Preguntas generales
P. ¿Por qué interponer la denuncia?
R. Porque la Comisión Nacional de Competencia señala que la legislación española pudiera estar contraviniendo la legislación europea en materia de monopolio, monopolio que da lugar a abusos por parte de las entidades de gestión según dicho informe.
P. ¿Para qué voy a interponer la denuncia?
R. Para solicitar a las autoridades de la Unión Europea que analicen la situación legal española en materia de derechos de autor y comprueben si tal y como señala la Comisión Nacional de Competencia nuestra legislación pudiera contravenir la europea.
P. ¿Qué efectos puede tener la denuncia?
R. Puede suponer que la Unión Europea obligue a España a evitar los abusos en materia de propiedad intelectual, cambiando nuestra legislación.
P. ¿Cuánto me va a costar esto?
R. En dinero, te costará el importe del franqueo del correo certificado (2,49 euros). En cosas, el importe de dos folios y de un sobre.
P. ¿Cuánto tiempo voy a invertir en esto?
R. En tiempo invertirás el que tardes en ir a una oficina de correos a presentar la denuncia. Dependerá de lo lejos que esté de tu oficina o domicilio.
P. ¿Tendré que contratar un abogado?
R. No. Se trata de un procedimiento en el que no se necesita estar representado por un abogado.
P. ¿Quién se va a encargar de los sucesivos trámites del procedimiento?
R. Nos vamos a encargar David Bravo y Javier de la Cueva, quienes iremos informando a través de nuestros blogs.
P. ¿Voy a tener que asistir a un juicio?
R. No. Es un procedimiento en el que no hay un juicio al que tengas que asistir. No todas las denuncias por vulneración del Derecho comunitario acaban en juicio puesto que el Estado denunciado suele corregir sus vulneraciones. Si al final existiese uno, éste se celebra ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y el denunciante no tiene que asistir.
P. ¿Esto es una denuncia contra el Gobierno?
R. No. Lo que se denuncia es que existe una legislación española que facilita la existencia de unos monopolios prohibidos por la legislación europea.
P. ¿Por qué interponer tantas denuncias? ¿No basta con una?
Las denuncia múltiples son un sistema habitual de reivindicación ya previsto por la propia Comisión Europea ,que las canaliza acumulándolas todas en un sólo procedimiento. Mediante el sistema de denuncia múltiple se comunica a la Comisión Europea no sólo la existencia de la posible infracción del Estado miembro sino también la preocupación que ésta suscita a los numerosos ciudadanos que se adhieren a la misma.
P. Sólo por curiosidad, ¿cuántas denuncias hay interpuestas a estas horas?
R. No lo podemos saber. Ya nos lo dirá la Comisión Europea cuando comience la siguiente fase del procedimiento que ahora todos hemos abierto con nuestra denuncia. Sí nos consta, sin embargo, que la denuncia ha sido descargada ya más de 16.000 veces. Si sólo el 1% de las descargas se han convertido en una denuncia interpuesta, España se encontraría en estos momentos con casi 200 denuncias interpuestas por permitir y promover el monopolio de las entidades de gestión.
P. ¿Se va a llevar un registro de denuncias?
R. No, el registro lo llevará la Comisión Europea.
P. ¿Hasta qué fecha puedo interponer la denuncia?
R. Dependerá de la contestación que nos dé la Comisión Europea y lo anunciaremos oportunamente a través de nuestros blogs:
Derecho-Internet
Blog de David Bravo
Quién puede interponer la denuncia
P. Tengo menos de 18 años, ¿puedo interponer la denuncia?
R. Podrías interponerla contando con la firma de tu madre, de tu padre o de quien ejerza sobre ti la patria potestad. Pero en ese caso, te recomendamos que esperes a que cumplas la mayoría de edad y luego te adhieras o que les comentes la iniciativa para que ellos interpongan la denuncia.
P. Tengo menos de 18 años pero estoy a punto de cumplirlos. ¿Puedo luego sumarme a la denuncia?
R. Cuando cumplas los 18 años, puedes sumarte entonces a la denuncia. En cuanto tengamos el número de procedimiento, publicaremos un documento para que lo puedas hacer.
P. Vivo fuera de España, ¿puedo interponer la denuncia?
R. Sí. Si vives fuera de España, puedes interponer la denuncia dirigiéndola a la delegación de la Comisión Europea del país donde vivas. Si no existe dicha delegación, puedes enviarla a las direcciones que figuran en las instrucciones de la denuncia.
