#170 Y como se va llevar a cabo ese derecho a la autodeterminación externa porque según se la Onu solo da tal derecho a tres casos puntuales que vosotros no cumplis ni con el estado de sitio , el resto de casos ( donde entrais) deja en manos de la soberanía del país donde pertenece quienes se quieren separar y encima prima el derecho a la intregidad territorial. Es decir si vosotros si quereis independizar lo teneis que hacer según las leyes país , como ha hecho Escocia o Quebeb , en este caso dando permiso para que se lleve a cabo el referndum , no haciendolo por su cuenta.
Y lo más gracioso es que sino se cumple esto y se salta quedais fuera del ambito internacional y por lo tal no sereis reconocidos por nadie , vease por ejemplo Osetia del Sur.
Por lo tal vuetsro referendum no es un derecho , es una exigencia ya que según nuestras leyes no teneis soberanía para ello , además habría que modificar la constitución para dos supuestos , para que Cataluña pueda convocar referendum y el segundo el artículo 2 y el 8.
Pero adelante campeones , veremos que hace una Cataluña independiente fuera del marco internacional.