1- Lo que había convocado para el domingo, lo que los golpistas han impedido, no era la reelección permanente de Zelaya ni la presidencia vitalicia. Ni siquiera la reforma de la constitución. Lo que se votaba era una consulta no vinculante para preguntar a los hondureños si les gustaría que en las próximas elecciones, en las de noviembre, se votase también la creación de una asamblea constituyente que reformase la carta magna. En resumen: era algo en apariencia tan inofensivo como preguntar si se podía preguntar por reformar la constitución, algo que, por otra parte, la propia constitución hondureña impide.
2- La actual constitución de Honduras establece un mandato único a los presidentes de cuatro años. Zelaya termina el suyo este año y, en cualquier caso, no se podría presentar a la reelección porque para noviembre no estaría aprobada la reforma constitucional que él propone. Como mucho, habría sido posible que en esa fecha se votase la posibilidad de una reforma constitucional. Él mismo ha negado en varias entrevistas que tenga intención de presentarse a la reelección.
3- El parlamento está enfrentado con el presidente entre otras cosas porque Zelaya, un terrateniente acomodado y conservador que concurrió a las urnas por el Partido Liberal, ha hecho después una política de izquierdas y se ha aliado con Hugo Chavez. En Honduras gobiernan desde hace décadas dos partidos, el Liberal -de centro derecha- y el Partido Nacional -de derecha-. Hace unos días, el Congreso aprobó una ley para prohibir que se celebrase cualquier tipo de consulta 180 días antes de unas elecciones. Es una norma ad hoc, hecha para impedir el referéndum de Zelaya.
4- La constitución hondureña se redactó en 1982, bajo la tutela de una dictadura militar que pactó una transición. Es bastante fácil de reformar -basta con una mayoría de dos tercios del Congreso, de hecho el texto constitucional está lleno de correcciones- salvo en algunos puntos, que se consideran irreformables, como la unidad de la patria o la no reeleción del presidente (el modelo de presidente no reelegible y no reformable se impuso a principios de siglo tras varias guerras civiles provocadas por ello). De hecho, su artículo 4 califica la “alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República” como obligatoria y califica la infracción de esta norma como “delito de traición a la Patria”, algo a lo que se agarran los golpistas argumentando que Zelaya, al plantear una reforma, ya es un traidor. Zelaya argumenta que no es así, ya que él no tiene intención de volver a presentarse, que es lo que le calificaría de traidor. Más claro es el artículo 239: “El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser Presidente o Vicepresidente de la República. El que quebrante esta disposición o proponga su reforma, así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos y quedarán inhabilitados por diez (10) años para el ejercicio de toda función pública.”
5- El argumento que utilizó Zelaya para seguir adelante con su consulta, a pesar de las sentencias, la constitución y nuevas leyes en contra, era que no se trataba de un referéndum sino de una encuesta. En Honduras, el voto es obligatorio. No así en la consulta de Zelaya, donde el voto era opcional. Para sortear las sentencias, la “encuesta” iba a ser realizada por el equivalente hondureño al CIS, el Instituto Nacional de Estadísticas. La oposición argumentaba que la consulta estaría manipulada, pues el recuento lo haría un organismo que depende del presidente.
6- El Tribunal Supremo que ha ordenado la expulsión de Zelaya del país (según la surrealista explicación de los golpistas) no es un Tribunal Supremo equiparable a los europeos. Para empezar, porque su nombre completo es Tribunal Supremo Electoral, su composición, como la de la Corte Suprema de Justicia, emana del poder legislativo (es decir, del parlamento, de los partidos que están enfrentados con Zelaya, los golpistas que hoy han dado por bueno el golpe militar) y entre sus poderes está regular las elecciones pero no detener a los presidentes electos. No es la primera jugarreta de esta “institución”. Cuando Zelaya, inesperadamente, ganó las elecciones, el TSE retrasó durante más de un mes su acceso al poder con excusas técnicas.
7- Como jurídicamente no está establecido que el presidente deje de serlo porque el ejército lo detenga en su casa de madrugada para obligarle a abandonar el país, los golpistas han falsificado una carta de renuncia de Zelaya -que su supuesto autor ha negado- y donde se asegura que deja al cargo por motivos de salud. El Congreso ha votado hoy su destitución y el nombramiento de un nuevo presidente utilizándola como argumento. La carta está firmada el 25 de junio, tres días antes del golpe. ¿La razón? Que probablemente ésa era la fecha inicial prevista por los militares y después fueron tan chapuzas que no cambiaron la fecha.
8- La oposición política al presidente hace tiempo que utilizaba al poder judicial para boicotear su gobierno. Entre los casos más surrealistas está el de un plan para reducir el consumo de combustible y la contaminación que se denominó “Hoy no circula”, a imitación de otro similar de México DF, que funciona desde hace años. Zelaya pretendía obligar a todos los coches a que parasen un día a la semana. La Corte Suprema de Justicia lo declaró inconstitucional.
Sacado de escolar.net , La Caverna del Rojerío.
#74
No existen cauces legales para reformar ese artículo en la constitución , NO SE PUEDE CAMBIAR , no existe ningún mecanismo en la constitución hondureña para cambiarlo o modificarlo , "esta escrito en piedra" , junto a la unidad de la patria y otro que no me acuerdo.
#136
El tribunal que ha mandado la expulsion del presidente , es el tribunal supremo electoral que no tiene ningún tipo de autoridad para hacer eso , aquí también estos tíos se han pasado por el forro de los cojones la ley , pero sin embargo no los expulsan que raro.
Si han violado la legimitadad por que no tiene autoridad para detener al presidente , ni para ordenar su arresto , han falsificado su nota de renuncia (j3 encima lo hacen mal y ponen la fecha de antes del golpe) y encima han impuesto una pena ilegal (exilio en vez de inhabilitación por 10 años)
Zelaya ha cometido la estupidez de pedir opinión sobre si puede reformar un artículo que según la constitución dictada por la cúpula militar en la transición no se puede.
Puede que eso sea ilegal y se castige con 10 años de inhabilitación pero lo que han hecho es un golpe de estado disfrazado de salvadores de la patria.
#137
Fíjate en el punto 2 y verás que aunque plantee la posibilidad de reformar eso , no podría presentarse.
Por otra parte en el punto 6 el TS , no es un tribunal supremo como en España ,no es un organo judicial si no electoral , nombrado por el congreso y que no tiene ningún poder para detener presidentes.
Y aunque hubiese cometido un delito tendría que haber sido detenido por la policía como manda la constitución a la que os aferráis y no el ejército que lo único que esta haciendo es meter sus zarpas donde no le llaman.Y es que la pena para este delito es la inhabilitación el cargo durante 10 años y no el exilio.