#31 En este ejemplo si tienes que ir por la autovía si o si, en el otro no.
Además esto que dices
en las autovías es algo común y por eso salvo prohibición expresa los tractores, las bicis o los caballos tienen el acceso permitido
Es completamente lo contrario:
Artículo 38. Circulación en autopistas, autovías y otras vías
(Título del artículo redactado de conformidad con el REAL DECRETO 970/2020)
- Se prohíbe circular por autopistas y autovías con vehículos de tracción animal, bicicletas, ciclomotores y vehículos para personas de movilidad reducida (artículo 18.1 del texto articulado).
Solamente pueden circular bicicletas por el arcén salvo prohibición expresa.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de bicicletas podrán circular por los arcenes de las autovías, salvo que, por razones de seguridad vial, se prohíba mediante la señalización correspondiente.