Ley hipotecaria abusiva e ilegal

Isidrus

La justicia europea considera abusiva e ilegal la ley española sobre hipotecas

Dicen en Al Rojo Vivo que Luxenburgo a mandado paralizar todos los desahucios hasta nuevo aviso.

La prima de riesgo está subiendo como la espuma.

http://www.lavanguardia.com/economia/20130314/54368376494/justicia-europea-ley-espanola-hipotecas.html

http://politica.elpais.com/politica/2013/03/14/actualidad/1363248602_932663.html

http://www.elmundo.es/elmundo/2013/03/11/suvivienda/1363003775.html

http://www.20minutos.es/noticia/1757389/0/tribunal-ue/decide-ley-hipotecaria/espana-desahucios/

El Gobierno Español ha hablado mediante Gallardón y ha dicho que cambiarán la ley. ¿Será el comienzo de la dación en pago?

http://www.elmundo.es/elmundo/2013/03/14/suvivienda/1363257490.html

KONRA

ahora saldra nuestro gran ministro de interior sacando pecho y diciendo que europa no tiene ni puta idea, igual que con lo de otegi y la doctrina de parot xD.

nuevo tiron de orejas al estado bananero español.

3 respuestas
Isidrus

#2 El otro día Jorge Fernández Díaz se reunió con sus homónimos Europeos para convencerlos de lo malo que sería quitar la Doctrina Parot para que presionaran al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Lamentable.

4 2 respuestas
ChaRliFuM

La dación en pago ya existe, es una figura perfectamente válida y legal. Otra cosa muy distinta es que la ley la imponga como obligatoria que es lo que muchos esperan que ocurra, esto es un arma de doble filo, porque por un lado es un medio de garantía para el deudor pero por otro lado, va en contra del principio de autonomía privada.

A mi modo de ver lo realmente abusivo es el proceso de ejecución hipotecaria, la tasación y las condiciones en las que se realizan los deshaucios.

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B

País de pandereta con gobierno de pandereta, estoy seguro que pones a los monos del zoo de jefes del gobierno y lo harían mejor...

elfito

#3 No lo sabía. Me parece lamentable... Hayq ue tener cojones de ir a Europa a decirle que una cosa que han decidido ellos esta mal decidida xD

Tela xD

M

Spain is different.

Aun con toda esta presión no van a hacer nada. Y los españoles como ovejas sin hacer nada.

Isidrus

Os dejo la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

1 1 respuesta
holeshow

Aconsejo a todo el mundo interesado en el tema que se lea la sentencia. No es muy extensa y es relativamente clara. En cualquier caso, lo primero que tendrían que aclararnos los periódicos es cuál es esa “ley de desahucios” que es ilegal. No la busquen: no existe. Los lanzamientos de viviendas se producen cuando un juez declara que el que la ocupa no tiene título suficiente para ello. Eso puede tener lugar, entre otras razones, porque un arrendatario no paga o se ha extinguido su contrato, porque alguien la ocupa en precario (es decir, sin título de ningún tipo) o porque era dueño pero ha dejado de serlo (por ejemplo, porque se ha finalizado un procedimiento de ejecución hipotecaria —o de otro tipo— y alguien ha pasado, tras la subasta o la adjudicación correspondiente, a ser dueño de la finca en cuestión). Cada caso es diferente y, por eso, hablar de “ley de desahucios” es un disparate. Y lo es sobre todo considerando de qué trata la sentencia que tanto ruido ha producido.

Esa sentencia no dice que no se pueda “desahuciar” a alguien que ocupa un inmueble sin tener título para ello, como, por otra parte, era evidente, ya que por Europa la gente suele ocupar inmuebles por razones legales. La sentencia se refiere a un caso muy concreto: el de ejecución hipotecaria por acreedores “profesionales”. Cuando usted hipotecó un inmueble y no paga el préstamo garantizado con ella, pasa, según la ley española, que el acreedor puede ejecutar la hipoteca. Cuando se “ejecuta” la hipoteca, es decir, cuando se inicia el procedimiento que va a terminar normalmente con la subasta del bien o su adjudicación al acreedor (normalmente un banco), la ley establece limitaciones importantes a las causas de oposición. Vamos, que no le permite a usted alegar todo tipo de cosas, sino unas muy concretas (normalmente relativas al pago o liquidación de la deuda).

