuando llevas contando con los servicios de alguien durante mucho tiempo, el periodo de carencia es perfectamente entendible, sobre todo si ese periodo va unido a insistirle en que no puede estar en esa situacion.

No me has respondido a la pregunta. Echenique lo contrataba una hora. O vivia en la calle o tenia otros empleadores.

#289 El estafador soy yo, que pago mi servicio debidamente. Ok.

#287 "Echenique es el que debe gestionar el papeleo" "jajajaaj". Madre mia.

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S

Cuando contratas a un empleado del hogar puedes hacer dos cosas:

1 - Contratar a una empresa. Si contratas a una empresa tendrás un contrato, con sus horas y su duración y sus facturas. La empresa se hará cargo de todos los impuestos y es la manera mas sencilla. Contratar a un autónomo es lo mismo que a una empresa, pero para el hogar es rarísimo encontrar a nadie de autónomo por que no merece la pena por el coste que tiene.

2 - Contratar a una persona. Según la nueva ley del 2012 estas obligado a darla de alta en la seguridad social, pagarle vacaciones y toda la mierda de derechos. Todas las obligaciones recaen sobre el empleador y la persona que viene a la casa no tiene ninguna obligación fiscal.

En el momento que Echenique tenia una persona en casa trabajando que no era ningún tipo de empresa estamos ante el caso dos. Y no es sobrevenido por que el sabe perfectamente cuando su contrato terminó.
Y por supuesto que no se iba a hacer autónomo, nadie se hace autónomo para limpiar casas ya que la cotización mínima es absurdamente alta.
Podéis seguir defendiendole simplemente por que es de color morado, pero el mismo reconoce que lo hizo mal y ni así los fanboys lo aceptais.

Para empleados del hogar la responsabilidad recae sobre el empleador No es como un pintor, no es como un profesor, tienen su propia normativa laboral. Joder que cabezoneria.

Peyru

#291 Repito , y concentrándolo:

Si pagas a sabiendas de que esa persona estafa eres participe, si .

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michi

Menuda persecución mas lamentable a Echenique.

GoFoward

#293 Yo tambien repito.

El deber del tomador del servicio es pagarlo.

Que el prestador del servicio declare o no declare los servicios prestados es problema unica y exclusivamente del prestador del servicio.

Porque entonces, el tomador del servicio, para actuar siempre de buena fe, habria de asegurarse de que cada vez que toma un servicio este todo en orden y regla.

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H

#291 A mi no me digas ''madre mía'' porque te voy a volver a cuotear, Echenique tiene que darle de alta y PUNTO, ahora le van a meter una multa.

Lo digo yo, la ley y el juez, asi que si, lo que tu dices es mentira.

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H

#295 Como veo que vas muy de listo te vuelvo a cuotar.

Seguridad Social de los empleados de hogar

A partir del 1 de enero de 2012 el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar se integró en el Régimen General como un Sistema Especial.

Afiliación, alta y baja en la seguridad social

¿Quién tiene la obligación de dar de alta y cotizar?

Corresponde siempre al empleador;
en caso de que el trabajador preste servicio en varios hogares corresponde a cada uno de los distintos empleadores.
No obstante, desde el 1 de abril de 2013, los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador deberán formular directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos cuando así lo acuerden con tales empleadores.
En todo caso, las solicitudes de alta, baja y variaciones de datos presentadas por los empleados de hogar deberán ir firmadas por sus empleadores.
Se solicita en las Administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Plazo de presentación

La solicitud de alta deberá presentarse con antelación al comienzo de la actividad laboral.
La solicitud de baja y variaciones de datos se presentarán dentro del plazo de los 3 días naturales siguientes al del cese en el trabajo o de aquel en que la variación se produzca.
Cotizaciones a la Seguridad Social:

En el año 2016, las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales se determinarán con arreglo a la siguiente escala, en función de la retribución percibida por los empleados de hogar:

Tramos, retribuciones mensuales y bases de cotización
Tramo Retribución mensual incrementada con la proporción de pagas extraordinarias €/mes Base de cotización €/mes
1º Hasta 174,64 149,34
2º Desde 174,65 hasta 272,80 247,07
3º Desde 272,81 hasta 371,10 344,81
4º Desde 371,11 hasta 469,30 442,56
5º Desde 469,31 hasta 567,50 540,30
6º Desde 567,51 hasta 665,00 638,05
7º Desde 665,01 hasta 764,40 764,40
8º Desde 764,41 798,56
El tipo de cotización por contingencias comunes será el 25,60%; siendo el 21,35% a cargo del empleador y el 4,25% a cargo del empleado. Para la cotización por contingencias profesionales se aplicará el 1,10%; a cargo exclusivo del empleador.

