Cierre de empresa = no cobrar paro?

LaChilvy

Buenas tardes a todos,

Tengo una pregunta corta, he estado googleando y no me queda nada claro.

Si una empresa se declara insolvente y cierra, ¿no cobrarías el paro?

En mi caso por ejemplo llevo trabajando casi 5 años en el mismo sitio, mi empresa va muy mal (como tantas otras) y cabe la posibilidad (esperemos que no) de que acabe cerrando.

¿No me pertenecen "x" años de paro? Ando perdida en el tema xD

Gracias!

R

El paro lo paga el estado no la empresa

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edgar23

Si no me equivoco como mucho tienes 2 años de paro.

EuRyNomE

#2 lo ha dejado claro. El paro te lo paga el estado en base al tiempo cotizado que tengas, así que simplemente, tendrás 20 meses de paro (4 por año cotizado).

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M0E

El paro es un derecho adquirido. Eso no te lo quita nadie, ya que la empresa y tú ya habéis ido pagando mes a mes tu posible "paro" al estado.

LaChilvy

Y el finiquito se cobra si la empresa te despide, no?

xxxVaDeRxxx

Supongo que se refiere a que si tiene derecho a cobrarlo de seguido, es como si te vas de una empresa voluntariamente, por X paro que tengas no lo cobras.

LaChilvy

Es que no tengo ni idea de estos temas -_-'

Cuando se cobra el paro, se cobra la totalidad de tu sueldo? El 100%? Mensualmente?

B

#6 El finiquito es lo que te quede de vacaciones y la parte proporcional de las pagas. Te lo tienen que pagar.

B

Que yo sepa el finiquito sí, lo da la empresa.

También podrías trabajar duro en lugar de visitar MV para que tu empresa no se hunda...

1
R

#6 El finiquito es otra historia, si van de buenas te lo pagaram sin mas, si van de malas tendras que reclamarlo con juicios y movidas.

LaChilvy

#11 Pero si la empresa se declara insolvente y cierra, no pueden pagar finiquito no?

R

#12 Exacto, hay es donde los empleados teneis que denunciar a la empresa e intentar que os paguen con lo que saquen e la venta del material, inmuebles etc, pero suele ser algo largo y por supuesto tendram mil escusas para no pagar.

Kenderr

#12 Es que una cosa es finiquito y otra paro.

Para esos casos existe el fondo de garantia salarial.

http://www.mtin.es/fogasa/beneficiarios.html

LaChilvy

Vale gracias xD

Y me falta saber lo de #8 si alguien puede ayudarme.

B

#12 creo que el finiquito se lo reparten un 40% fogasa y un 60% tu empresa, así que fijo cobras un 40%

R

El paro depende de lo que ganes y los años cotizados, acercate a una oficina del inem y les pides tu vida laboral y que te digan el paro que te correspone.

Kenderr

#15 http://www.calculamiparo.com/

Google es tu amigo.

oOoMeGaOo

El paro creo que es solo el 70% del sueldo, un poco más los primeros 3 meses.

LaChilvy

Me comentan que es el 70% y que luego te lo quitan de la jubilación :S

edit: No te quitan nada de la jubilacion, solo que si estas en paro, no cotizas, asi que no te sumara nada para la jubilacion.

sombrio24

Claro que cobras paro mujer.

Y el finiquito tiene que ver con las partes que se le adeudan al trabajador, así que lo puedes reclamar, que te lo paguen es otra cosa.

B

El paro se calcula según lo que hayas cobrado los últimos 6 meses, te pagan el 100% con un limite de unos 1000 €, después de 6 meses te baja al 80%, date de alta en https://www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/portal/index.jsp y podrás tener información e incluso si se produce el fatal desenlace darte de alta como demandante de empleo sin hacer cola ni na.

Cuando te despiden de una empresa te tienen que dar un certificado de la misma, que presentas en el INEM, en caso de quiebra no se como ira eso, y te tienen que indemnizar 45 días por año trabajado en caso de improcedente y que la empresa siga su curso, si demuestra que tienen problemas económicos, te indemnizan solo 20 días, en caso de quiebra, el tema será más lento, la indemnización, el finiquito e incluso probablemente el ultimo sueldo, depende de que metan a la empresa en concurso de acreedores y una vez que hagan liquidez vendiendo los bienes de la empresa (si hay algo que vender) lo primero que se paga siempre es a los trabajadores y luego a los proveedores.

De todas formas, si hay rumores en tu empresa igual es porque os quieren plantear un ERE, o expediente de regulación de empleo, eso se traduce en:

a) despiden a gente y les indemnizan 20 días por año trabajado.
b) Os reducen la jornada y parte del sueldo lo paga la empresa y el resto el INEM.

Aproximadamente y de forma escueta, es a lo que te puedes enfrentar.

Si estas acojonaita, vete a CCOO o UGT y aunque no seas afiliada te informan.

Suerte.

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LaChilvy

#22 Muchas gracias! Ya tengo más info ^^

D

#20 calcular el paro es fácil.

Coge tú ultima nómina, mira el sueldo BRUTO y calcula el 70% de ese sueldo (despues de 6 meses cobrando el paro, del 70% baja al 60%). el sueldo que te de es lo que te pertoca, PERO cada año hay un tope.

En mi caso, hace 2 años, cuándo estaba en paro, me tocaba cobrar del paro unos 1200 y pico de €, pero el tope era de 1018€ netos.

Luego, si tienes hijos que mantener, te tocan 100€ más por cada hijo poniendo un máximo de 2 hijos. Que no era mi caso xD

aNNiBaL

mas o menos es lo ke dice #22...salvo ke el paro los primeros 180 dias paga el 70% del suelo y luego baja al 60%,aprox

La opcion B ante un ERE es una putada,es recomendable hacer turnos por meses o quincenas para irese al paro y turnarse entre los compañeros.

Para todo lo demas,acude a tu sindicato amigo.

PD:sino tas afiliada,puede que te cobren xD

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la empresa si chapa y se declara insolvente alomejor tienes movidas para cobra el finiquito o el ultimo sueldo, te pueden hacer la púa, pero se denuncia, y el paro es el 70 por ciento de tu sueldo base y a los 6 meses te lo bajan a 60, pero sueldo base eh? si cobrabas un paston por pluses o otras historias, sólo es en relación al sueldo base, si tienes pagas extras suma todo y divídelo entre 12 y luego calculas el 70 por ciento.
La movida es que necesitas el certificado de empresa, que sigo yo que te la darán.
Y desde el despido a hacer todo el papeleo si pasan mas de 15 días cobras menos el primer mes y si te retrasas mucho puedes perder incluso un mes de paro.
Para cobrarlo antes de comerte toda la cola tienes que darte de alta como demandante de empleo (es que yo me tragué una puta cola y se me piró esto y tuve que hacer la cola dos veces, pero es que yo soy un inútil)

Soltrac

Con el paro no tendrás problemas pero olvídate del finiquito porque vas a estar años con el FOGASA para cobrar un % de lo que te corresponde.

ChaRliFuM

#20

Por lo que yo se, mientras cobras el paro, estas cotizando a la seguridad social, por lo que el tiempo que estes cobrando el paro, seguiras cotizando y por lo tanto se te seguira contando para la jubilacion, etc.

K

Además del paro, también hay un fondo estatal para indemnizaciones en caso del cese de tu empresa creo.

Mely

#1 Atí te corresponde paro porque has estado cotizando, lo que no te corresponderia es si tu empresa te debe X dinero, ya sea mensualidades atrasadas... pagas extras... etc.

Al declararse insolvente o en quiebra, no te pagarian.