#51 No hay ninguna ley que regule la grabación de las comunicaciones entre particulares salvo la revelación de secretos.
Las leyes sirven para delimitar y tasar el comportamiento, como se suele decir, "está permitido todo lo que no está prohibido"
No se puede grabar una conversación ajena porque vulneraría el art. 18.3 de la constitución
]Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
mira, esto es lo que opina el constitucional:
la grabación de una conversación que tiene lugar entre dos personas y que uno de los intervinientes desea conservar para tener constancia fidedigna de lo tratado entre ambos, no supone una invasión de la intimidad o espacio reservado de la persona ya que el que resulta grabado ha accedido voluntariamente a tener ese contacto y es tributario y responsable de las expresiones utilizadas y del contenido de la conservación.
sacado de esta web:
http://derechoynormas.blogspot.com.es/2007/05/es-legal-grabar-las-conversaciones.html
(es la primera fuente que he encontrado, no me voy a poner a buscar en cendoj)
#54 toma, segunda fuente que he encontrado, a ver si esta te convence mejor.
http://www.legaltoday.com/practica-juridica/penal/penal/la-grabacion-de-las-conversaciones-entre-particulares-y-su-manifestacion-jurisprudencial
La verdad paso de discutir más este tema, si no lo quieres ver pues no lo veas xDD