#100 Derechos adquiridos? xD
Derechos concedidos, derechos impuestos.
#101 Me recuerdas a uno de los pocos casos que lleve laborales para un cliente empresa. Se trataba de una trabajadora que comenzo a trabajar en la empresa y al mes se cogio la baja por una lesion en un pulgar (creo recordar), estuvo un año de baja, año durante el cual ademas se quedo embarazada, y cuando volvio a la empresa, lo primero que hizo fue exigir un cambio y reduccion de horario para cuidar de su hijo a pesar de que el marido no trabajaba y estaba todo el dia en casa, con el hijo. El abuso es evidente, pero al final tuvimos que llegar a un acuerdo extrajudicial para despedirla (pagandola una buena indemnizacion ofc).
Por cierto, no esta de mas que te diga que cualquier problema que tengas con proveedores y bancos me los pases no? Jajajajaj
#103 Te contare un caso de un cliente mio, un holding empresarial. Resulta que una de las empresas del grupo tenia un local, y monto un bingo, solicito la licencia (ese permiso que necesitas del burocrata para ofrecer un servicio a la sociedad) y contrato a los trabajadores necesarios para desarrollar su actividad empresarial. Al cabo del poco tiempo de empezar, el ayuntamiento retiro la licencia, y mi cliente tuvo que cerrar, y logicamente resolver todos los contratos de todos los trabajadores. Que ocurrio? Que los trabajadores demandaron en masa a mi cliente por despido improcedente. A pesar de que no tenian derecho a ningun tipo de indemnizacion porque apenas llevaban un mes trabajando, mi cliente les ofrecio una indemnizacion por despido por causas productivas. Los trabajadores, a pesar de que mi cliente habia tenido que cerrar por la discrcionalidad del burocrata, como ya te digo, demandaron a mi cliente exigiendo: 1) La declaracion de nulidad del despido por causas productivas. 2) La readmision de todos los trabajadores en sus puestos de trabajo. Y subsidiariamente, 3) Una accion de responsabilidad por deudas sociales (art. 367 LSC) en virtud de la cual, en caso de no estimarse la declaracion de nulidad de los despidos ni la readmision (cosa logica pues ni el despido es nulo, no hay bingo ya, ni se puede readmitir, pues no hay bingo ya), los administradores sociales, es decir, mi cliente, respondieran pos las deudas contraidas por la sociedad con posterioridad a la causa de disolucion (la perdida de la licencia), siendo dicha deuda la indemnizacion por despido improcedente.
Todos muy buenos y muy sensatos estos trabajadores, pues ya solo la categoria trabajador te da una superioridad moral innata, en contraposicion a la maldad innata del empresaurio (el muy malvado se dedica a crear empleo para que la gente gane dinero con el que comprar los bienes de consumo que produce gracias a esa fuerza de trabajo combinada con el capital necesario, habrase visto tu el tio jeta!. Obviamente perdieron ante la JUSTICIA*
*Eso si, en primera instancia ganaron, y no se les ocurrio otra cosa que ejecutar de forma provisional. Luego ganamos en apelacion pero los bienes de mi cliente ya habian sido embargados y vendidos, y ahora les toca a esos buenos trabajadores devolver dicho dinero, que a saber como lo van a hacer. Las ansias y el egoismo propias de cualquier ser humano, sea trabajador, sea empresario, sea micky mouse.