La norma creará seis registros: de animales de compañía, de núcleos zoológicos, de criadores, de inhabilitados para pertenencia de animales, profesionales del comportamiento animal y de entidades de protección animal.
Los particulares no podrán tener más de cinco animales en su hogar y quienes quieran tenerlos deberán registrarse como núcleos zoológicos. En el caso de que un particular cuente con cinco o más mascotas cuando se apruebe la ley, no estará fuera de la ley pero no podrá adquirir más.
Las personas titulares o responsables de los perros deberán haber realizado previamente un curso de formación acreditado para la tenencia de perros, cuyo contenido se determinará reglamentariamente.
Quedará prohibido dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante tres días consecutivos y, en el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas.
La cría estará exclusivamente permitida a profesionales registrados y se limitará el número de camadas dependiendo de las necesidad de núcleos zoológicos y establecimientos, todo ello "supeditado a un control veterinario". En este sentido, se prohibirá, por ejemplo, la cría cuando haya más de un 25% de cosanguinidad en los animales o cuando haya enfermedades genéticas.
Del mismo modo, se prohíbe la cría de especies no autóctonas incluidos los zoológicos, que dejaran de poder comprar animales, sobre todo grandes mamíferos y cetáceos. El objetivo, ha explicado el director general, es la reconversión estos espacios como centros de reintroducción de especies autóctonas.
El sacrificio de animales sólo se permitirá "a excepciones vinculadas a situaciones eutanásicas", explicitado en la norma. No se da la posibilidad de que alguien, por cuestión de saturación del centro o por comportamiento del animal, pueda acceder a la vía del sacrificio.
En materia de animales no autóctonos, la norma también trata la creación de un listado de animales de compañía, que determinará qué animales se puedan comprar y vender fuera del país y que se basará en tres ejes: que no sean un problema salud publica, que no sean un problema de seguridad pública --no permitirá los venenosos--, y que no sean un problema para el medio ambiente --no permitirá a los actuales exóticos invasores--.
La ley regulará romerías, cabalgatas y otros actos del estilo en los que participan animales. Se limitará la temperatura, edad u otros aspectos a partir de los cuales en animal no podrá acceder a esa tarea. Lo que no se incluye en la nueva Ley de Bienestar Animal es la tauromaquia.
En cuanto a los perros de caza, el texto los trata como cualquier otro perro, es decir, quien tenga cinco deberá estar registrado como núcleo zoológico, si quiere criar como criador y deberá tener unas instalaciones adecuadas, entre otros aspectos.
La prohibición de la compra de los animales en tienda, la regulación de las colonias felinas, la prohibición de la cría de animales usados para la peletería, la regulación de los santuarios de animales o la prohibición del tiro al pichón o las peleas de gallos, la esterilización generalizada de las mascotas o la participación de animales en medios de comunicación, son otras de las cuestiones que se incluyen en el texto.
Se espera que en noviembre llegue al Consejo de Ministros en primera vuelta. A partir de ahí, el texto deberá pasar por la tramitación, primero dentro de las instancias del Gobierno, y después parlamentario. El Ejecutivo espera que esté en vigor antes de 2023.