#418MuErTe-:RPV: el IVA es proporcional, no regresivo. Y dentro de la proporcionalidad, es progresivo (aumento de tipos en funcion del lujo o supuesto lujo y disminucion de tipos para los bienes y servicios basicos, ademas de exenciones y deducciones).
Partes de un concepto erróneo (o por lo menos distinto) de "progresividad tributaria". La progresividad de un impuesto no se calcula en función del bien, acto o lo que quiera que dé lugar al tributo (manifestación de capacidad económica) sino en función de la propia capacidad económica del sujeto pasivo. Es algo inherente al individuo que soporta la obligación tributaria.
#420 Nuestro sistema tributario no se configura en función del argumento de que el rico no es el que tiene dinero sino el que se lo gasta. Por lo tanto, cualquier razonamiento que hagas en función de ese principio es una mera conjetura.