#292 Por ejemplo el cercamiento de las tierras comunales en la transición del feudalismo al capitalismo afecta a las mujeres de manera mucho más gravosa que a los hombres, pues la movilidad, que es considerada como la principal manera de combatir las consecuencias de esta situación es mucho más complicada para el sujeto cuya estacionalidad depende del embarazo y la crianza de los niños, sin contar que para ellas la vida nómada que implicó para la mayoría de los campesinos la desaparición de las tierras comunales es mucho más peligrosa por definición que para un hombre. De hecho en el siglo XVII empiezan a reglamentarse los ejércitos para evitar que se adscribiesen a ellos mujeres que realizasen cualquier tipo de actividad pecuniaria; desde prostitutas a camareras, agravando todavía más la situación de indenfensión de estas.
La privatización de las tierras y el auge de las relaciones monetarias confina a la mujer al trabajo reproductivo precisamente en el momento en el que este se estaba viendo más devaluado, pues con la desaparición de la economía de subsistencia propia del régimen feudal la única actividad de producción válida pasa a ser la que tiene una utilidad de mercado, pues es la única falsamente considerada como creadora de valor, por lo que la reproducción del trabajador dejó de considerarse algo valioso desde el punto de vista económico, relegando a la mujer a la reclusión dentro del hogar, invisibilizando la importancia del papel de la reproducción de la mano de obra dentro del esquema de producción capitalista y etiquetándose como una cuestión que atañía exclusivamente a las mujeres debido a su vocación natural. Por lo consiguiente se excluyó a un gran número de mujeres de muchas ocupaciones asalariadas, y en el caso de que trabajasen por una paga ganaban mucho menos en comparación con los hombres; de ahí una de las siempre presentes quejas de los trabajadores industriales que se oponían a la inclusión de la mujer en el trabajo fabril en la Inglaterra del XVIII, pues argumentaban, con razón, que el acceso de la mujer a él perjudicaba sus propios salarios.
La división sexual del trabajo aparece con más fuerza que nunca en el capitalismo, y no sólo obligó a las mujeres a someterse al trabajo reproductivo, si no que aumentó su dependencia respecto al hombre permitiendo al Estado y a los capitalistas controlar el trabajo de estas mediante el salario de sus maridos. Por lo que la separación de la producción de mercancías de la reproducción de la fuerza de trabajo posibilitó el desarrollo de una forma capitalista del salario y de los mercados como medios para la acumulación de trabajo no remunerado, el de las mujeres, siendo forzadas a la pobreza crónica y a la dependencia económica de su marido.
Y como bajo el capitalismo temprano la mujer era la encargada de realizar el trabajo de reproducción de la mano de obra a mediados del siglo XVI empezaron a sancionarse severamente en todos los códigos legales europeos los considerados como crímenes reproductivos; si te interesa puedes buscar lo que opinaban de ello personajes como Jean Bodin, o Giovanni Botero. Esto también queda patente gracias a la Reforma Protestante, que incide precisamente en los países donde la sociedad capitalista está más avanzada; desecha la exaltación cristiana a la castidad y valoriza el matrimonio, la sexualidad y la capacidad reproductiva de la mujer. No es más que el fiel reflejo de la ideología predominante bajo el nuevo sistema. Esta política arriba a sus últimas consecuencias bajo el mercantilismo, que es precisamente el momento en el que se acepta generalizadamente la idea de que la existencia de una gran población es la clave para la prosperidad de la nación, lo que se traduce en la redefinición del delito reproductivo en todos los gobiernos europeos, que empiezan a imponer penas mucho más severas a la anticoncepción, al aborto y a los infanticidios, además de adoptarse medidas de vigilancia para controlar a las mujeres embarazadas: un edicto real en la Francia de 1556 requería que las mujeres embarazadas se registrasen y sentenciaba a muerte a todas las que perdiesen al bebé antes del bautismo después de un parto a escondidas. Leyes similares se aprobaron en Inglaterra y Escocia en 1624 y 1690. Se llegó al punto de que hospedar a mujeres embarazadas solteras era ilegal, por temor a que escapasen a la vigilancia pública. Esto se resumió en el enorme incremento del procesamiento de mujeres, lo que se tradujo en la ejecución masiva de estas durante los siglos XVI y XVII, sólo superados por los de acusación por brujería, que no es más que el miedo a la figura de una mujer independiente.
Si las mujeres han conquistado derechos dentro de un sistema de producción capitalista ha sido precisamente a pesar del propio sistema, que configuró a conciencia el sometimiento de la mujer mediante la aplicación de la domesticidad.