El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, explicó que el objetivo de la reforma es "modernizar el modelo migratorio para que se propicie la migración regular y segura en toda circunstancia.
Las nuevas autorizaciones serán plurianuales y habilitarán a trabajar 9 meses al año durante cuatro años y este modelo podrá ser utilizado por cualquier sector en el que exista déficit de trabajadores.
¿Cuáles son las nuevas claves?
Con esta modificación se flexibilizan los procesos para condecer autorizaciones de trabajo y afecta tanto a inmigrantes que se encuentren en nuestro país en situación irregular como a personas que puedan ser contratadas en su país de origen.
En concreto, se añaden estos cambios a la Ley de Extranjería actual:
Para facilitar la incorporación al mercado de trabajo de estas personas se actualizan las figuras de arraigo laboral y social, así como la de reagrupación familiar.
Se permite trabajar a los extranjeros con autorización de residencia por estudios.
Se crea una nueva figura de arraigo por formación para permitir a migrantes que lleven dos años en España y quieran formarse en profesiones poco demandadas, que puedan hacerlo.
Cambios en las figuras de arraigo laboral y social
- En el caso del arraigo laboral, se limita la figura preexistente para personas que se encuentran en situación irregular pero han realizado una actividad laboral en situación regular durante los dos últimos años y se crea una nueva modalidad de autorización que fomenta la figura del confidente y la lucha contra la economía sumergida, mediante la acreditación de 6 meses de trabajo irregular.
- En cuanto al arraigo social, el contrato que se presente para solicitar la autorización no se valorará por su duración, sino por su adecuación al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Además, este podrá ser inferior de mínimo 20 horas en los casos que se acredite menores a cargo y la reforma también flexibiliza la posibilidad de presentar varios contratos.
El Gobierno descarta un "efecto llamada
El Gobierno descarta que se pueda provocar un "efecto llamada" con la nueva figura del arraigo por formación, pues la persona extranjera debe llevar residiendo en España al menos dos años. Además, tiene que comprometerse y, después, acreditar un compromiso de formación.
El real decreto ha recibido el aval del Consejo de Estado que considera que va a contribuir a mejorar la situación jurídica de muchos inmigrantes y a luchar contra la lacra de la economía sumergida.