EDIT (18 junio, 10h): Urdangarín ingresa en la prisión de Brieva, en Ávila.
Urdangarín, anoche en el aeropuerto de Barajas
El 13 de junio, el exduque recogía su orden de encarcelamiento que le condenaba a cinco años y diez meses de cárcel. Hoy deberá entrar en prisión antes de la medianoche.
Iñaki Urdangarin voló ayer a España desde Ginebra, previsiblemente con intención de ingresar en un centro penitenciario antes de la medianoche de hoy. Ese es el plazo que le ha dado la Audiencia de Palma, en la actual fase de ejecución de una sentencia que ya es firme, después de que el Tribunal Supremo (TS) confirmó en sus extremos principales el fallo dictado en primera instancia por las tres magistradas que el pasado año juzgaron el caso Nóos en la capital balear.
En medios cercanos a esta causa se ha venido dando como muy probable que el exduque de Palma ingrese en una de las prisiones de Madrid. En principio, por la facilidad de su enlace aéreo con Ginebra, su lugar de residencia en los últimos años. Esta circunstancia permitiría que la infanta Cristina pudiera visitar a su marido periódicamente sin necesidad de volver a instalarse en la capital de España.
Una vez que Iñaki Urdangarin recibió el pasado miércoles en mano el correspondiente mandamiento de ingreso en prisión, en el que se establecía el citado plazo máximo de cinco días para su cumplimiento, la entrada del exduque en la cárcel resulta inexcusable, aunque vaya a emprender otras iniciativas para tratar de anular o reducir las penas que le han sido impuestas, que suman 5 años y 10 meses. En principio, el marido de la infanta podría recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) o dirigirse al Gobierno en solicitud de indulto. Sin embargo, ninguna de estos dos posibles caminos tiene buen pronóstico si con ellos pretendiera Urdangarin aplazar, y menos aún evitar, su ingreso en un centro penitenciario. Sobre la primera de las mencionadas posibilidades hay que tener en cuenta que la doctrina consolidada del Constitucional lleva a que ninguna entrada en la cárcel se suspenda cuando el recurrente ha sido condenado a más de cinco años de prisión. Se estima que una condena de esta duración ya es lo suficientemente grave como para que no esté justificado el aplazamiento.
Hay que tener en cuenta que en términos hipotéticos la existencia de una sentencia firme, no recurrible ante la justicia ordinaria, incrementa el riesgo de fuga.
La vía del indulto, a su vez, tiene en estos momentos –y en otros posiblemente también– un pronóstico absolutamente desfavorable. Resulta inimaginable que el recién constituido Gobierno de Pedro Sánchez pudiera ejercer el derecho de gracia con respecto a la condena impuesta a Urdangarin por los delitos relacionados con su actuación al frente del Instituto Nóos, todos los cuales hallan asiento en los artículos del Código Penal relativos a la corrupción. Urdangarin, de hecho, puede considerarse afortunado por la pena global que le ha sido impuesta. El Supremo suprimió su condena por falsedad, rebajando en 5 meses la que se le impuso en Palma. El exduque quedará ahora en manos de Instituciones Penitenciarias, que decidirá en qué centro le interna finalmente para el cumplimiento de la pena. La preocupación de Interior es, sobre todo, que no haya incidencias relacionadas con la seguridad del condenado.
Ya era hora, joder.