Harry Potter - La banda sonora explicada

NeV3rKilL

#61 Venga ya, eso de que se excede del derecho a cita chirría por todas partes.

A ver si por ver sus vídeos de el señor de los anillos vas a restar interés o beneficio a las películas. No tiene ningún sentido. Al contrario, es un valor añadido que te hará verlas de nuevo o te empujará a verlas por primera vez si las desconoces.

La divulgación sobre analizar arte en ningún caso pretende hacerte sentir ese arte algo que únicamente consigues con el original, tampoco pretende ser una copia derivada, al contrario, simplemente pretende sumar y acercártelo para que puedas disfrutar de ese original más.

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Soy_ZdRaVo

#91 Preguntale a @gallifrey que es el experto en Propiedad Intelectual. Yo no sé nada sobre esto.

pd: es que la Ley española está mal, pero el derecho de cita tal y como se propone es citar un extracto de una obra y ya está, no estar constantemente citando. Entonces es una obra comentada y es una obra derivada de la obra principal y necesita autorización de los titulares.

pd2: que añada valor o lo reste es indiferente. Todo parte de que una obra es una creación del autor y que el autor tiene derecho a que se respete su integridad, por lo tanto para modificarla o derivarla necesitas su permiso.

pd3: esos argumentos son muy David Bravo, que es un genio debatiendo pero se equivoca con lo de causar o no causar daño a los autores, eso es irrelevante ya que esto va de su derecho moral a que su obra sea respetada además del derecho a percibir ingresos.

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NeV3rKilL

#92 Antes mencionaste del derecho a cita en ámbito académico "reglado" y yo, que te aseguro que de derecho sé menos que la wikipedia, no encuentro nada.
¿ámbito académico excluye vídeos educativos en youtube?
¿Ampararía vídeos de coursera?
¿Qué se considera ámbito académico?
¿El ámbito académico universitario únicamente?

Yo estoy algo mosca con el tema de las PI desde hace tiempo, creo que hay muchos lobbies por parte de los autores y muy pocos por parte de los consumidores. Mira el lío que ha pasado con el famoso "artículo 13", lobbies presionando en bruselas pero nadie de los afectados en el meollo. Hay 1 vídeo de visualpolitik bastante ilustrativo sobre el tema.

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NigthWolf

#41 Habia uno que por varios comentarios en los videos se rumoreo que era el novio e el de Quantum Fracture que es el de C de Ciencia. El contenido de sus videos esta muy bien, pero el vehiculo... pfff. La forma en la que habla, pronuncia y tal es bastante repelenete, pero aun asi lo sigo porque se centra en la biologia, aunque es cierto que en los ultimos videos fantasea mucho, aun asi siempre siguiendo los carriles de la ciencia.

On Topic: No he seguido a este chico, me visto cuatro videos. Es cierto que este se me ha hecho mas pesado (no lo he terminado xD), pero tambien es verdad que el simple hecho de que nos deje entrever estos matices en la banda sonora cambia o infliuye en nuestra percepcion de la pelicula. A mi hasta me han dado ganas de ver la primera para poder apreciar esas cosas que comenta xD.

Hace un tiempo vi un video (no recuerdo ni el nombre ni como encontrarlo) de una misma escena de dos personas mirandose en una cafeteria y de como cambiando la musica parecia una escena romantica o como podia parecer un acoso.

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Soy_ZdRaVo

#93 la excepción educativa/divulgativa a la que hace referencia Jaime tal y como está redactada en España es solo para educación reglada (en la universidad se cita una obra de X o un paper de Y) y la divulgativa es para papers realmente (por lo de no entorpecer la ciencia porque el autor de un paper tenga derechos de autor y te pueda negar que aportes sobre su idea o tomes su idea como base para avanzar)

Aqui CEDRO hace un resumen, aunque yo difiero un poco pero vamos, sirve para entender lo atrasada que es le ley española:

http://www.cedro.org/derechos/limites-y-excepciones

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polaritySYS

#41

El robot de platon y Kurzgesagt.

Y vídeos del instituto de física, que explican casos concretos o exponen sus trabajos.

Gallifrey
#92Soy_ZdRaVo:

Preguntale a @gallifrey que es el experto en Propiedad Intelectual. Yo no sé nada sobre esto.

Te agradecería que si te citan a ti respondieses tú, que no me lo fueras tirando hacia mí, que ya es la segunda vez en este mismo post que lo haces, y más cuadno tus argumentos son:

#90Soy_ZdRaVo:

Tu tienes razón, la ley está equivocada, todos los artículos están mal.

