#1534 Es que no funciona de esta manera. De primeras, porque no puedes crear la sociedad DESPUÉS de realizar los trabajos que generan esos ingresos y, segundo, porque todos los RESIDENTES en España están obligados a tributar sus rendimientos en España. Sí, vale, si tienes una sociedad en USA tributarás allí... pero también tributarás aquí cuando quieras traerte el dinero. Que al final uno quiere tener el dinero allá donde viva, así que estás en las mismas.
#1545 No todo el año, son 6 meses para considerarse residente aquí (y tributar aquí por IRPF).
#1559 De acuerdo, pero el resto de partidos no tratan de "casta" a todo el que, según su criterio, tiene determinado nivel de vida.
Y luego resulta que uno de los que más "castas" reparte... factura 400k ricos, ricos e intenta hacer la pua para ahorrase impuestos.
Oiga, que no me parece mal que se quiera ahorrar el dinerito... pero es que eso choca frontalmente con su discurso "anti-casta".
#1590 ¿Pago aplazado? El pago aplazado debe autorizarlo Hacienda... a ver si te crees que puedes pagar a Hacienda cuando te salga de los cojones.
No, realizar una complementaria implica asumir una culpa y pagar lo que uno debió haber pagado, más unos recargos.