Cambio de contrato: Prácticas > Indefinido

STAN

#24 Lo del limite lo sabía, pero lo de que era anual no, gracias.

#27 Pero esos planes, como dice granaino suelen tener luego bastante letra pequeña, no? Casi es mejor meterlo debajo del colchón para emergencias xD

#29 Pero siendo anual supongo que ya no es tanto, quiero decir, que igual con un IRPF normal mes a mes lo cubres.

#30 Creo que continua, manteniendo la antiguedad, ahora en un rato me cuentan. Lo único el cambio del sueldo y del IRPF, por lo demás parece que todo seguirá igual.

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thecaballero

#31 Es tal y como te han dicho en mensajes anteriores, como no cesas la actividad no te corresponde ninguna indemnización, simplemente firmarás un nuevo contrato y pasaras a cobrar el 100%.
Respecto a la antigüedad, la mantendrás también, lo que significa en el próximo Enero cobrarás tu primer trienio.

DunedainBF

#31 Si no quieres que te metan palo en la siguiente declaración puedes calcular el IRPF que deberías de pagar para quedar en paz con hacienda el resto del año. Pideles en la empresa que te retengan eso de más y fuera sustos xD

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zoeshadow

Yo estuve en esa situación, pasé de contrato en prácticas a indefinido y no me dieron ningún tipo de liquidación.

ruben132

A mí me falta mes y medio para agotar los dos años de temporal y tengo entendido que solamente te actualizan el contrato y pasas a cobrar el 100% estipulado en el convenio, con el consiguiente IRPF del 20 y pico.

Durante ese tiempo me he sacado la Ingeniería y no tengo muy claro si eso afectaría a las condiciones salariales del nuevo contrato o se la sudan (ya me autorespondo yo, se la sudan).

Dentro de un mes veremos lo que me ofrecen. Pero optimista no soy.

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ArThoiD

#35 Pues espabila, porque si ya dejas de ser estudiante para pasar a ser graduado en ingeniería o licenciado si eres del plan antiguo y no vas a por unas condiciones acorde, es culpa tuya.

Además si eres algo avispado y habiendo hecho 2 años de prácticas puedes encontrar un trabajo decente fácil.... Eso suponiendo que tienes disponibilidad para moverte y tal, claro.

Pero vamos, lo dicho, NO seáis conformistas.

B

#33 lo que tiene que hacer es pedir que le pongan la retención de irpf minima por ley en la nomina. Pagar va a pagar lo mismo, incluso menos si no ha de presentar declaración.

Y por logica es siempre mejor pagar después, que no antes. Si pagas antes es como si financiases a hacienda con intereses 0%

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DunedainBF

#37 Totalmente de acuerdo, pero a muchos les sienta peor pagar de un sablazo, sobre todo si no te lo esperas, que ir pagando poquito a poco mes a mes lo que te tocaría para quedar a 0 con hacienda.

Meaven

#35 Pues si tu empresa sigue un convenio deberías tener el salario de graduado (diplomado) o licenciado. Mi empresa sigue precisamente el convenio de ingeniería. En mi caso cuando acabe mi contrato actual tanto si decidieran hacerme un nuevo contrato por obra y servicio como si me hicieran indefinida (ni en mis sueños, indefinidos a piñón hacían hace años, ahora los echan con eres xD), tendrían que reconocerme la categoría de licenciado por tener el máster.

STAN

Pero si no voy a llegar al mínimo para declarar, ya sea por poco o por mucho, será mejor tener el IRPF más bajo posible, no? Luego haces el borrador por curiosidad, y si suena la flauta y aun así te sale a devolver pues adelante.

Sería así?

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DunedainBF

#40 Supongo que si realmente no cumples los requisitos y estás exento de declarar mejor que no tributes más de lo que te toca mes a mes.

Exenciones renta 2015
http://www.expansion.com/economia/declaracion-renta/2016/04/07/57065194ca474147458b45e7.html

Atento a que solo has podido tener un pagador ese año, sino el limite es muy inferior para tener que declarar.

KueS

#40 exacto. Si al año cobras menos de 22k lo mejor es que te lo dejen al minimo (2%).