[...]

¿Qué ha dicho el Tribunal de Justicia? En el caso de las ejecuciones hipotecarias, cuando el acreedor es un “profesional”, por ejemplo, un banco, y el deudor un consumidor, la normativa europea exige que pueda alegarse la nulidad de las cláusulas abusivas y que esa alegación pueda paralizar el proceso en el que se reclama el cumplimiento. Es decir, que cuando el banco presenta una ejecución, pueda el deudor decir que tal o cual cláusula es abusiva y, por tanto, nula y, mientras no se solvente, se paralice la ejecución hipotecario y, por tanto, la subasta y la adjudicación y el lanzamiento (lo que popularmente llama la gente desahucio).

[...]

Si lo que quieren es que solo los ricos puedan acceder a los créditos hipotecarios y, a la vez, que sus propiedades se deprecien más aún, tienen razones para alegrarse. Ahora, no estoy muy seguro de que quieran eso realmente.

http://www.jotdown.es/2013/03/tsevan-rabtan-es-la-ley-espanola-sobre-desahucios-ilegal/

McDyron

Que tengan que venir de Europa a decirnos lo que es justo xd los polis seguro que ahora tienen un trauma por los palos en los desahucios que han dado de mas...

Prava

#4 Tasan caro cuando pides la pasta, y luego tasan baratísimo cuando te piden la casa.

Y ni hablemos de las subastas y las pirulas que han hecho por ahí, que mucha gente ha perdido la casa y deberán casi la misma pasta.

:/

vinilester

#2 #3 De verdad que estariais a favor de que dejasen libres de un dia para otro a un monton de asesinos, violadores y terroristas?

Echadle un ojo a sus curriculums.

http://estaticos.elmundo.es/documentos/2013/03/15/parot.pdf

PD: #2 Tu saltate si quieres el apartado de terroristas porque la respuesta ya me la se. Ciñete a los otros grupos si quieres.

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Isidrus

#12 No estoy a favor de echar delincuentes a la calle, yo estoy a favor de seguir la ley dentro del marco internacional. De que el poder político no presione al judicial, de que haya separación de poderes, pues es uno de los pilares del tan famoso Estado de Derecho que muchos pronuncian con orgullo y luego se lo follan cuando toca.

Si quieren que esos presos sigan en la cárcel que cambien la ley penitenciaria dentro del marco Europeo, tal y como lo tienen otros países, no con parches de este tipo que lo único que hacen es aplazar el problema y atemplar partes de la sociedad.

4 2 respuestas
B

Esto lo sabe todo el mundo, pero como lo dicen estos ya tiene validez. Si no lo dice alguien importante no vale no vale nada lo que digas no vale nada. ;)
Me refiero a que tenga repercusiones, a nadie le importa lo que nadie piense de como funcionan cualquier cosa, siempre lo estaran manejando los mismos.

Los que manejan el cotarro Gj.

TH3B1GB0SS

#13 De acuerdo en todo excepto en:
Si quieren que esos presos sigan en la cárcel que cambien la ley penitenciaria dentro del marco Europeo, tal y como lo tienen otros países, no con parches de este tipo que lo único que hacen es aplazar el problema y atemplar partes de la sociedad.

Principio de irretroactividad de las leyes penales (solo será retroactiva si es beneficiosa), por lo cual esa gente si se elimina la doctrina parot estarán en la calle si o si se legisle una nueva ley o no

Asique en #2 sinceramente pienso que has metido un poco la pata a mi parecer, porque en este caso lo criticable es porque no se legislo bien antes de usar este "parche" como es la doctrina parot.

