#1 Ojalá les cayera más por ir de listos. Dejo algunos fragmentos seleccionados:
En su sentencia, la sección segunda de la Sala de lo Penal sostiene que ambos condenados "se concertaron para crear y mantener la página Youkioske por tiempo indefinido con el fin de utilizar las facultades de los titulares de los derechos de explotación de las publicaciones y repartirse beneficios obtenidos, y ello sin que contasen con el consentimiento de los titulares afectados, quedando demostrado que estos les comunicaron en múltiples ocasiones lo contrario, requiriéndoles reiteradamente que no usaran más los contenidos objeto de explotación"
La Sala recuerda que colgar en internet obras protegidas o usar sistemas de intercambio de archivos constituye una comunicación pública prohibida por la ley, que es delictiva si se obtiene beneficio económico, y generaría solo la responsabilidad civil del internauta en el caso de que no haya lucro de por medio.
Según la ley, colgar contenidos en internet sin autorización o compartirlos constituye un delito contra la propiedad intelectual si se cumplen tres requisitos: que haya ánimo de lucro, conciencia de que los contenidos son ajenos y perjuicio para terceros, lo que sucede en este caso.
La resolución explica que el número de publicaciones a las que se podía acceder a través de youkioske.com, web alojada en un servidor de Canadá y registrada a nombre de una mercantil domiciliada en Belice, superaba los 17.000 ejemplares entre publicaciones españolas, alemanas, italianas, francesas, inglesas, portuguesas, rusas y holandesas.