Pinchar con discos originales ha dejado de ser una cuestión de principios o prestigio, ahora también es un asunto legal. Esa práctica tan extendida por muchos DjŽs, la de utilizar CDŽs copiados o incluso de listas de canciones en mp3 reproducidas directamente en un ordenador, parece ser el nuevo frente de batalla de la Sociedad General de Autores (SGAE).
En la imagen, que ha llegado de forma anónima a la redacción de El Confidencial, puede verse la cabina de la madrileña sala Low durante una sesión de Dani Rivero Baughman, uno de los DjŽs residentes, justo en el momento en el que la policía municipal interrumpe su sesión para comprobar si las copias de las que hace uso son originales. Se desconoce el desenlace de los hechos, ya que tanto el protagonista como la sala han rehusado hacer declaraciones, mientras, fuentes policiales han asegurado que este tipo de intervenciones se realizan a instancias de un juez para comprobar unos hechos concretos denunciados previamente por SGAE y cuyo fin no es otro que el de garantizar la legalidad de las copias que se utilizan en las salas.
Sesiones legales o multas millonarias
El canon que paga el establecimiento por poner música no es suficiente para que la fiesta esté permitida. La Ley de Propiedad Intelectual vigente exige que la música que se escucha en las salas proceda de copias originales. De esta manera, el artista que suena garantiza sus derechos de autor, más concretamente los de reproducción y de comunicación pública, que impiden que su música se reproduzca sin autorización previa de él mismo o de su discográfica en cualquier lugar que no sea el uso privado en un ámbito doméstico.
Ante esto surge una pregunta, ¿qué hay de esa copia privada o de seguridad que permite la ley? ¿Pueden los DjŽ pinchar con copias y dejar los originales en casa? Lo cierto es que en el artículo 31 de la Ley de Propiedad Intelectual, que rige las excepciones en las que las copias privadas son lícitas, no hay ninguna que contemple esta posibilidad, por lo que en principio no sería posible.
El hecho de que sea la policía la que interrumpe la sesión del Dj implica una denuncia por la vía penal, la cual, supone un delito de ánimo de lucro registrado en el artículo 270 del Código Penal. Según fuentes jurídicas, por esta vía, la penal, es mucho más difícil conseguir imputar a la sala o el Dj que por lo civil, primero, porque resulta complicado demostrar un ánimo de lucro procedente de esa música y, segundo, porque la vía penal está reservada para hechos graves o muy graves. Pero en el caso de que una sala o su pinchadiscos resulten imputados por este tipo de delito, las penas pueden oscilar entre 6 meses o 2 años de prisión.
Dentro del sector se teme que la escena internacional se traslade a España. Hace cuatro años un conocido Dj italiano fue imputado con 1,4 millones de euros de multa después de ser acusado de utilizar multitud de DVDŽs y archivos mp3 para sus sesiones en un club de Roma. Recién estrenada la polémica campaña del Ministerio de Cultuta, “Si eres legal, eres legal” el debate se traslada a las salas y a las cabinas de los DJŽs, en las que hasta ahora lo único que solía interrumpir era alguna petición musical o la curiosidad del que pregunta por el nombre del grupo que suena en ese momento. De ahora en adelante puede que pinchar con CDŽs originales o incluso con vinilos no sea sólo una cuestion de gusto, sino un requisito profesional, pero si lo que se utiliza para pinchar son descargas mp3 compradas en iTunes, ¿habrá que enseñar la factura?
Pense que ya no podrian sorprenderme con nada mas... pero estoy muy equivocado :S LADRONES! En serio, a donde vamos a llegar con esta gentuza???