Drogas: Información sobre legalidad en España

F

Busco algún recurso donde pueda consultar de forma centralizada la legalidad de determinadas sustancias y plantas.

Me refiero a que recoja si está prohibida su venta, compra, restricciones sobre éstas, consumo, posesión, tráfico, cultivo... y en el caso de las plantas, sobre qué parte se aplican las restricciones (hojas, raíces, semillas, etc). Algo así como Erowid, pero que incluya España.

Siempre se puede consultar el BOE, pero es demasiado descentralizado y abarca demasiado como para ser práctico.

D

Legalmente poco se puede hacer...
Si lo que quieres es ponerte ciego con tu propia maria, pues te vas al bosque y la plantas por cualquier rincon escondida, conozco gente que lo hace asi...

SioN_cS

Acercate a alguna oficina de información ciudadana y te explicarán donde enterarte.

M

no dejan ni fumar y van a dejar drogarte... venga no me jodas,,

BennyHill

#4 Lo que es el hecho de fumar no está del todo prohibido, en casa se puede, esto no es estados unidos, si te refieres a porros

BLaCkDaRk

en casa como si te quieres pinchar caballo, lo q esta prohibido es el consumo en la calle y claro, el trafico.

F

#3 En información ciudadana no tienen información tan específica. Ejemplo:

Rosa lisérgica:
Es legal la posesión de la planta, su venta y consumo. Sin embargo, la venta al público de semillas está prohibida (que no la compra).

En fin, hay miles de sustancias y especies con miles de recovecos legales, y me gustaría conocerlos.

#8 Pues ésta http://media-vida.net/perfil.php?id=43282 lleva 2 años y todavía no ha puesto nada en foros o noticias. ¿Por qué no sigues su ejemplo? No te lo tomes a mal.

#9 Eso es cierto tío cortate un poco no dan ningún premio al que tenga más post en mv enserio,

¿Entonces por qué te molesta?

no te dan nada y encima abres este http://www.media-vida.net/vertema.php?fid=6&tid=216602 envez de pornerlo en el post presente eso ¿Para qué más post?

Dime, ¿en qué se parecen los dos hilos?

Enserio si intentas aportar ayuda a mv y no ser el que más post tenga deja de hacer lo que haces.

¿Intentabas decir algo con esa frase?

PiTuS0

Tío no te cansas de abrir post ? llevo 3 años mas que tu en esta comunidad que se dice pronto y no se si has abierto mas post que yo...joder cortate tio o algo.
PD:Ni eh leido de que iba asi que sorry pero no puedo ayudarte simplemente entre porque vi tu nombre de nuevo..
No lo tomes a mal salu2!

DeFiNiTioN

Eso es cierto tío cortate un poco no dan ningún premio al que tenga más post en mv enserio, no te dan nada y encima abres este http://www.media-vida.net/vertema.php?fid=6&tid=216602 envez de pornerlo en el post presente eso ¿Para qué más post?

Enserio si intentas aportar ayuda a mv y no ser el que más post tenga deja de hacer lo que haces.

DeFiNiTioN

#7 Si, intentaba decir que si quieres ayudar a mv dejes de abrir post que tienes a muchos user artos de ver tanto post, y la tía esa no tiene post porque es una putote y paso de leerme más veces el post que no tengo ganas de rayarme.

PD: no me molesta que abras post, pero se ven claras tus intenciones quieres post y post y post y post...

-nazgul-

#1 Una vez vi una web de eso pero no me acuerdo ya...

En un smartshop te pueden informar bastante, en general tendrán todo lo que sea legal vender, como los kits de setas...

¿rosa lisérgica? eso hay que probarlo xd

F

#11 Es que por lo que he leído en boletines oficiales, la venta de determinados hongos está prohibida, sólo se permiten las esporas, y en las smart shops te venden micelios enteros. Eso es lo que hace que no me fíe.

Respecto a la rosa lisérgica, viene a ser LSD light.

PreSkoT

Osea yo tengo una duda. Si yo voy con 8 gramos de cocaina en el bolso por la calle, me paran los policias, me lo piyan y yo les digo qe solo voy a casa a ponerme asta el ojete...qe me diran? me dejaran? no lo entiendo

kheldar

En 1983 se eliminó del código penal la 'tenencia' de drogas.

Si en el momento de la detección declaras que es para consumo propio y tu tenencia es paso previo a ese consumo, a la vez que la policía no es capaz de demostrar que la estás vendiendo, no es punible.

Edit: FAQ del traficante de cocaína.
http://inicia.es/de/herreroabogados/publicaciones/cocaina.htm

wiFlY

Planta marihuana... si tienes jucio y demuestras que esta TODA para autoconsumo y que no perjudicas a nadie... no te pueden tocar.

#13 Con 8 pollos.... eres traficante... al menos ante el juez.

F

Si te puedes morir con lo que llevas encima eres camello xD

TyaGo

pa #8 y #9 seguro q vosotros sois de los abrís temas repetidos sobre que regalar a vuestra novia, q peinados poneros o que vais a acabar con todos los latin kings de vuestra ciudad.

