#27 Me imagino que las compras en un establecimiento completamente legal... la tenencia de drogas es ilegal, por si no lo sabías, a no ser que te teletransportes desde el "establecimiento" a tu casa.
Y si no estabas hablando de eso, de que hablabas?
¿Porque se meta algo los findes ya significa que alguien debe morirse de hambre?
Justo de lo que hablaba.
si alguien bebe o se droga y va al trabajo afectado afectará a su trabajo, pues lo despides y ya está.
Y si provoca un accidente donde otra u otras personas mueren o resultan heridos ... pues no pasa nada hombre, todo guay.
No es una prueba que des positivo porque acabes de drogarte, da positivo si te has drogado en dias, semanas, etc. Por lo tanto no evaluan que en el momento estés bajo los efectos de nada, evaluan que haces tú en tu tiempo libre.
Como ya te he dicho, un drogadicto lo es de lunes a domingo.
PD: Te lo dejo aqui para mas claridad.
La mera posesión de drogas por sí sola no es constitutiva de delito siempre que no se destine al tráfico ilegal de estupefacientes. La Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana establece sanciones administrativas de carácter grave o muy grave con multas de 601 hasta 30.000 euros por:
El consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares.