Hasta nueve cláusulas de un mismo contrato de alquiler han sido anuladas por la Justicia española, que las ha considerado abusivas y, por lo tanto, ilegales. Se trata de una sentencia pionera en España dictada por un juzgado de Barcelona, que, aunque se puede recurrir a la Audiencia Provincial, abre la puerta a futuras demandas.
La gestora Azora, un fondo buitre con una de las mayores carteras de vivienda en España, ha sido la condenada en esta sentencia por incluir esas cláusulas en sus contratos de vivienda. Estas son las nueve cláusulas tumbadas por la Justicia:
1 - Azora impuso una actualización de la renta del 30%, pasando de los 690 euros que la inquilina pagaba mensualmente en el momento de formalizarse el contrato, en enero de 2020, a casi 1.100 euros a partir del tercer año.
2 - Otra cláusula que la sentencia ha declarado abusiva permitía al propietario del inmueble retener la totalidad de la fianza por pequeños desperfectos detectados.
3 - También ha anulado la cláusula que fijaba el derecho del propietario a hacer visitas periódicas para comprobar el estado de la vivienda.
4 - Una penalización por demora en el desalojo de la vivienda a la hora de entregar las llaves del 300% de la renta diaria por cada día de retraso.
5 - La inquilina no pudo leer el contrato de alquiler, de 30 páginas, antes del día de la firma, ni pudo sacarlo de las oficinas de Azora, lo que le impidió analizarlo o estudiarlo con un abogado o una tercera persona de su confianza.
6 - Una cláusula obligaba a la inquilina a renunciar a derechos en caso de que se interrumpiera un suministro por causas ajenas al arrendador.
7 - El propietario podía rescindir el contrato por incumplimientos no esenciales del inquilino.
8 - Otro apartado del contrato imponía gastos extraordinarios a la inquilina por determinados incumplimientos.
9 - En el contrato se reflejaba que todas las cláusulas del mismo se habían negociado individualmente entre el propietario y la inquilina.
De las 10 cláusulas que la inquilina, Sílvia Torres, había denunciado, la justicia solo ha dado una por válida, la que permite al propietario incluir a la inquilina en el registro de morosos en caso de no pagar la mensualidad.
A joderse los miserables de los fondos buitres.