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PEPEPAKO

#31 No hay letra pequeña. Más que nada porque es un producto regulado para todo el mercado, no depende de los bancos. Lo único que cambia entre los diferentes planes de pensiones es el tipo de inversión que se hace dependiendo de la rentabilidad que quieras tener. Así como tiene un mo0viemiento libre, lo puedes cambiar cuando te de la gana y no lo pueden impedir desde ningún banco.

#28 Es que antes de tu jubilación solo lo puedes recuperar en caso de enfermedad grave o paro de larga duración, no hay más posibilidades. A parte de que eres libre para sacaerlo del país cuando te de la gana si ves que se pone dificil la cosa, lo cambias a un banco extranjero y punto. Y hay que pensar que ese dinero que estas ahorrando solo podía ir destinado a dos cosas, o a paghar el IRPF o a ahorrarlo para reducir la base de ese IRPF, así que sea como sea ese dinero estaba condenado. Ahora puedes hacer dos cosas o entregarselo a hacienda y no volver a saber de el, o meterlo en el plan de pensiones y volver a verlo en la jubilación. Tu decides.

D

#31 ¿Vas a cobrar mas de 22.000€ Bruto/Año? y de un solo pagador?

En caso afirmativo, estás obligado a hacer la Declaración.
En caso negativo, NO estás obligado. Puedes hacer el borrador, y comprobar si te toca a pagar o a devolver, y eliges si te interesa hacerla o no.
Si te toca a pagar, es qu ete han retenido menos % de IRPF de lo que tocaba. Si te sale a devolver, es que el Estado te ha retenido mas del % de IRPF que le tocaba retenerte.
En ningún momento el Estado te paga, te devuelve un dinero que es tuyo.

Sobre el IRPF, el % va sobre la Base Imponible, que no tu sueldo bruto. En mi caso me retienen un 17% y mi sueldo bruto es bastante mas alto al que estamos hablando (20k €)
Así a ojo, diría que te retendrán un 10%

P.D: a santo de qué te vas a meter en un Plan de Pensiones?

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STAN

#42 Si es viable y solo voy a tener un pagador, tendría que planteármelo.

#44 Yo no lo tenía pensado, fue una recomendación del user de arriba. Volviendo al tema, otros años he hecho la declaración pese a no llegar al mínimo y me han devuelto algo. Este año solo tendré un pagador de nuevo, pero no creo que llegue a 22.000 brutos, de ahí el pensarme tener un IRPF muy bajo, siempre que sea posible.

Supongo que es algo legal, aunque igual que hay un máximo, también habrá un mínimo por convenio, no es así?

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D

#45 el mínimo normalmente es el 2%. Es lo mínimo que me han llegado a retener cuando tenía contrato temporales y el sueldo bruto no superaban los 22k

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STAN

#46 En esa situación estoy yo ahora mismo, y así llevo dos años. Sueldo bruto de menos de 22k y 2%. Y dos veces me han devuelto dinero.

Pero ahora como va a ser indefinido, y no creo que vaya a llegar, es tontería pagar un 10 o más si no la voy a hacer.

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D

#47 ahí ya entra la situación de cada uno.

S

#1 Yo creo que lo mejor va a ser que vayas a preguntar a tu sindicato.

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M

#8 así estuve yo socio, 2 añitos cobrando el 70% , todos cobrando 11XX y yo 7XX gg y luego a la puta calle xd

Habla con recursos humanos.

STAN

#49 Sindicato? No estoy afiliado a ninguno.

Pregunta general: Pueden hacerte temporal de 6 meses al acabar los dos años de prácticas? He oído rumores por aquí por la empresa. Tenía entendido que iba a ser indefinido, pero no me extrañaría que me hiciesen uno de ese tipo.

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D

#51 no hace falta estar afiliado para ir a consultar a un sindicato. A lo sumo te cobrarán una pequeña cuota.

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B

#51 Temporal como, obra y servicio? Se tendría que identificar la causa con exactitud, es decir el por qué de ese contrato y no el típico que es el indefinido, si no se hace (Es decir, la identificación o la temporalidad) es fraude de ley y deberías ser indefinido (todo esto previo proceso judicial o denuncia a la inspección de trabajo, que puede obligar mediando sanción si no procede a regularizar tu situación).

