Buenas tardes, por alusiones.
1/ Parto de que la base normativa del estado de alarma está bastante mal armada. Como ya he comentado en otras ocasiones con @Soy_ZdRaVo las restricciones que establece a la libre deambulación solo están previstas conforme al artículo 55 de la CE para el estado de excepción. De ahí que todo el asunto rechine cuando se trata de imponer sanciones administrativas por el ejercicio de un derecho fundamental que no está formalmente restringido (no puede estarlo en el estado de alarma).
2/ Dicho esto, en aplicación de las reglas de hermeneusis establecidas en el Código Civil, las normas deben interpretarse conforme a su finalidad y siempre teniendo en cuenta el contexto social en que han sido dictadas. Por tanto, las posibles lagunas que tenga el RD de estado de alarma hay que solventarlas acudiendo a ambos criterios. La limitación a la libre deambulación, desde este punto de vista, responde a la necesidad de confinar a la población para evitar la propagación de un virus altamente contagioso. Toda medida o sanción que se aplique deberá justificarse siempre bajo esta perspectiva y no otra. Creo que una clave del asunto es: ¿cumple la norma su finalidad si todo el mundo se comporta como el sujeto presuntamente infractor? (Por ejemplo: si todos nos desplazamos con nuestros vehículos a varios km de distancia para acudir a un supermercado que está alejado de nuestra residencia, ¿interfiere eso con el confinamiento decretado?).
3/ En España somos mucho de "hecha la ley, hecha la trampa". Pero eso ya está previsto y se llama fraude de ley. Uno no puede quebrantar una norma amparado en el cumplimiento formal de otra ("tengo prohibido salir de casa salvo para comprar alimentos y otros productos esenciales, por lo que si salgo 15 veces al día de mi casa a comprar 15 productos esenciales nadie puede decirme nada. Profit!!"). Vuelvo a decir que hay que remitirse a la finalidad de la norma, que no es otro que evitar las aglomeraciones y los desplazamientos innecesarios.
4/ Durante los tres primeros días del establecimiento del estado de alarma las órdenes impartidas eran claras: había que ser ampliamente comprensivos y profundamente didácticos, dejando el tema de las sanciones para las infracciones más groseras. A medida que han pasado los días, el nivel de "comprensión" con las justificaciones del ciudadano se va estrechando. ¿Por que´? Porque el efecto preventivo-general así lo impone. Si la gente ve que el resto del vecindario se toma la norma por el pito del sereno, queda desmotivada por la falta de afirmación de la norma y le incita a quebrantarla (y llegamos al "por qué a mi? si todo el mundo está haciendo lo mismo!!").
5/ Creo que lo expuesto hasta el momento da una visión global de cómo se articula el sistema en torno a las sanciones. Evidentemente hay todavía un margen de discrecionalidad grande por parte del agente actuante (quien puede entender que la situación está suficientemente justificada y no levantar propuesta de sanción o, de lo contrario, entender que no existe tal justificación y proceder a "multar"), pero para eso está el procedimiento administrativo, en el que se permite realizar alegaciones, presentar justificaciones, etc... El agente actuante no impone sanción alguna, sino que solamente propone para sanción.
6/ Por lo general, las actas que se vienen levantando (al menos lo que yo he visto) se basan en la negativa reiterada del ciudadano a cumplir con las órdenes directas que les da el agente, no por el mero quebranto en abstracto de las obligaciones del RD. Esto quiere decir que, una vez que se le dice que no puede circular de esa manera o no puede ir a tal sitio o no puede estar acompañado, se le vuelve a ver en la misma actitud, haciendo caso omiso de las indicaciones que le han dado los agentes. Es entonces donde se procede a levantar acta. Aparte de esto siempre está la casuística de personas que de buenas a primeras no entran en razón, reaccionan agresivamente, tienen una interlocución irrespetuosa con los agentes o cualquier otro motivo que aconseja levantar acta de buenas a primeras.
No sé si con el tocho aporto algo de luz o lío más el asunto, ya me diréis.