#120 Esos ya estan muy bien protegidos, tu tranquilo que como ya he dicho si alguien vive en su casa y le entran solo tiene que llamar a la policia por allanamiento y los tiran ipso facto
Tu problema es que abanderas los derechos constitucionales como si se aplicasen. Despierta XD A mí tb me gustaría que los derechos humanos y la constitución se cumpliese, que no hubiese gente en la calle, ni hambre en el mundo, ni la cantidad de muertos que hay por todo el planeta por pobreza o falta de recursos, pero saludos, esto es el mundo real y no una utopía, y aunque te gustaría que se cumpliese algo que se supone que se debería cumplir, el mundo no es así. Aun así, eso tampoco justifica que defiendas la okupación, evidentemente una cosa es el derecho fundamental a la vivienda pero hay muchos peros con esto, porque si una okupación influye en la vida de otra familia entonces que hacemos? entonces ya no mola ocupar, no? Y ya que miramos la constitución, tb existe el artículo 35. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo. Lo digo por si tienes alguna duda de que la constitución se la pasan por el forro de los cojones, que está muy bien defender derechos, pero hay que ser realistas tb xD
Una duda para los que habeis visto mas mundo que yo, ¿esta aceptación y lenidad hacia la ocupación es común en algún otro país desarrollado? ¿Es algo endémico de nuestra españita?
#125 Si si, son siempre de bancos...
Yo estoy completamente en contra de ocupar la vivienda de una persona, porque desgraciadamente hay ocupas que hacen eso se cuelan en casas de gente que está viviendo o de abuelas que viven solas.
Esos se merecen la carcel.
Pero hay gente que está tan en la miseria o con un sueldo de mierda que no tiene otra opcion que ocupar una vivienda vacia de algun banco.
Es un tema complicado, pero estaría bien que algun dia se hicieran pisos pequeños de alquiler bastante economico para que gente que gane muy poco pueda tener un techo.
#100 Porque el tema es mucho más complejo de lo que parece:
Ejemplo 1: Aquí el propietario no sufre una ocupación sino un impago de alquiler. Por alguna razón que desconocemos y que no se indica en la noticia, el propietario no ha denunciado. Por lo que si no denuncia, la justicia no hace nada.
Ejemplo 2: Aquí parece que una urbanización tiene unos 50 chalets abandonados, probablemente sean de una promotora quebrada o de un banco (supongo, no lo sé). A los vecinos les molesta la presencia de ocupas, pero eso no es denunciable y la ocupación debe denunciarla el propietario del inmueble, que no parece que lo haya hecho. Así que los vecinos se dedican a dar por culo a los ocupas.
Ejemplo 3: muy parecido al anterior: un edificio de apartamentos está abandonado y es ocupado por gente. El que debe denunciar es la empresa propietaria, la policía no puede actuar de oficio y la justicia tampoco.
Ejemplo 4: ocupas abandonan la propiedad ocupada por voluntad propia debido a la presión vecinal. Los vecinos no pueden denunciar, ya que no son propietarios, pero su acoso a los ocupas da sus frutos.
Ejemplo 5: aquí habrá que ver cómo queda esta historia pero parece que los familiares de la anciana fallecida tuvieron la mala suerte de contratar a una loca que se la ha liado pero bien. El domicilio ocupado no es vivienda habitual (la propietaria ha fallecido) así que quizá para denunciar la ocupación primero se ha de resolver la herencia (o quizá no, no lo sé) pero me parece que en este caso la ocupación es lo de menos y hay sospechas de que puede haber algo muy turbio detrás.
Si en el ejemplo anterior aún no se han solicitado las medidas cautelares de las que habla el gerente de Desocupa quizá sea porque formular una denuncia no es un "dicho y hecho" y en la vida real primero hay que buscar un abogado especialista, explicarle el caso, dejarle que se lo estudie para que valore qué pretensiones tienen recorrido legal, recabe la documentación que crea oportuna, probablemente le sugiera al cliente que agote primero la vía del diálogo, tras un diálogo infructuoso o la negativa del cliente a dialogar, preparará un borrador de demanda, que tendrá que comunicarle y explicarle al cliente, el cliente aprobarlo y, ya entonces, presentar la demanda en el juzgado. Y luego ya entramos en los tiempos judiciales que son aún más lentos que los de palacio.
No sé, al final, la mayoría de las ocupaciones no se resuelven rápido por 3 motivos:
1) no se denuncia (porque no se puede -no se es el propietario del inmueble ocupado- o porque no se quiere -inserte razón aquí).
2) sí se denuncia pero la justicia está saturada (no por las ocupaicones, sino en general).
3) se trata de un inmueble no utilizado por el propietario (porque están vacíos, porque forman parte de una empresa que los tiene en barbecho, porque son parte de una herencia que está aún resolviéndose o que los herederos aún están viendo qué hacer con ella...). Lo cual no significa que la justicia no pueda actuar, sino que se entiende que es un delito menos grave y que no es preciso resolverse tan rápido.
Aún así, mi padre tuvo que denunciar a unos inquilinos por impago de alquiler de una nave industrial (que no una vivienda). Al no ser una vivienda, no hay medidas cautelares que valgan y el proceso civil es el más lento que hay. Los arrendatarios intentaron alargar el proceso todo lo posible, su estrategia fue no dejarse notificar (es graciosísimo que la justicia no fuera capaz de notificarles a pesar de que hoy en día el estado o la policía puede saber con facilidad cual es tu residencia habitual... pero para la justicia española es imposible localizar a una persona que está dado de alta de autónomos, presenta su declaración de la renta y sus impuestos, que tiene una tarjeta sim y un móvil asociados a su persona, que tiene una cuenta bancaria, etc). Al final, tras dar por imposible las notificaciones, la petición de desahucio siguió adelante sin los arrendatarios.
Tras el calvario resumido en el párrafo anterior, ¿cuánto tiempo crees que pasó desde que se denunció hasta que se ejecutó el desahucio? 9 meses. Sí, desde luego es "mucho" tiempo, pero no son esos litigios de años o irresolubles que algunos pretenden hacernos creer.