¿Esa mierda te han propuesto?

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STAN

#52 Con cita a CCOO, UGT, etc?

#53 Yo hice los dos años en prácticas ayer, hoy ya empezaba el nuevo contrato, pero Don Asesor de la empresa, el que lleva estos temas, estaba de vacaciones. Me dijo que no me preocupase, que pasaba a cobrar el 100% obviamente y que en cuanto llegase firmabamos los papeles. Que no ocurriría nada ante una posible inspección porque un contrato en prácticas pasa a ser indefinido directamente si no se dice lo contrario (esto es así, lo sabemos todos).

El problema es que digamos que me ha llegado lo de la opción de temporal de 6 meses, como también estuvo algún compañero antes de ser indefinido. Es una empresa pequeña y aquí todo se sabe.

Quisiera saber que hacer ante esa situación.

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D

#54 no sé si hay que pedir cita. Y si es posible, buscarái alternativas a CCOO y UGT. Un buen sindicato, de los de antes, es CGT.

B

#54 Se entiende que has superado el periodo de prácticas (2 años) y que hay denuncia expresa (lo voy a dar por hecho que no lo sé).

Te transcribo literal del memento:

"agotada la duración máxima y si no media denuncia expresa y el trabajador continúa prestando sus servicios, el contrato se considera prorrogado táctiamente como contrato ordinario por tiempo indefinido"

Que quiere decir esto, denuncia expresa, entendámoslo como carta donde se te comunica que se va a extinguir el periodo de prácticas, entonces se entiende que el mismo finaliza.

Que te lo han dicho de boquilla, pues ya habría que determinar si eso se considera expreso o no, pero la realidad es que tu ayer finalizaste el periodo de prácticas y hoy continuas prestando servicios, entendemos tácitamente que eres indefinido.

Ahora, como bien dices es empresa pequeña, se sabe todo, entiendo que hay buen ambiente laboral, asique háblalo con tu boss y a ver que es la mejor salida para ambas partes, pero esto te lo digo para que sepas tus bazas.

Y no te cobro por ser del atleti. :buitre:

P.D: Te recomiendo CGT, en caso de.

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STAN

#56 En CCOO me han dicho que son 60€ la consulta, cita para la semana que viene, un buen palo para ser los amigos de los trabajadores jajaja, ya no son lo que eran :P.

Como bien sabrás, tienen tres días laborables para presentar el tipo de contrato a la SS, de ahí las prisas que se ha dado a última hora por hacerlo. A mí no se me notificó nada mediante carta de que el periodo de prácticas se extinguía, etc.

En que trabajas? Lo digo por lo de no te cobro, xDD.

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Merkury

#40 No puedes elegir el IRPF, es decir tienes un minimo y de ahi puedes ponerte mas, pero no menos.

Lo cambiaron hace unos años.

#8 Te parece mal? Habra que hacer que la gente aprenda sin sangrar al empresario, que es quien mas riesgo corre y quien mas tiene que perder con un trabajador no? No vayamos a legislar con proteccion al trabajador y condiciones dignas, no vaya a ser que las empresas se vayan de España.

B

#57 Entonces hay que entender prorrogado tu contrato, si deben cambiar el código de contrato en la Seguridad Social ya que el contrato en prácticass un requisito formal para su plenitud es que se celebre por escrito y, en cambio, para el indefinido no es necesario el mismo, aunque lo firmaras.

Es esta previsiblemente tu posición, ahora como tienes un canal directo de negociación es preferiblemente siempre apañarlo de buena manera, si a tu jefe por cualquier motivo, le interesa tenerte de temporal 6 meses y hay confianza enq ue no te la jugará, pues arriesgate, pero tu actual situación con los flecos que has contado es que se ha prorrogado tu contrato de manera indefinida (con los datos que manejamos).

Yo, soy un nini que sabe algo de derecho laboral xD

Comisiones Obreras hace tiempo que es comisiones a secas xD, pero cada sindicato es un mundo diferente en cada sector/empresa.

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B

Te pueden cambiar de categoría y meterte un contrato temporal cada año, es lo que se suele hacer para no dejarte fijo y es perfectamente legal.

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