P. Vivo en España y mi nacionalidad es de un Estado de la Unión Europea. ¿Puedo interponer la denuncia contra el Estado español?
R. Sí, cualquier nacional de un Estado miembro de la Unión Europea puede denunciar a otro Estado, aunque no fuera el suyo.
P. Represento a una empresa, asociación o colectivo. ¿Puedo interponerla en su nombre?
R. Si bien es posible, no es necesario. Puedes interponer la denuncia a título personal.
P. Pertenezco a una empresa, asociación o colectivo. ¿Necesitáis adhesiones a la denuncia?
R. No, pero muchas gracias de antemano por el interés. La denuncia trata de facilitar a los ciudadanos el ejercicio individual de sus derechos, por lo que no se trata de ejercer derechos colectivos, sino de cada uno de nosotros.
Cómo interponer la denuncia
P. ¿Cómo interpongo la denuncia?
R. Descargas la plantilla de la denuncia, la rellenas y la envías por correo certificado. Puedes descargar la denuncia de los siguientes enlaces:
Formato .doc
Formato .odt
P. ¿Cómo tengo que rellenar la denuncia?
R. En el segundo folio de la denuncia tienes las explicaciones.
P. ¿Puedo interponer la denuncia anónimamente?
R. No. Tienes que poner tus datos, pero puedes solicitar de la Comisión Europea que éstos no se transmitan al Estado español.
P. ¿Hay alguna diferencia entre permitir que el Estado español conozca que le he denunciado o no?
R. No existe ninguna diferencia a nivel legal para que la denuncia tenga mayor o menor éxito el hecho de que la interpongas permitiendo que el Estado español conozca o no tus datos.
P. ¿Puedo enviar la denuncia desde la web correos.es?
R. Sí puedes, pero el problema es que no conservas la copia sellada de tu copia de la denuncia. El sistema más seguro es el de su presentación por correo certificado en una oficina de Correos.
P. ¿Tengo que enviaros el recibo de haber presentado la denuncia?
R. No. No es necesario, basta con que lo guardes y conserves tú. De todas maneras, hay personas que están publicando en sus blogs una copia escaneada de la misma o del impreso de Correos. Incluso se ha propuesto confeccionar un mural.
Cómo es el procedimiento después de interponer la denuncia
P. ¿Cuáles son los primeros trámites después de presentar una denuncia?
R. A todos los que hemos presentado la denuncia nos llegarán dos primeras notificaciones de la Comisión Europea:
1.Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la recepción de la denuncia, la Comisión acusará recibo de la misma al denunciante.
2.Además, al tratarse de una denuncia por vulneración del Derecho comunitario, en el plazo de un mes desde el envío del primer acuse de recibo, la Comisión enviará otra comunicación indicando el número de expediente que le ha correspondido.
P. ¿Cómo es el procedimiento posterior?
R. Se inicia el procedimiento previsto por la normativa comunitaria y que básicamente consiste en lo siguiente:
Si la Comisión Europea considera que se pudiera estar vulnerando el Derecho comunitario, enviará al Estado español una carta de emplazamiento para que éste haga sus alegaciones.
Ante la contestación que la Comisión reciba del Estado o si esta contestación no existe, la Comisión podrá emitir un dictamen que remitirá al Estado, proponiéndole las rectificaciones necesarias.
Si el Estado no se compromete a corregir las infracciones, la Comisión Europea podrá acudir ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas para que éste decida si existe infracción.
P. ¿Cuánto puede durar este procedimiento?
R. Depende de los trámites de investigación y prioridades de la Comisión Europea, y de si el Estado presuntamente infractor corrige los defectos de su legislación.
P. ¿Conseguiremos algo interponiendo la denuncia?
R. Esta pregunta está mal planteada. Desde el momento en que se interpone la denuncia, ya has conseguido lo más importante: no te has quedado quieto y has luchado por tus derechos mediante un procedimiento legal.
P. Ya, pero, ¿se cambiará la legislación española?
R. Eso deseamos y para eso luchamos.
P. ¿Se plantearán nuevas acciones legales distintas a ésta?
R. Todas las que sean oportunas y necesarias. Llevamos años haciéndolo y es nuestro sistema de trabajo.
¿Tienes una pregunta que no está respondida? En ese caso, plantéala en twitter con el hashtag #cnc o en este grupo de facebook.
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