Hacienda quiere que los móviles y portátiles de los empleados paguen impuestos como salario en especie
Las nuevas medidas se encuadran justo en el momento en que el Gobierno prevé aprobar de manera exprés la Ley de Teletrabajo.
Los Ministerios de Hacienda y Trabajo están desarrollando una nueva ofensiva recaudatoria basada en que los dispositivos electrónicos, como móviles y ordenadores, comiencen a tributar como salario en especie. Según informa este miércoles el diario Expansión, muchas empresas están recibiendo requerimientos de ambos ministerios y se les están abriendo actas para que regularicen la situación respecto a las herramientas informáticas que proveen a los empleados. Estos dispositivos, además de otros como pantallas, tabletas e incluso mesas o sillas, estarían empezando a considerarse como salario en especie a ojos de la Seguridad Social y el fisco, por lo que deben cotizar y tributar.
Los nuevos criterios, que afectarían a la actividad de los últimos cuatro años, se asemejarían a los que se aplicaban hasta ahora para los coches de empresa. De ser así, los costes tributarios anuales podrían ascender, de media, a unos 250 euros por cada dispositivo, sumando cotizaciones a la Seguridad Social y el IRPF. Mientras que las cotizaciones las asumiría prácticamente en su totalidad la empresa, el IRPF corre a cargo del trabajador.
Las nuevas medidas se encuadran justo en el momento en que el Gobierno prevé aprobar de manera acelerada la Ley de teletrabajo. Esta ley, que el ejecutivo quiere impulsar apoyándose en la patronal y los sindicatos, comportaría nuevos costes para las empresas, que deberán abonar a los empleados los gastos que estos asuman para el desarrollo de la actividad en el domicilio, así como proporcionar los medios técnicos para el teletrabajo.
En el último borrador presentado hace una semana, el Gobierno elevó del 20% al 30% el porcentaje para entender que el trabajo a distancia es regular en una empresa. En este mismo borrador se indica que serán contenido obligatorio del acuerdo de trabajo a distancia: el inventario de medios, equipos y herramientas que exige el desarrollo del trabajo a distancia, "incluidos los consumibles y los elementos muebles", así como de la vida útil o un periodo máximo para la renovación de estos. También será obligatoria la enumeración de gastos que pudiera tener la persona trabajadora por el hecho de prestar servicios a distancia, así como la forma de cuantificación de la compensación que obligatoriamente debe abonar la empresa y momento y forma para realizar la misma, que se corresponderá, de existir, con la previsión recogida en el convenio colectivo de aplicación.
https://www.libremercado.com/2020-09-16/ordenadores-cotizaran-como-salario-especie-deberan-tributar-teletrabajo-6660375/
https://www.expansion.com/economia/2020/09/16/5f612b0ee5fdeaf3488b4604.html
Buen Panorama nos va a quedar en este país.