El juicio al expresidente de la Diputación de Castellón y presidente provincial del PP, Carlos Fabra, ha comenzado esta mañana con la lectura de los escritos de acusación de la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado.
El dirigente del PP es juzgado por los presuntos delitos de tráfico de influencias, cohecho y cuatro fraudes fiscales por los que las acusaciones piden para él 13 años de cárcel.
Al contrario de las veces que Fabra ha ido a declarar, este miércoles por la mañana ningún cargo del PP le ha acompañado en el primer día del juicio. Ni afectos ni contrarios, nadie ha jaleado la llegada de Fabra a la Audiencia Nacional de Castellón.
En su exposición, la acusación popular ha defendido que Fabra, ha dicho el abogado, diseñó “lo que podríamos llamar una empresa criminal” con el objeto de maniobrar con “personas del círculo político” y generar presiones en los Ministerios de Agricultura y Sanidad para tratar de agilizar las autorizaciones para productos fitosanitarios que, entonces, fabricaba un amigo suyo. La acusación ha afirmado que el dirigente del PP instrumentó “un sistema para participar en mejores condiciones” de los beneficios que generaban las gestiones y que fuera “lo más opaco posible”.
Tanto la fiscalía como la Abogacía del Estado afirman, en sus escritos, que Fabra intermedió ante autoridades políticas y administrativas y que ocultó los cobros que ingresó por estas gestiones.
En las cuestiones previas, la defensa de Fabra ha pedido que los inspectores de Hacienda, que reflejaron en sus informes que el dirigente del PP ingresó casi dos millones de euros de origen injustificado y que defraudó cerca de 700.000 euros, no sean considerados peritos. Para el letrado de Carlos Fabra, los funcionarios de Agencia Tributaria son auxiliares de la Fiscalía Anticorrupción “y esta sujeción comporta que necesariamente los criterios que se establezcan se inserten absolutamente en la línea de actuación del ministerio fiscal con evidente interés de que la causa prospere”, según ha explicado. El abogado sostiene que los inspectores no pueden ser “denunciantes y peritos” porque tienen la “imparcialidad objetiva contaminada”.
Anticorrupción ha respondido que la determinación de los peritos corresponde el juez y no a la fiscalía. La Abogacía del Estado ha relatado abundante doctrina sobre la imparcilidad de los inspectores.
La defensa de Carlos Fabra ha pedido también que la acusación popular sea expulsada del juicio ya que, en su escrito se ha referido a hechos que no están incluidos en el auto de apertura de juicio oral.
Fuente: http://politica.elpais.com/politica/2013/10/02/actualidad/1380711323_751517.html
A ver como se las apaña mas de uno para justificarlo.