#837 pues juraba haber leído una noticia en que quitaban el exento pero tributaba mucho menos
Estoy teniendo problemas para logearme en la web, para poder utilizar la cl@ve Pin me pone que envían un SMS a mi número de teléfono antiguo, así que necesito cambiarlo. El problema es uqe para cambiar el número tienes que hacerlo por videoconferencia zoom y me sale que el sistema esta saturado....
Hay alguna otra manera logearse? (No tengo DNI electrónico). Alguien que este en una situación parecido?
Una pregunta, si este año en curso voy a cobrar entre 16.000-18.000 brutos (a ojo), de 2 pagadores (tengo que hacerla si o si), que retención debería ponerme para no llevarme sustos, 11-12%?
Gracias.
#844 https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PRET-R200/R210/index.zul
Rellena los datos personales y económicos y te dará el porcentaje correcto.
#816Nomadwind:le han comentado que el seguro de responsabilidad civil se lo puede deducir aún no siendo autónoma porque es un gasto obligatorio para realizar su actividad.
Soy médico, llevo años pagando el seguro de responsabilidad civil profesional y nunca me lo he desgravado, aunque esta duda la he tenido varias veces. En primer lugar ni siquiera se si es cierto que es obligatorio tener un seguro RCP, los colegios de médicos dicen que si pero a mi nunca me han pedido justificante alguno de que lo estoy pagando. De hecho estuve varios años ejerciendo sin tener RCP, me lo contrate cuando empece a combinar empleo sanidad publica + privada y desde entonces lo he seguido pagando aunque me deje la privada. Tampoco se donde metería esa deducción, quizás junto a la cuota de colegiación pero ahi tienes un limite de 500 euros. Supongo yo que si lo vas a incluir, se pone el 100% (suele ser cuota anual). Personalmemte, no tengo claro que el RCP se pueda deducir a no ser que sea autonoma. Los médicos autónomos entiendo que se lo pueden deducir como gastos laborales, como si fuese material de oficina, pero eso va en un apartado diferente.
#846 de hecho el colegio le ha dicho que es deducible solo si trabaja en la sanidad privada.
Al final lo ha puesto en la casilla de la cuota del colegio porque lo paga a la misma entidad pero no cambia absolutamente nada con respecto a la declaración, ni suma ni resta en la cantidad que le van a devolver.
Los que estamos en sanidad deberiamos no salir a pagar nunca.
190€ a pagar toca.. puta mafia y putos ladrones
#850 #851 190€ es un cambio de un par de meses. Y suena a ajuste positivo para aeat. (algún contrato que ha subido de horas, una modificación sustancial en el contrato, o un irpf muy bajo algo que se da siempre en los contratos tipos obra/servicio o por aumento de volumen de trabajo).
Pero la de 2k€ joer ir a un gestor y que os haga (a principios e año) un estudio de cuanto es la cifra que tenéis que pagar anualmente. No es tan dificil y enserio os ahorráis sustos. Y más si no sabéis llevar el mes a mes el tema de la retención (que no es por la empresa es por TU situación fiscal, ojo).
Teníais que ver lo que es una renta con dividendos positivos y negativos, con cryptos, con pensiones y deducciones en especie.... Hay algunas que realmente necesitan un gestor detrás. Lo mismo tenéis un caso similar.
Aunque lo que he visto este año es que siempre hay desfases por que alguien ha comprado/vendido un bien inmobiliario.
#852 ya fui a un gestor y poca cosa me comentó, asi que a pagar a pagar
la cosa es que ese estudio que planteas no se puede hacer porque la mayoria de trabajos son temporales(incluso contratos que son de 1 dia) asi que no se puede prever cuanto vas a ganar un año, depende de lo que me llamen
lo que me dijo fue que deje ahorrado todos los años en torno a ese dinero y ya
#853 Claro claro, pero si vas a principio de año te puedes aplicar el ajuste y llegar a cero en tu renta.
#849 el fraccionamiento normal es en 2 plazos, 60 y 40%. Si has estado de erte y por ello presentas la declaarción, hay uno especial en 6 meses. Luego, tienes la opción de solicitar un aplazamiento con los meses que estimes oportuno, aunque ese ya lleva intereses.
#856 Tendra x contratos temporales, y los temporales van al minimo de retención.
Aunque sea solo 1 contrato temporal al año, lo normal es q salga a pagar.
Lo suyo es ver cuanto te retienen y guardar tu el resto, si te retiene un 12 y deberia ser un 22 pues ese 10 te lo guardas todos los meses para cuando toque regularizar.
