Declaración de la renta 2018

B

#29 #28 cumplo con todo, al manual como se accede, desde agencia Tributaria?

1 respuesta
rayka

#31 desde este enlace mismo: https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/Campanas/comp_Renta/columnas__contenedor_Columnas/col_columna1/_AYUDA/Normativa_y_manuales/Normativa_y_manuales.shtml

Estoy desde la tablet, si no te lo copiaba directamente aquí. Pag 748.

1 respuesta
B

#32 muchísimas gracias voy a ello aunque creo que me voy a comer un mojón porque este año gane 31000 bruto y creo que hay un límite de 25000 pero voy a informarme

AikonCWD

Ya tengo mi numero de referencia, ahora esperar hasta el 2 de Abril

Kuluneken

Como coño se mira el borrador? xD. Otros años he hecho la declaración en Pais Vasco y tienen su propia aplicacion para windows que te la bajas metes los datos y te sale ya directo todo a no ser que necesites modificación o algo, si te sale a devolver o a pagar o lo que sea D:

1 respuesta
covaga

#35 por el momento no dejan, solo su simulador.

1 respuesta
Kuluneken

#36 Tampoco veo el simulador XD. Se supone que con los datos fiscales y tal el simulador te dice si va a ir bien la cosa o hay que comprar vaselina? por mirarlo...

1 respuesta
Alberto_

A ver cuánto me sabla la puta hacienda. Se lo podrían por donde mejor les quepa. Menudos vampiros, hijos de la gran pu...

1 respuesta
davidrgh

¿se puede seguir desgravando por las cuotas de alquiler de vivienda habitual para contratos firmados antes del 2015?

1 respuesta
Shikoku

#38 pues depende de si te ha retenido bien tu empresa o no

#39 que yo sepa si

#37 usa el calculador de irpf, con eso y tus datos fiscales puedes saber si te han retenido bien

1 respuesta
Kuluneken

#40 Ni idea, no hay simulador o aplicación o algo que con los datos te diga si te sale a devolver o a pagar y cuantro?

1 respuesta
ColdZimeh

Otro año que me sale a devolver. Una paga extra más !

1 respuesta
Kuluneken

#42 Como lo has mirado? 0o

1 respuesta
ColdZimeh

#43 lo sé por cómo tengo las retenciones y mi histórico 😅

1 respuesta
Contractor

#44 Idem! Yo me pongo el IRPF un poco más alto de lo que me toca, y así me devuelven siempre, que odio los disgustos.

1 1 respuesta
B

Estaba esperando este hilo para resolver una duda, este año estoy estudiando y tirando de extras y ahorros y solo por asegurarme y evitar sustos.

Yo estoy en más de un pagador y el segundo supera los 1.500€.

El límite para hacer la declaración sería 12.643€ entiendo no?

Si es así no tendría porque hacer la declaración.

1 respuesta
MaTrIx

#46 https://www.google.com/amp/s/www.lavanguardia.com/economia/20180413/442382936898/renta-2017-2018-dos-pagadores-declaracion.html%3ffacet=amp

A pagar a pagar

1 respuesta
B

#47 Claro pero es lo que digo yo, que cuando tienes mas de un pagador el límite anual baja de 22k a 12.643€ y yo no he cobrado más de esos 12.643€ este año.

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/Campanas/comp_Renta/columnas__contenedor_Columnas/col_columna1/AYUDA/Preguntas_frecuentes/Quien_tiene_obligacion_de_declarar/_Quien_tiene_obligacion_de_declarar.shtml

El límite se fija en 12.643 euros anuales, salvo para los contribuyentes fallecidos con anterioridad al 5 de julio de 2018, que se mantiene en el límite de 12.000 euros, en los siguientes supuestos:

Cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes por orden de cuantía superen la cantidad de 1.500 euros anuales.

3 respuestas
MaTrIx

#48 otro has dicho antes que has cobrado más de 1500 euros del segundo pagador, si es así por lo pone ahí te toca pagar.

1 respuesta
B

#49 Igual no nos entendemos pero por cobrar mas de 1500 del segundo no pagas porque sí, hay dos opciones:

  • Cobrar menos de 1500: Limite para hacerla 22k.
  • Cobrar más de 1500: Limite para hacerla 12k.
1 1 respuesta
rayka

#48 efectivamente, no tienes obligación de presentarla.

1
davidrgh

#48 #50 Y ni por esas... si pasas del límite lo que pasa es que tienes que declartar por narices.
Que tengas que pagar o no, no depende de si has superado el límite, sino de los cálculos de lo que ya te han retenido y lo que tenían que haberte retenido.

1
Shikoku

#41 todavía no

Pero con la calculadora de irpf y tus datos fiscales lo sacas

BrKnChaiN

#29 Es necesario el empadronamiento? Me habían dicho que solo había que cambiar el domicilio fiscal

B

#1 muchas gracias!
Por cierto ando mosca porque mi padre puso su casa a mi nombre cuando la compró, para evitar el impuesto de sucesiones y tal (rollos). El caso es que entiendo que tener ese activo a mi nombre me va a perjudicar cada año en la declaración pero no sé en qué medida.

¿Cómo puedo calcularlo?
Porque si es mucho tengo que hablarlo con mis hermanos que también tienen derecho a una parte de la casa, pero soy yo el que pringa.

1 respuesta
rayka

#55 ¿Está habitada la casa o está desocupada? En caso de estar habitada, ¿por quién? ¿contrato de alquiler mediante o sin nada?


Por cierto, ya está el simulador de este año. El enlace está añadido en #1 también.

1 respuesta
B

#56 es la casa donde vive mi padre con su mujer. Vendió su antigua vivienda habitual (de soltero) y se compró esta.

1 respuesta
rayka

#57 Si realmente el piso es tuyo, entiendo que se debería haber celebrado un contrato de arrendamiento con tu padre, tributando las cantidades percibidas como rendimiento del capital inmobiliario. Además, al ser un familiar el arrendatario, no puedes ponerle un alquiler simbólico de, digamos, 50€ mes, ya que la ley del irpf establece un rendimiento mínimo en caso de parentesco: un 2% del valor catastral de la vivienda, o el 1.1% en caso de que el valor catastral hubiera sido revisado.

Edito: ¿No tendrá tu padre el usufructo del piso?

1 respuesta
Peinacabras

Duda rápida, ¿Las hipotecas ayudan a deducir o me como un mierdon?

2 respuestas
Sonos

#59 cambiaron la ley, ahora creo que solo si la compra fue antes del 1 de enero de 2013