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NeV3rKilL

#95 Ahí sale blanco y en botella, no?

Citas: la inclusión en una obra propia de fragmentos de obras ajenas no necesita la autorización del autor de la obra citada, siempre que se cumplan todas las condiciones, que:

  • el fragmento que se incluya corresponda a una obra ya divulgada,
  • su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico,
  • se realice con fines docentes o de investigación,
  • se indiquen la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada.

Las recopilaciones periódicas efectuadas en forma de reseñas o revistas de prensa tienen la consideración de citas. No obstante, cuando se realicen recopilaciones de artículos periodísticos que consistan básicamente en su mera reproducción y dicha actividad se realice con fines comerciales, el titular que no se haya opuesto expresamente tendrá derecho a percibir una remuneración equitativa. En caso de oposición expresa del titular dicha actividad no se entenderá amparada por este límite.

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Soy_ZdRaVo

#97 No, mis argumentos son los tochoposts de artículos de leyes que tu no te lees porque no te gusta leer leyes.

No todos tenemos la suerte de nacer sabiendo cosas como tú.

#98 Si, si es clarisimo lo que es una cita. La cosa está en que puedes hacer un número de citas limitadas en tu propia obra o se transforma en una obra comentada, es decir, un autor comentando a otro autor y para eso al ser una obra derivada necesitas permiso del autor original.

Y es que además Altozano tampoco cumple todos todos los puntos

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NeV3rKilL

#99 Poh eso no sale en el link que me enviaste. Lo que hace Jaime cuadra con esa definición de cita de cabo a rabo.

  • el fragmento que se incluya corresponda a una obra ya divulgada, correcto
  • su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico, correcto de los 3 a la vez
  • se realice con fines docentes o de investigación, fines docentes
  • se indiquen la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada. no deja de repetir autor y obra

Ya si hay jurisprudencia que ponga un número máximo de referencias, algo a lo que no le veo sentido, y tal me voy con el rabo entre las piernas porque hay gente que cobra por leerse tochos de eso y yo no haré eso en mi tiempo libre :sweat_smile:

Digo que lo veo estúpido porque entonces con hacer 5 videos diferentes cada uno para cada fragmento pues ya haces.

Aún y así, como ciudadano, me gusta llevarlo al terreno sensato. Si no daña la obra, y lo que hace Jaime no la daña, debería tener todas las facilidades del mundo y poderes para hacer lo que hace.

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Soy_ZdRaVo

#100 No es un fin docente! fin docente ya te explica que es para educación reglada y youtube no es educación reglada.

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NeV3rKilL

#101 Eso en cedro no lo pone. Esa es la categoría de Ilustración con fines educativos o de investigación científica no la de cita.

De hecho, según eso, la "licencia con fines docentes" es bastante más extensa y permite hacer más cosas que al simple de cita. Lo cual tiene sentido. Ahí entiendo, que con fines docentes puedes poner una canción entera de U2 a tu clase sin problemas y sería completamente legal, algo que sería incompatible con el derecho a cita pues la cita requiere que sea un fragmento.

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Soy_ZdRaVo

#102 Porque es un resumen, pero te lo digo yo. Se entiende que docente es solo quien da clases en una educación reglada.

Ahora salgo ya del despacho y me da pereza buscar una sentencia del TS donde lo diga, pero vamos, es así. Si quieres ahora despues busco algo. Yo si fuera el abogado de un Jaime es lo que lucharía, que está citando y que la docencia ha cambiado y en 2018 no solo hay docencia en las clases del colegio o universidad. Pero ya te digo que actualmente el TS viene diciendo que docente es quien trabaja en un centro educativo aprobado por el Ministerio/conserjeria de turno.

Pero vamos, todo es opinable. Pero desde luego no puedes citar y citar constantemente a alguien (ni partirlo en 5 videos) porque entonces dejas sin contenido lo que es una obra comentada.

Flashk

No sé que le veis de malo al chaval.
Se ve que es culto, que sabe de lo que habla y que tiene una buena habilidad de divulgación. Además, vídeos como los que hace, poniendo partituras, analizando, explicando en piano cada melodía y tema lleva su tiempo y trabajo, no es precisamente decir cuatro chorradas ante la cámara para quedar bien.

¿Que gesticula mucho, marca mucho las palabras o a veces repite las cosas varias veces? Quizá, pero es eso lo que hace que sea fácil de seguir y entender.

