Hombre de 80 años acaba con un ladrón y le quieren hundir la vida

kraqen

Pues si estos son los hechos probados, la verdad es que difícil meterle eximentes.

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TheFiskal

#721 Yo me leí la sentencia ayer y hay algo con lo que no estoy de acuerdo y es sobre el hecho de que se considere la inexistencia de agresión ilegítima.

Agresión ilegítima la hay. No en relación a la integridad física del acusado (defensa de la persona) pero sí en relación al delito de robo (derechos patrimoniales de la persona) que se estaba cometiendo cuando el fallecido fue sorprendido en el acto. Evidentemente cargarse a un tipo x un robo sin violencia en la persona no tiene encaje completo en la eximente de legítima defensa por ausencia de proporcionalidad, sin embargo, al existir agresión ilegítima y ausencia de provocación, debería haberse contemplado una eximente incompleta o en último caso una atenuante (además con la repercusión que esto tendría a efectos de rebaja en responsabilidad civil).

Me imagino que si se recurre, deberían tirar por lo dicho aquí

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imnothing

#722 Que bueno. Te importa ponerlo ahora en cristiano? Gracias

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Artefius

#723 Sera que he visto varias veces the good wife, pero esta bien claro lo que dice: el jurado no considera que entrar a robar sea una agresion ilegitima y por tanto no da cabida a una eximente incompleta de legitima defensa o atenuante

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imnothing

#724 vamos, justo lo contrario a lo que considera en general los usuarios del hilo: si entra alguien a robar a tu propiedad, tienes derecho a meterle tres escopetazos a sangre fría.

Curioso que haya sido un jurado popular y no unos jueces desconectados de la realidad los que tomaron esta decisión

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Angeliuz

#725 el tribunal del jurado (todos, no sólo este) está presidido por un magistrado de la audiencia provincial, que viene a pastorear al resto de componentes y es quien admite acusación.

Y en sus funciones determinan que hechos son probados, cuáles no y en base a esto emiten veredicto, es decir, no se poner a estimar sobre eximentes de responsabilidad penal, simplemente.

Vamos, que los jueces desnortados están ahí.

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imnothing

#726 es una conspiración entonces! D:

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hombremono
#725imnothing:

Curioso que haya sido un jurado popular y no unos jueces desconectados de la realidad los que tomaron esta decisión

#727 que va, solo venias a soltar tu chascarrillo sin tener ni puta idea de como funciona un jurado popular y te ha salido el tiro por la culata

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M0E

#721 José Muelas no sé quién será, el acusado se llama José Lomas.

imnothing

#728 no, si lo digo en serio! Los jurados populares no existen de verdad. Hemos sido engañados y yo el primero )=

22 días después
XtemxX

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5 meses después
Lexor

No pisara cárcel ooooooooooleeeee

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Erethron

Estaba cantado joder. Hay una legítima defensa porque el tipo parece que iba con una motosierra. El acusado estaba aislado en su casa.

Algo de desproporción en su defensa propia hay, pero es que en esos momentos no razonas, tu vida está en juego y te vas a querer cargar al que viene a por tí.

En fin, me debería leer la sentencia nueva de todas formas.

jmdw12

#20 espero que la tila os esté sentando bien a todos los exaltados del hilo.

mxz239

Me alegro muchísimo que se haya librado de la cárcel, el problema es que por responsabilidad civil tiene que pagar indemnización a la familia de la alimaña que entró en su casa

Eyacua

#732 Me alegro aunque he leido que le va a tener que pagar 36k a la familia del ajusticiado.

Pero vamos, que haga una colecta que si a la motorista de tailandia le han dado 300k en pocos dias al hombre este le compramos un castillo con guardia real en pocas horas xD.

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JCab

#736 36k, nos ha salido cara esta vez la recogida de la basura.

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TheFiskal

Respuesta corta: tras haberme leído lo importante de la sentencia creo que el viejo todavía puede luchar para quedar indemne penalmente por este caso

Respuesta larga jurídica:

Desde la lógica jurídica no tiene sentido que le hayan aplicado un "error de prohibición" en vez de un "error del tipo" (esto último beneficiaría más al acusado).

El problema no guarda relación principal con el significado jurídico de la legítima defensa, sus requisitos y ejercicio, sino que guarda relación principal con la sucesión de hechos que hacen creer al acusado estar bajo ataque (error en los hechos que recae sobre los elementos normativos del tipo). Por tanto, más en concreto, deberíamos hablar de error del tipo negativo (o permisión).

Sumado a que la sentencia declara que el error no es temerario ni grave sino simple y completamente razonable, aun si se considera vencible, se debe calificar el homicidio como imprudente. Pero teniendo en cuenta que es un error muy comprensible, el homicidio imprudente "leve" no existe (solo el grave o muy grave) y por tanto no se debería penar al acusado