Aunque bajo mi punto de vista me siguen pareciendo exagerados los beneficios penitenciarios pero bueno, eso ya es una opinión personal

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Isidrus

#15 Que se le va a hacer, eso pasa por no hacer las cosas como es debido. ¿Acaso el gobierno tiene derecho a saltarse la ley?

Es que es serio, me parece increíble que Europa tenga que tirar de la oreja a España. Otra cosa es que me extrañe.

edit: es que me parece la ostia que el Gobierno Español toree a Europa en temas de leyes (y encima se queje cuando le llaman la atención) mientras pone trabas y se queja de las artimañas de los Gobiernos Autonómicos de su interior. Aunque el tema no tenga que ver con esto, y no comparo los casos.

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punkypie

Tranquilos lo de la jubilación sera lo unico que realmente se tocara, el chanchullo de los cuchitriles no, no os preocupeis. :)

TH3B1GB0SS

#16 Que se le va a hacer? una cosa no quita la otra, no me parece bien que gente que tiene las manos manchadas de sangre inocente este en la calle antes de tiempo.

Por supuesto que el gobierno no tiene potestad para saltarse la ley, no obstante la jurisprudencia es una fuente del derecho reconocida asique la doctrina parot dentro de la legislación española es valida en ausencia de una ley.

Si me hablas del tema de la ley hipotecaria me parece muy bien ya es hora de que cesen los abusos, pero sobre este tema? que vale que la doctrina parot es un parche o lo que sea pero no me parece bien que ahora por eso pongamos a asesinos en la calle antes de tiempo (lo cual sería una victoria para ellos), lo que pasa es que ya estáis politizando el asunto como siempre.

Aunque hayas dicho que no comparabas, has intentando asimilar la situación cataluña-españa con el derecho comunitario - derecho estatal xD algo en lo que realmente si que existe una gran diferencia a todos los efectos.

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B

Pais de pandereta seremos si se aprueba de manera obligatoria la dacion de pago

1 respuesta
X

#19 Seremos dice, que majo.

1
vinilester

#13 Europa es floja en cuanto a la ley. Por eso hacen falta este tipo de "parches" como bien llamas.

SkalS

#8 lo estoy leyendo y y aún así me cuesta pillar algunas cosas, veo que hay mucho de Catalunya Caixa, en mi familia estamos "peleando" para dar el piso y liquidar toda la deuda hipotecaria, a ver si me aclaro un poco...

Isidrus

#18 Como ya he dicho "No estoy a favor de echar delincuentes a la calle" , pero para empezar si lo que has dicho de "Principio de irretroactividad de las leyes penales (solo será retroactiva si es beneficiosa)" es verdad, desde ese punto ya la cagaron con la doctrina parot.

Hace 30 años ya sabían que esos presos y los venideros iban a salir en unos 30 años, por ley, ¿por que no la cambiaron entonces en vez de hacer un parche a última hora? Las cosas hay que hacerlas bien desde el comienzo o la misma ley que se defiende se te echa encima.

Y con lo último no he querido hacer una comparación con lo de Catalunya-España, pues pasa con todas las comunidades, de norte a sur. Solo he que querido decir que el Gobierno Español tiene unas pelotas cuadradas al quejarse de que le tiran de la oreja por sus triquiñuelas cuando él mismo hace lo mismo con sus territorios.

1 respuesta
TH3B1GB0SS

#23 Porque dices "si es verdad"? es que es verdad leete la constitución xDD 25.1 el tema de leyes penales se extiende a la ley penitenciaria.

¿que han infringido exactamente con la doctrina parot? que han hecho las cosas mal pues vale, pero que yo sepa en cuanto a como se debe aplicar la reducción de pena no hay nada establecido antes de la "doctrina parot" y como bien te he dicho la jurisprudencia es una fuente de derecho supletoria.