2
Eyvindur
#94NigthWolf:

C de Ciencia. El contenido de sus videos esta muy bien, pero el vehiculo... pfff. La forma en la que habla, pronuncia y tal es bastante repelenete

Pufff tiene una voz que no lo soporto.

D90

Estáis debatiendo sobre leyes que no son ni aplicables.

Para ver qué puedes coger y qué no sin permisos explícitos, basta con buscar si tu contenido entra dentro del Uso Justo (Fair Use). Nada más. Ni citas, ni docencia, ni mierdas, ya se encargará YouTube de bloquearte el vídeo/monetización si "el filtro" se pone tocapelotas. Y entonces ya te verás obligado a pedir a la compañía que tenga los derechos del material que usas una autorización escrita para desbloquearlo.... que legalmente ni siquiera necesitas, pero es más rápido que argumentar con YT.

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sephirox

Lo mejor de la película era:

A ver, @Soy_ZdraVo , ¿cuántos años de cárcel mágica le hubiesen caído a Harry de tocarle una teta hoy en día?

Gallifrey

#99 No nací sabiéndolo todo, me he tenido que ir informando. Hay más fuentes a parte de las que propones tú.

#101Soy_ZdRaVo:

No es un fin docente! fin docente ya te explica que es para educación reglada y youtube no es educación reglada.

Entonces los canales de divulgación científica que citan en sus vídeos artículos y gráficos que no han hecho ellos, los canales de divulgación artística que incluyen en sus vídeos cuadros que no han pintado ellos o los canales de divulgación cinematográfica que incluyen en sus vídeos escenas de pelis que no han hecho ellos, todo para ejemplificar y dotar de veracidad la enseñanza que están intentando difundir... ¿También se estarían saltando la ley y tampoco estarían dentro del fin docente que comenta #100 ?

Mira por ejemplo este vídeo de Dayo:

Normalmente me cae como el culo y no soporto sus vídeos, pero esta serie de historia de los videojuegos que está sacando me parece como mínimo entretenida y un poco interesante, y bastante bien realizada. Está enseñando algo, está dando una clase de historia, como la que daría una profesora de historia en un instituto, sólo que en vez de hablarte de la Revolución Industrial te habla del origen de los videojuegos, pero es una clase de historia igual... ¿No tiene un fin decente? ¿Infringe leyes por todas las fotos, música y videojuegos que incluye en el vídeo y no son suyos?

#106D90:

Estáis debatiendo sobre leyes que no son ni aplicables.

Para ver qué puedes coger y qué no sin permisos explícitos, basta con buscar si tu contenido entra dentro del Uso Justo (Fair Use). Nada más. Ni citas, ni docencia, ni mierdas, ya se encargará YouTube de bloquearte el vídeo/monetización si "el filtro" se pone tocapelotas. Y entonces ya te verás obligado a pedir a la compañía que tenga los derechos del material que usas una autorización escrita para desbloquearlo.... que legalmente ni siquiera necesitas, pero es más rápido que argumentar con YT.

Te cito para citar a @Soy_ZdRaVo , a ver qué dice al respecto. Por mi parte 100% de acuerdo.

B

#61 Toda la carrera de Historia del Arte a tomar por culo, pues.

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Soy_ZdRaVo

#106 y por eso la UE se ha cabreado con YouTube y le van a meter un reglamento específico porque el “Fair Use” es una legislación americana

Que viene en el Copyright act

Y hasta dónde yo se nosotros no vivimos en eeuu y no se nos puede aplicar legislación americana aunque el catedrático @gallifrey lo proponga

#109 hasta dónde yo se la carrera de historia del arte es una actividad docente

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B

.

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Gallifrey
#110Soy_ZdRaVo:

Y hasta dónde yo se nosotros no vivimos en eeuu y no se nos puede aplicar legislación americana aunque el catedrático @gallifrey lo proponga

Yo no he dicho eso, no digas paridas, porque ni he dicho eso ni me las he dado de catedrático. Lo único que he dicho son dos cosas:

1.- Jaime Altozano sube los vídeos a YouTube y tendrá que subirlos respetando las reglas de esa plataforma. Si no le han tirado ninguno y los que le han tirado se los han vuelto a levantar quiere decir que no se está saltando ninguna de esas normas de YouTube.

2.- YouTube ya lleva mucho tiempo existiendo, y si las normas de YouTube vulnerasen las leyes españolas y/o europeas ya haría tiempo que habría salido.