#848 Yo es que he tenido mala experiencia con el colegio de médicos en los pocos tramites que he hecho de ellos, en particular el tema de los seguros RCP nos hicieron una movida contratando sin nuestro consentimiento un seguro con el que tenian convenio, sin contar con nuestras firmas o los que ya teniamos contratado otro seguro de la competencia. En la revista que nos mandan del colegio siempre incluyen algun artículo sobre la importancia de que los médicos tengan un seguro RCP (cosa que no niego), pero ¿si es obligatorio porque constantemente me estan anunciando que es conveniente tenerlo? eso lo entiendo para el seguro del hogar (que no es obligatiorio) pero no para el del coche (que si lo es). Tampoco entiendo la contestación de que es deducible solo si trabaja en la sanidad privada, no tiene sentido si no se matiza, porque habrá circunstacias diversas. Se puede estar trabajando en la privada y no ser autónomo, o que la propia empresa ya te cubra con un seguro RCP, que en ese caso la deducción en todo caso sera a cargo de la empresa. Que no digo que no sea cierto, pero es una contestación muy genérica.
Esto es lo que he encontrado al respecto, pero es de una correduria de seguros, con lo cual a saber cuanto es cierto:
https://www.segurosviafina.com/blog/todo-seguro-responsabilidad-civil-sanitaria
¿Es obligatorio el seguro de RC Profesional Sanitaria?
En la modalidad mixta y la privada sí es obligatorio para los médicos y otros profesionales sanitarios. Así lo establece la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, en el artículo 4.8 (apartado e):
Tener suscrito y vigente un seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía financiera, sean de protección personal o colectiva, que cubra las indemnizaciones que se puedan derivar de la responsabilidad profesional por un eventual daño a las personas causado con ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios cuando se ejerza la profesión en el ámbito de la asistencia sanitaria privada.
Por lo que cualquier médico que trabaje en la sanidad privada o combine su trabajo en ella con la sanidad pública debe tener suscrita una póliza de RC profesional.
Los doctores y sanitarios que estén en la sanidad pública y solo trabajen en ella no están obligados a contratar un seguro de este tipo. Los hospitales y centros de salud tienen sus propios seguros médicos, que responden ante la RC derivada de su plantilla.
Pese a no estar obligados, los seguros de responsabilidad para sanitarios son muy recomendables también para profesionales que trabajan en la sanidad pública. Los médicos no siempre conocen al detalle las coberturas ni los capitales contratados por la Administración Pública.
Contar con un seguro de responsabilidad civil médica individual siempre facilita la gestión ante la reclamación en momentos que suelen presentarse complicados para cualquier profesional.
Ojo, que yo no niego que tener seguro RCP es super recomendable, pero lo de la obligatoriedad no lo tengo claro. Y si no es obligatorio, no se si se puede deducir. Como digo, nunca me han pedido justificante de mi poliza de seguro. Entiendo que en caso de mala praxis debo responder ante cualquier indemnización con mi patriminio, por eso es recomendable el seguro.
Por último, no entieno la parte que dices que aun añadiendo el importe del seguro en la cuota del colegio ni suma ni resta, la unica explicación sería que la cuota del colegio fuese por si sola ya superior a 500 euros.
#848 He revisado la declaración y la casilla 0015 es muy específica: cuotas satisfechas a colegios profesionales
En todo caso yo lo incluiria en la casilla 0019: otros gastos deducibles
#859 lo del RCP obligatorio también ha tenido dudas ella en alguna ocasión jejeje.
Muchas gracias por la información de las casillas, lo tendremos en cuenta ya en la próxima.
Un saludo!
Buenos días
¿Alguien podría decirme en donde debo añadir la cuantía por madre trabajadora? Los famosos 100€ que te dan mensual por tener un bebé hasta que este cumpla los 3 años.
Un saludo, gracias.
Hola gente! Me he puesto a hacer el borrador y he visto que tengo una deducción autonómica al ser de la rioja por comprar una bicicleta de pedaleo no asistido en 2020 (una bici a pedales de toda la vida).
El caso es que pone que tengo que presentar la factura, pero no pone donde. Pego el artículo:
- Deducción por adquisición de bicicletas de pedaleo no asistido. Deducción nueva introducida por la Ley 2/2020 de 30 de enero de LMFA para 2020.
Las adquisiciones de bicicletas de pedaleo no asistido darán derecho a practicar una deducción del 15 % del importe de aquellas, con un límite máximo de 50 euros por vehículo y, a su vez, de 2 vehículos por unidad familiar. En el caso de matrimonios en régimen de gananciales que presenten declaraciones individuales, se prorrateará el importe de las deducciones por partes iguales.
La práctica de esta deducción quedará condicionada a su justificación documental mediante la correspondiente factura.
Y os pongo este link:
https://www.iberley.es/temas/deduccion-adquisicion-bicicletas-pedaleo-no-asistido-rioja-ejercicio-2020-c13577
¿Alguien sabe algo? Gracias!
Cual es el telefono para pedir cita previa telefonica?
A todos los que he llamado, se cuelga al instante.
La declaración me sale a pagar, he puesto el número de cuenta para que me hagan el cargo, pero han pasado 3 semanas y aún no me lo han cobrado. Es normal que tarden tanto?
#866 pues la próxima pandemia porfavor no salgais a hacer el gilipollaz con los aplausos...espanistan.....
#868 Ni idea, es la primera vez que me sale a pagar. En teoría con poner tu cuenta para que te hicieran el cargo es suficiente, pero me parece raro que no lo hayan hecho aun.