#360 Nop, ni puta idea de lo que es ser de la cuerda, pero voy a empezar a usarlo.
Los de VOX sois todos de la cuerda. Los de Podemos también.
#360 Nop, ni puta idea de lo que es ser de la cuerda, pero voy a empezar a usarlo.
Los de VOX sois todos de la cuerda. Los de Podemos también.
#361 La cuerda de una marioneta puesta a dedo por una elite progre, cuyo manos manejarian a su esbirro, con el objetivo de hundir a Espinosa. Es decir, el cree que saldra inocente a no ser que el juez este trabajando al servicio del PSOE.
#365 La sentencia, tienes que pegar todo el enlace.
http://www.poderjudicial.es/search/contenidos.action?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=7399452&statsQueryId=106079598&calledfrom=searchresults&links=Pedro Heredia 6 SL&optimize=20150605&publicinterface=true
De lo que saco mas o menos la causa fue esta:
"En la ejecución de la obra se produjeron divergencias y malentendidos entre las partes contratantes, a consecuencia de ello, RUE no ha finalizado la ejecución de la obra, ni "Promociones" ha abonado el precio total de las partidas de obra realmente ejecutadas. "
Igualmente es el tipico juicio de discrepancias. El mismo Espinosa dice que si no le queda otra que pagar pues acabara pagando y ya esta. No se a que viene tanto revuelo, no sabeis a donde agarraros, progres.
#370 A mi me huele a conflicto en construcción, en que ejecutas una obra, uno se confunde (sea cualquiera de las partes), la obra se deja a medias y acaban a palos. Uno no paga porque esta sin acabar, y el otro porque dice que esto no es lo que se pactó y no continua. Ojo, que con esos datos poco mas se sabe, la mujer del de VOX es la arquitecta, que también es la de VOX xD
¿estaríamos hablando entonces del típico sinpa que se hace cuando pides un serranito y te ponen un flan de huevo y no se lo pagas? Sigan leyendo y subrayando magistrados de mv que tenemos muchas dudas.
2) Hay por ahí otros que dicen que encargué obras en la casa que nunca pagué. No se enteran de la misa la media. Parecería que hice una obrita y me intenté ahorrar unos eurillos; pues no. Hice un obrón que me llevó casi dos años, y que por cierto quedó del carajo de la vela.
vaya vaya ivan leyendo la noticia de eldiario.es parece que pilló al vuelo lo que se quería transmitir, menos mal que otros confiamos en esperar a tener más noticias y no fiarnos ni un pelo de la "fuente"
#376 Esto aparece en la noticia que han puesto al abrir el hilo :
"No obstante, explica la magistrada en la sentencia del pasado mes de septiembre, "si bien no se aprecia un fraude del Ley sí se aprecia que la actitud del demandado, cuando en dos años anteriores su empresa no ha tenido actividad, ni beneficios y en el tercer año la actividad de PPH6 SL se centra en la construcción de la vivienda del administrador único de la empresa y hoy demandado, [...] es un hecho que perjudica los derechos del tercero, debiéndose por tanto aplicar la doctrina del levantamiento del velo".
Esta doctrina jurídica trata de corregir los abusos que se producen cuando una empresa se usa como cobertura para evitar la obligación de una persona física. Como, por ejemplo, evitar una deuda.
"Al margen de ello también debe ser estimada la acción de enriquecimiento injusto al apreciarse todos los requisitos de la misma, empobrecimiento del demandante, enriquecimiento del demandado ya que según sus propias manifestaciones la vivienda de su propiedad esta puesta a la venta por 3.000.000 de euros cuando la obra ejecutada ascendió a 333.000 euros", sentencia la jueza.".
Desde el principio se sabe que la obra fue de 333.000 euros, la "fuente" dudosa que indicas, es una jueza.
#377 y tu que ves ahí ? que este hombre tenía una constructora y una mujer arquitecta, que se hicieron una casa de ensueño a medida en una zona de ricachones, que dirigieron la obra entre los dos y que la propiedad tiene más valor que el coste de la construcción? wow esto es una trama de corrupción inédita, menudo sin vergüenza debe estar hecho no? o menuda envidia de algunos...
