#4179 si el despido es objetivo o fin de contrato, no te consume.
#4180 Si el trabajador, antes del 1 de enero de 2022, ve terminado su contrato temporal, o sufre un despido individual o colectivo por causas objetivas, o un despido improcedente y pide el paro, en esos casos no se le descontarán de sus cotizaciones por desempleo acumuladas las que hubiera consumido por la prestación por ERTE.
En sentido contrario, los trabajadores que pidan el paro contributivo a partir del 1 de enero de 2022 y hasta el 1 de octubre de 2026, se verán afectados por el descuento de las prestaciones que hayan estado cobrando del ERTE desde del 1 de octubre de 2020, que es cuando terminó la medida de gracia de que “los ERTE no consumen paro”.
RPV todo aque que solicité el paro entre el 1/1/2022 y 1/10/2026 vera su paro descontado....
Yo sinceramente no sé en qué cojo es piensan