No he dicho nada más, todo lo demás inventos tuyos que te agradecería que cesaras, que el trolleíto cansa. Ah, y no sé porqué me citas a mí para decirme lo de Hª del Arte cuando yo no he sido el que ha dicho eso.

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Soy_ZdRaVo

#111 No he dicho eso. He dicho que la carrera de historia del arte es un acto docente así que pueden citar estudiando todas las obras de arte que quieran.

Y luego los historiadores del arte pueden normalmente nombrar y comentar lo que quieran porque los derechos de autor son 70 años...

#112 Es una premisa falaz eso de que si lleva tantos años debe cumplir con las normas españolas cuando es notorio que las fiscales no las cumple. Además tal y como está redactada la LSI ahora mismo YouTube no responde de lo que suban los usuarios (solo si le notifican la infracción, ya lo he puesto 300 veces)

Google ahora mismo se cree por encima del bien y el mal y por eso le están reformando en su cara la normativa de copyright y metiéndole el art 13.

Cualquier persona con la eso puede leer los artículos que he ido copiando y ver si se cumple la Ley de Propiedad Intelectual o no

SeYc

Volviendo al tema, no le resto mérito, que tiene un montón. Pero a veces se flipa sobre todo encontrando conexiones entre las notas y el argumento o las escenas de las pelis.

Quiero decir, cuando dice cosas del tipo: "esta nota dentro de esta progresión tal representa tal y tal cosa..."
La composición musical es un proceso que requiere mucha creatividad, pero también sigue unas pautas muy preestablecidas, a veces incluso son matemática pura. Por eso a veces cuando dice que "esa nota representa a Gondor/Frodo/whatever" son interpretaciones unilaterales de él, porque en la realidad la música sigue unas progresiones muy concretas (ya que salirse de ellas hace que nos suene raro) y ni el propio compositor creo que llegue a un nivel tan detallista como nos pretende hacer ver.

Que queda muy guay cuando saca mil conexiones entre cada nota y lo que se ve en pantalla, pero a veces son solo parte de una formula, no algo hecho de forma premeditada.

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Drakea

#114 Hombre, yo no sé hasta que nivel rebusca las conexiones porque no le he visto mucho, pero precisamente gran parte de componer para cine es precisamente eso: enlazar temas musicales a personajes y eventos concretos para crear una asociación inconsciente en el espectador. Los leitmotivs son un legado de la música para ópera, que por razones obvias tiene muchas técnicas y filosofías que se reciclan para componer bandas sonoras.
El desarrollo temático de este tipo es la gracia de este tipo de música, cuando los temas quedan enlazados con personajes en la obra puedes crear una narrativa musical que complementa todavía más a la película.
Cuando ves que un motivo concreto se repite cada vez que aparece un personaje, no es muy arriesgado decir que le representa. Y una vez hecho esto, analizar la evolución del tema en la música tiene sentido.

Quizás se pasa analizando, pero de todas formas eso es lo que hacen todos los críticos de todas las formas de arte. Cuando tu profesión es hablar acerca de lo que hacen otros, como mínimo tiene que parecer que hay mucho de lo que hablar y que hace falta ser un experto para verlo.

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SeYc

#115 A ver si, lo de los leitmotivs es evidente. Frases musicales que enlazan directamente con personajes, escenas o temática, y no se me ocurriria restarle mérito a los compositores.

Hablo solo de memoria de cosas de los videos de ESDLA o Star Wars porque tampoco veo demasiados vídeos de este. Pero eso, recuerdo que se sacaba conexiones de cosas que parecían simple humo (pero como sonaba lógico y tiene mucho conocimiento nadie duda por un segundo)

Jetxot

Esperando a que llegue a la BSO del principe mestizo... Nicholas Hooper tiene un temazo espectacular alli.

p3p370

El vídeo de la BSO de Interstellar es bueno no, lo siguiente.

B

La peña con las biblias judiciales por un notas que explica canciones.

El drama.

polaritySYS

Dramas judiciales y abogados aparte, el vídeo de El señor de los Anillos está cojonudo, el chaval se ve que entiende de música y la cultura musical que tiene es muy amplia, sobre lo del copyright creo que habría que ver no solo si se está plagiando algo (que en este caso no lo veo así) está utilizando de forma didáctica y sin lucrarse por la BSO de nada.

Uno de los canales que vale la pena ver de YT.