#378 Yo lo que veo es lo que hay dos sentencias, "una contra una sociedad que administraba el dirigente de Vox y de la que era el único socio y otra directamente contra él, determinaron que Espinosa de los Monteros quiso dejar sin pagar parte de las obras de esta lujosa vivienda.
La primera sentencia es del 3 de noviembre de 2014. El Juzgado de Primera instancia número 10 de Madrid condenó a Pedro Heredia 6 SL –la sociedad de Espinosa de los Monteros– a pagar 74.108 euros, más los intereses, a RUE SL (Rehabilitación, Urbanización y Edificación SL), la empresa a la que había contratado en febrero de 2012 para la construcción de su casa.
La sociedad administrada por Espinosa de los Monteros recurrió esta condena en la Audiencia Provincial de Madrid, que el 30 de marzo de 2015 la ratificó aunque la rebajó a 57.038 euros, al haberse hecho cargo Pedro Heredia 6 SL de varias facturas, según se especifica en el escrito.
Pero Pedro Heredia 6 SL nunca pagó esta deuda. El 23 de junio de 2016, la sociedad de Espinosa de los Monteros se declaró en concurso de acreedores. La empresa perjudicada decidió entonces demandar a Espinosa de los Monteros, argumentando que él era el responsable de esa deuda al ser el propietario real de esa vivienda.
La nueva sentencia ha dado la razón al demandante. El 4 de septiembre de 2018 el Juzgado de Primera instancia número 36 de Madrid ha condenado a Iván Espinosa de los Monteros a pagar de su bolsillo y con intereses el dinero que dejó a deber su empresa quebrada. En total, 63.183 euros, según la sentencia a la que ha tenido acceso eldiario.es y que está recurrida ante la Audiencia Provincial. El dirigente de Vox por tanto todavía no ha pagado".
Eso es lo que hay, tus reflexiones son absurdas dado que hay sentencias judiciales con pruebas y lo de la envidia, cuanto menos, infantil.
Y en este hilo hay gente que me va a tener que pagar la pensión?
Mejor me pongo a ahorrar como el amigo Espinosa, le entiendo perfectamente.
#337 claro, si la cosa no está en que la casa esté a nombre de la empresa.
La cosa está en que la reforma la encarga y paga a través de una sociedad a nombre de su mujer y en la que el administrador y no paga sus deudas. Cuando le condenan a pagarlas declara concurso de acreedores (lo de fortuito que engañe a quien no sepa un mínimo de concirsal)
Con esto hubiera salido libre de pagar ya que quien contrae la deuda es una sociedad que ya no existe. Pero le demandan por ENRIQUECIMIENTO INJUSTO Y EL JUEZ LEVANTA EL VELO.
El levantamiento del velo es algo que pasa MUY POCO y consiste en considerar que una sociedad ha sido usada como instrumento por el administrador social para hacer fraude de ley y separar su responsabilidad patrimonial de sus actos
Lo que viene a decir es que no tiene sentido que la empresa encargue la obra y que ha sido usada para evitar responsabilidad de este señor. El señor administra una sociedad que encarga una reforma en una casa de su propiedad y en la que casualmente está empadronado y CASUALMENTE deja de tener actividad cuando pierde el juicio
Pues eso. Que no engaña a nadie que entienda lo que pasa
#384 yo no soy de leyes ni mucho menos de concirsales pero tengo dudas:
me puedes decir de donde te sacas que la sociedad estaba a nombre de su mujer?
es ilegal que una constructora se encargue de una obra en la casa del administrador y único socio de la sociedad?
Tienes documentación que demuestre la actividad de la empresa para ver todo esto que ves tu tan evidente?
te parece tan raro y casual que una constructora quiebre por esas fechas?
Es verdad eso que dicen algunos que si te lees la sentencia se habla de un dinero retenido por no haber ejecutado la obra como se pidió? De la típica discusión cliente-proveedor, te pedí esto, me hiciste esto otro, puesto te lo retengo hasta que me lo hagas bien, pues te denuncio?