Buah yo hace poco encontré en un foro un buen post sobre esto en que aclaraban muchas cosas, pero vamos eso que dicen x ai es cierto, si puedes demostrar que es para consumo propio no es punible. Supongo que habrá también un limite en las cantidades a partir del cual ya no podras ni intentar demostrar que es para autocosumo digo yo. Aún así veo un poco de vacío legal ahí, vamos que si te quieren joder pq llevas 20€ de polen te joden.

oligoberto

El consumo esta prohibido, lo k no esta prohibido es germinar semillas, de ahi a que los grows vendan todo tipo de material para cultivar tanto en exterior como en indoor.Es una gilipollez porke si te cazan con alguna planta la cagas, antes lo minimo eran 3, ahora ya no dejan ninguna.

TYCO

kieres ser moderador?? xD

Colacado

preguntas mucho por las drogas vas a acabar en las esquinas metiendote de todo lo estoy viendo xD

1 año después
A

Vaya, mira si es antiguo el hilo que #11 y #12 todavía no se odiaban. A lo que iba...

Respecto a la pregunta de #1, que yo sepa no existe tal herramienta, pero en el CannabisCafe alguien ha recopilado unos cuantos RCs no controlados así que lo dejaré por aquí, por si a alguien le interesa:

Y si, hay bastantes RcŽs que no son ilegales o no están controlados en España, de hecho están controlados los siguientes: 2CB, 2CI, 2CT2 y 2CT7, TMA-2 y TMA, DMA, PMA, PMMA, MTA, DOB, DOM, y DET.

Las que no están controladas son las siguientes: 2CB-Fly, 2CC, 2CD, 2CE, MBDB, Metilona, 2CN, 4FMP, DOC, DOET y DOI, Bromo-Dragonfly, DIPT, DPT, MIPT, 4-AC-DET y 4-HO-DET, 4-AC-DIPT, 5-MEO-DALT, 5-MEO-DET, 5-MEO-DIPT, 5-MEO-DMT, AMT y 5-MEO-AMT.

Y, a mayores, como indican más abajo:

En Europa tampoco están controladas las piperazinas (M-CPP, BZP, TFMPP, etc.), pero todo indica que son las próximas candidatas a la prohibición.

Fuente: http://www.cannabiscafe.net/foros/showthread.php?t=87329

A

Ya de paso enlazo el mítico BOE donde prohibieron la venta de casi 200 planticas:

http://www.boe.es/boe/dias/2004/02/06/pdfs/A05061-05065.pdf

Y su posterior aclaración, donde especifican que se excluyen los usos ornamentales, industriales o cosméticos:

http://www.agemed.es/actividad/documentos/docs/circular_6-2004.pdf

F

Se me había olvidado mirar antes de hacer mi último pedido de Mimosa hostilis, parece que no está prohibida :D

Es que deberían centralizarlo, por ejemplo, la mescalina no aparece en el BOE pero estoy segurisisisimo de que está controlada, pero sólo aparece prohibida como cosmético y no sé qué historias de aduanas.

Por cierto, arregla el link de #21, que apunta aquí mismo.

A

#23, la mesca la regula el Convenio Internacional de Viena de 1971, que es en el que se basa la legislación española sobre drogas. O eso creo. Ahora te pongo enlace.

F

#24 El convenio se firma, pero eso tiene luego que tener un reflejo en la ley local, y no veo ese reflejo por ningún lado. Sin embargo sí se ve por ahí la LSD.

A

#25, en la página del PNsD aparecía algo de esto, espera...

PD: Las sustancias psicotrópicas a que se refieren las Listas I, II, III y IV del anexo 1 (...) quedan sometidos a cuanto se previene en la presente disposición.

(...)

ANEXO 1

Sustancias enumeradas en las listas al Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas, hecho en Viena el 21 de Febrero de 1971 (Boletín Oficial del Estado de 10 de septiembre de 1976).

http://www.pnsd.msc.es/Categoria2/legisla/pdf/26.pdf

HIMOTEN

#1, #8 tiene algo de razon, controlate.

y dudo que los users de estos lares te puedan ayudar.

A

Volviendo a #1, en vez de buscar por los BOEs que hay desperdigados, esta página puede ser un buen índice:

http://www.pnsd.msc.es/Categoria2/legisla/pdf/ia.pdf

PD: Esto es lo mismo que lo de #26, pero con el anexo 1 incluido, http://www.agemed.es/actividad/legislacion/espana/docs/RCL_1977_2413Vigente.pdf

F

#28 Me parece que en el segundo link está todo, ya que está registrado que han ido añadiendo RCs (el último en 2004).

A

#29, eso parece; es más, en el enlace de #28 del PNsD faltan algunos BOEs, como en el que se prohibió la 2C-I y alguna feniletilamina más, cosa que sí aparece reflejada en el enlace de la Agencia Española de Medicamentos.

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