#64 va según casos, y el sueldo que percibas, pero suponiendo que solo trabajes para una empresa, tengas contrato y no cobres un pastizal (100.000+€) tienes dos opciones (te hablo de memoria según lo que me han contado dos gestorias distintas)
a) hacerte autónomo, pagar tu cuota y tus impuestos trimestrales y con ello tienes tu cotización y seguridad social. Ser autónomo te permitiría hacer trabajos para mas empresas, desgravarte por compras relacionadas con tu trabajo o contratar gente, etc
b) no hacerte autónomo y declarar tus ingresos en la declaración de la renta (porque en el borrador pondrá que has ganado 0 durante el año, la empresa extranjera no rinde cuentas con la hacienda española). Al declarar que ganas X se te situará en un tramo de irpf y pagarás un porcentaje de eso. No tendrás seguridad social así que si quieres atención médica deberías tener un seguro privado, y no cotizarás para tu jubilación así que deberías ahorrar dinero para entonces.
Bonus tips:
-si en un año fiscal cobras un total de 22000€ o menos no estás obligado a declararlo, lo cual es probable que pase si entras a mitad de año etc, esta cifra estaba en teoría ligada a que la gente con sueldo mínimo no pagase pero van dos subidas de sueldo mínimo y no ha cambiado la cifra, no son listos ni nada xD suben el sueldo mínimo lo justo para entrar en ese primer tramo y que tengas que pagar, en fin.
-si ya cotizas en el país de donde provenga tu dinero o pagas impuestos de algún tipo no estás obligado a pagar en España, esto es para evitar la doble imposición, pero si cobras mas de 100.000€ si que debes pagar en los dos