Como tienes tan claro lo que hay si el primer recurso rebajó la "deuda"+mas intereses y el segundo recurso está abierto?
esq me da la impresión que él no engaña a nadie que entienda, pero tu que entiendes parece, corrígeme si me equivoco, que nos engañas a todos..
#386 lo de la sociedad a nombre de la mujer lo leí en la primera noticia creo recordar. Si está solo a su nombre mejor aún me lo pones.
No es ilegal que una empresa tuya encargue un trabajo. Lo que es ilegal es enriquecerte ilícitamente a costa de utilizar una empresa para separar tu responsabilidad patrimonial personal de un acto. Por ejemplo utilizar esta sociedad para dejar a deber 60.000€
No tengo que probarte papeles ni traerte nada. El mismo está reconociendo que le han condenado en varios juicios. Así que demostrado está.
Lo de que no tenía actividad antes ni después de esta reforma lo dice la propia magistrada en la sentencia y está referenciado en las noticias que hay por aquí colgadas.
Busca en google lo que es “levantamiento del velo” y entenderás que ha ocurrido. La magistrada considera que se ha utilizado la empresa de manera abusiva para no responder de un acto personal.
Pd: y lo de que le retuvo dinero porque el otro no hizo la obra o no la hizo bien no se sostiene si lleva desde 2014 siendo condenado, primero su empresa y luego el constantemente (aunque el juzgado reduzca la deuda sigue condenándole, por algo será)
Es el problema de discutir contra sentencias (encima la de que la deuda existe es firme, así que no cabe discusión alguna)
#388 no he entendido por qué te lo pongo mejor al ser la empresa de él y no de la mujer.
"No tengo que probarte papeles ni traerte nada. El mismo está reconociendo que le han condenado en varios juicios. Así que demostrado está.
Lo de que no tenía actividad antes ni después de esta reforma lo dice la propia magistrada en la sentencia y está referenciado en las noticias que hay por aquí colgadas."
no si lo de la condena no lo tiene ni que reconocer pero en la noticia ésta se dice claramente:
"Que el domicilio social coincida con una empresa de su esposa [...] no implica una instrumentalización de la empresa en beneficio propio, como lo demuestra el hecho de que antes y después del año 2012 la empresa ha tenido actividad con terceros clientes" añade la magistrada
no entiendo porque sigues cuestionando la actividad de la empresa si ese no es el problema y ahí si que no cabe discusión alguna.
Lo del levantamiento de velo ya supongo que sera raro, me gustaría conocer una estadística de la resolución de casos similares y los tiempos. Lo que si te parece casualidad es que se pasen años para dar respuesta a un recurso y lo hagan justo, fíjate tu por donde, cuando vox está en boca de la gente y resulta una amenaza para el sistema que nos lleva gobernando décadas. Acuérdate de Podemos y de las cloacas del estado
"No es ilegal que una empresa tuya encargue un trabajo. Lo que es ilegal es enriquecerte ilícitamente a costa de utilizar una empresa para separar tu responsabilidad patrimonial personal de un acto. Por ejemplo utilizar esta sociedad para dejar a deber 60.000€"
ahí, ahí esta el problema de ivan, con el que sigue luchando por ganar el recurso y veremos en que queda todo.
PD: Sinceramente... es cuestión de sentido común, a esta gente le sobra la pasta. Me gustaría saber de esos 60000 cuanto son de deuda y cuantos de intereses, es decir cuanto hubiese tenido que pagar por quitarse este problema a tiempo. Entiendo que os parezca muchísimo dinero, es más, os diré que ese dinero es todo lo que vale mi casa por la que voy a tener que estar pagando durante 25 años todavía mes a mes.
Pero a este señor se le cae del bolsillo ese dinero, ya no digo si juntamos el patrimonio de su mujer. Y que interés crees que tenía él con todo esto?. No sabemos lo que le costó el terreno no? seguramente más que la obra... tu dime, por muy culpable que salga de verdad crees que aquí hay chicha para llamar corrupto a este señor más allá del interés político?
#389oho:Lo que si te parece casualidad es que se pasen años para dar respuesta a un recurso y lo hagan justo, fíjate tu por donde, cuando vox está en boca de la gente
O Espinosa podría haber pagado y no hubiera pasado nada