Bien dije ya que esto es un "parche" y como tal no me pareció bien, se debió haber legislado desde que se vio el problema, pero para que fuese aplicable desde ese momento tuvieron que sentar jurisprudencia y no, no estábamos hablando de alguien que estuviera ya condenado asique de infringir la irretroactividad nada, sino que es simplemente un criterio de interpretación

Por otro lado te voy a explicar la diferencia entre España-Cataluña y España - UE, ya que parece que no la tienes en cuenta, ya no es solo por la temática porque es bien distinta ya que es un de un tema tan delicado como es el penal, sino que además los veredictos del Tribunal de Estrasburgo no anulan las sentencias ni derogan las leyes, lo que pretenden corregir la aplicación efectiva de esas condenas. No son vinculantes, aunque los estados firmantes del convenio de Derechos Humanos se ven obligados a cumplir sus decisiones.

Y repito, porque veo que se confunde mucho la "doctrina parot" no es una ley, es una forma de aplicar la ley, sentó las bases para contabilizar las reducciones de la pena simplemente.

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Isidrus

#24 Hombre, pues digo yo que sí que habría algo sobre como se debe aplicar la reducción de pena antes de la Doctrina Parot, pues se hacía. Si ahora se cambia de "modo de aplicar la ley", por que sí, para parchear un problema relegado continuamente, me parece mezquino y ruin.

Y no voy a entrar en la discusión de España-Catalunya pues solo quería dejar claro lo cuadradas que tiene el Gobierno Español las pelotas al quejarse del tirón de orejas (otro más).

1 respuesta
TH3B1GB0SS

#25 El modo de aplicar la ley lo hacen los jueces a su juicio dentro del margen de la ley, antes de la doctrina supongo que cada uno lo hacía como creía conveniente, cuando se estableció la doctrina parot se homologo todo simplemente, además es correcto porque el órgano que crea jurisprudencia es el Tribunal Supremo.

Yo no estoy entrando en ningún debate cataluña-españa pero debes saber que esa especie de asimilación entre ambas situaciones que hiciste esta muy fuera de lugar, es más aun no se porque dices que las tiene cuadradas al quejarse de la retirada de la doctrina parot cuando al parecer no esta vulnerando nada dentro de la legislación española como he explicado anteriormente y además España esta en su legitimo derecho a recurrir la sentencia legalmente.
Lo que esta mal hecho fue no reforzar esa doctrina legislandola a mi parecer.

Que me compares lo de la doctrina parot con este tema de ley hipotecaria me parece un tanto alocado ya que deberíamos analizar cada situación independientemente sin politizarla de ninguna manera.

evilsol

la dación en pago debería ser obligatoria, es verdad que mucha gente gastó y compró por encima de sus posibilidades y de esas lluvias vienen estos lodos, lo sé, pero también sé que el problema generado se va más allá de lo que pensamos, a lo largo del tiempo no solo no mejorará si no que empeorará la situación, por lo que, aunque sea algo injusto, el bien común está por encima de la injusticia que provoque para con los bancos etc.

8 días después
holeshow

Refloto pq hoy me he encontrado con un artículo bastante completo y, sobre todo, clarito:

La sentencia declara que efectivamente no está ajustada, pero no dice, como se ha titulado en diversos medios, que sea esencialmente ilegal o que el hecho del desahucio –que se pierda la propiedad y la posesión del inmueble por impago de la deuda hipotecaria- sea algo radicalmente injusto y contrario a la legislación europea.

[…]

La sentencia acoge como hemos dicho las tesis de la Abogado General: es contraria a la Directiva europea la normativa española que impide al juez que esté conociendo del proceso declarativo para verificar si una cláusula es abusiva o no, el adoptar medidas cautelares, en especial la suspensión del procedimiento de ejecución, si así lo estima conveniente, para garantizar que cuando dicte sentencia éste vaya a tener efectividad.

Es decir, que lo que el TJUE considera ilegal es que el juez que conozca del declarativo que –en su caso- se hubiera interpuesto por el deudor para anular cláusulas que considera abusivas, no pueda hacer nada para paralizar la ejecución. A partir de hoy mismo, el juez tiene ya esta posibilidad porque la sentencia es inmediatamente aplicable.

http://hayderecho.com/2013/03/14/la-sentencia-del-tjue-sobre-la-legalidad-del-procedimiento-de-ejecucion-hipotecaria-espanol/

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