Dentro de este decreto ley de la nueva normalidad, el artículo 6 concreta los escenarios de obligatoriedad respecto al uso de mascarilla.
Estos pasarían básicamente por todos en los que no estemos únicamente con familiares directos de convivencia, a no ser que estemos en un espacio público y haya suficiente distancia de seguridad entre personas. En ese caso también podríamos quitarnos la mascarilla.
En todos los demás casos, es decir vía pública, transporte público, lugar cerrado sin distancia interpersonal y cualquier vehículo compartido con personas externas a la convivencia, habría que llevar mascarilla.