Con efectos desde el 1 de abril de 2013, el empleado de hogar que preste sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, y que hubiera acordado con este último la asunción de las obligaciones en materia de encuadramiento en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, será el sujeto responsable de la obligación de cotizar. Deberá, por tanto, ingresar la aportación propia y la correspondiente al empleador (o, en su caso, empleadores) con el que mantenga tal acuerdo, por contingencias comunes y profesionales.

Incentivos en la cotización

Durante el año 2016 será aplicable una reducción del 20 por 100 en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en este Sistema Especial. Serán beneficiarios de dicha reducción los empleadores que hayan contratado, bajo cualquier modalidad contractual, y dado de alta en el Régimen General a un empleado de hogar a partir de 1 de enero de 2012, siempre y cuando el empleado no hubiera figurado en alta en el Régimen Especial de Empleados de Hogar a tiempo completo, para el mismo empleador, dentro del período comprendido entre el 2 de agosto y el 31 de diciembre de 2011.
La reducción del 20% se ampliará con una bonificación hasta llegar al 45% para familias numerosas siempre que los empleados de hogar presten servicios que consistan exclusivamente en el cuidado o atención de los miembros de dicha familia numerosa o de quienes convivan en el domicilio de la misma, y que los dos ascendientes o el ascendiente, en caso de familia monoparental, ejerza una actividad profesional por cuenta ajena o propia fuera del hogar o estén incapacitados para trabajar.
Cuando la familia numerosa sea de categoría especial no será necesario que los dos progenitores desarrollen cualquier actividad retribuida fuera del hogar. Solo se reconocerá esta bonificación a un solo cuidador por unidad familiar.
En el caso de los trabajadores que presten sus servicios menos de 60 horas mensuales por empleador y hayan asumido el cumplimiento de las obligaciones en materia de encuadramiento, cotización y recaudación, quedarán excluidos de los beneficios de estos incentivos.
Acción protectora

Los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar tendrán derecho a las prestaciones de la Seguridad Social en los términos y condiciones establecidos en el Régimen General de la Seguridad Social, con las siguientes peculiaridades; entre otras:

El subsidio por incapacidad temporal en caso de enfermedad común o accidente no laboral se abonará a partir del noveno día de la baja, estando a cargo del empleador el abono de la prestación desde el día cuarto al octavo, ambos inclusive.
En caso de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el subsidio será el 75% de la base reguladora y se cobrará desde el día siguiente al de la baja.
No se tiene derecho a la prestación por desempleo.
El pago del subsidio por incapacidad temporal se efectuará directamente por la Entidad a la que corresponda su gestión, no procediendo el pago delegado del mismo.
Normativa básica de aplicación

Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social (Disposición adicional 39ª y Disposición transitoria única) (B.O.E. de 2 de agosto de 2011).
Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar (B.O.E. de 17 de noviembre de 2011).
Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social (B.O.E. de 31 de diciembre de 2012).
Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016. (B.O.E. de 30 de octubre de 2015).
Real Decreto 1171/2015, de 29 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2016 (B.O.E. de 30 de diciembre de 2015).
Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (B.O.E. de 31 de octibre de 2015).
Orden ESS/70/2016, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

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GoFoward

#296 Si Echenique contrata a un autonomo, no tiene que darle de alta.

Si el trabajador quiere seguir como autonomo, no tiene que darle de alta.

Si para Echenique trabaja una hora y para otros varias, no tiene que darle de alta.

Lo que digo yo es mentira porque patata.

#297 El copia y pega tiene mucha gracia porque no tiene ningun sentido.

El trabajador es autonomo.

Nivelazo.

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karlosin

por que no pide que le haga factura? favoreciendo al fraude fiscal cuando le viene bien se quita la mascara de comunista jaja

Peyru

#295 A pesar de que nos estamos desviando del tema, pues poco tiene que ver con Echi:

El caso que nos ocupa es que el tomador del servicio tenia conocimiento certero de que se estaba produciendo una estafa y no hizo nada.

Más allá de que en el EcheGate en tomador del servicio tuviera que haber tomado o no medidas respecto a hacerse cargo de la cotización o no.

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