Nuevo delito en el CP: el Stalking

M

Con la Ley 1/2015, por la que se modifica el Codigo Penal español, se introduce un nuevo tipo delictivo dentro de las coacciones, lo que comunmente se conoce como stalking. Aqui os dejo el articulo:

Articulo 172 ter del CP:

  1. Será castigado con la pena de prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses el que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de este modo, altere gravemente el desarrollo de su vida cotidiana:
    1.ª La vigile, la persiga o busque su cercanía física.
    2.ª Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas.
    3.ª Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos o mercancías, o contrate servicios, o haga que terceras personas se pongan en contacto con ella.
    4.ª Atente contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella.
    Si se trata de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o situación, se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.

  2. Cuando el ofendido fuere alguna de las personas a las que se refiere el apartado 2 del artículo 173, se impondrá una pena de prisión de uno a dos años, o trabajos en beneficio de la comunidad de sesenta a ciento veinte días. En este caso no será necesaria la denuncia a que se refiere el apartado 4 de este artículo.

  3. Las penas previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de las que pudieran corresponder a los delitos en que se hubieran concretado los actos de acoso.

  4. Los hechos descritos en este artículo sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.[/b]

En definitiva, el nuevo tipo delictivo condena el acoso y derribo, agravado si la victima es o ha sido conyuge o haya estado ligado al sujeto activo por una analoga relacion de afectividad, aunque por suerte no hace distincion de genero (sorprendente xD), siempre que ese acoso o persecucion sea insistente o reiterado, sin estar legitimamente autorizado y que perturbe gravemente la vida cotidiana de la victima.

Ahora le toca a la doctrina delimitar que se entiende por acoso reiterado e insistente, cuales son los supuestos en los que el sujeto activo no esta legitimamente autorizado y la interpretacion de "perturbar gravemente la vida cotidiana de una persona".

Que os parece? Yo lo veo algo necesario, pues habia un vacio legal, pero a la vez peligroso si no se delimita bien. Os imaginais a alguien siendo condenado porque lo ha dejado con su pareja y no lo supera, bombardeandole a wasaps por ejemplo?

Jaque mate stalkers.

2
X-Crim

Yo lo veo de puta madre.

perez_chuck

Em, creo que stalker tiene poco que ver, pero ok.

4 1 respuesta
M

#3 Que es para ti un stalker?

2 respuestas
Nerviosillo

el que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de este modo, altere gravemente el desarrollo de su vida cotidiana:
1.ª La vigile, la persiga o busque su cercanía física.

¿Acaban de mandar al paro a todos los cobradores del frac entonces?
Lo veo bien, pero ya podrían haber usado el termino acosador.

1 2 respuestas
Yahia

Esto esta ya en vigor?

1 respuesta
Kalgator

Esto afecta a los cobradores del frac cuando no paran de seguir a alguien para que pague?

3 respuestas
Lord_Khronus

#4 Un juego de tiros :psyduck:

16
zur4no

#7 Misma pregunta con detectives privados.

3 respuestas
M

#7 #9 Habra que esperar a ver que entiende la doctrina por "legitimamente autorizado", igual ahi entran los cobradores de deudas y los detectives privados, o igual no xD

1 respuesta
A

#9 sin estar legitimamente autorizado

Supongo que eso se incluirá en la licencia, pero ni idea.

Von_Valiar

¿Y ahora como follo?

7
klarens

entra el bullying en el colegio?

1
cuico

inb4 mujeres con falsas acusaciones de stalking.

Let the bilis flow through this thread

1
B

Supongo que con esto ya se lo tomarán mas en serio. A mí me pasó algo similar, puse denuncia y aporte pruebas pero como no había amenazas (amenazas de muerte, o de cualquier otro tipo) no pudieron llegar muy lejos.

1.ª La vigile, la persiga o busque su cercanía física.
2.ª Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas.
3.ª Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos o mercancías, o contrate servicios, o haga que terceras personas se pongan en contacto con ella.

Esas 3 frases definen perfectamente lo que me pasó.

EDIT: Si vais a mi perfil veréis una firma de un tal Murat12 que pone mi nombre y mis apellidos como para de decirme que sabe quien soy o algo. Esa cuenta se creo y me firmó días antes de que me pasase todo lo fuerte.

1 respuesta
T

Hablando de detectives privados... ¿alguno sabe si todavía siguen funcionando las discotecas para detectives?

perez_chuck

#4 Recientemente se denomina stalker a aquellas personas que se dedican a seguir a una persona a través de internet, pero sin que esta se de cuenta.

Lo que definen arriba es el acosador de toda la vida.

1 1 respuesta
M

#17 Creo que la denominacion de stalker que das se queda corta, el stalker tambien es el que acosa por las redes sociales.

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Visser

A tomar por culo la presunción de inocencia.

1
Strangelove

¿Se podría entender entonces el Stalking como acoso con intención delictiva? Es que creo recordar que ya hay una ley muy definida sobre el acoso "estándar" (sexual o relacionado con violencia de género).

HeXaN

Ya sabéis, hora de borrar esa cuenta de Instagram.

DoRiTo

Si contactas o intentas contactar, si pides a alguien común que le diga algo, o si os encontrais es malo.

¿Entonces cómo retomas contacto con alguien?.

HoRuS

Y lo pones hoy¿

Lleva en vigor desde el 1 de Julio de 2015.

eXtreM3

Lo de siempre, con aplicar el sentido común ya evades todas estas mierdas.

Me parece bien.

1 respuesta
Bomne

Pues ya pueden ir construyendo más duchas y jabones, porque no cabemos todos.

1 respuesta
HoRuS

#25 Pues eso dice mucho de ti, si te lees el precepto penal, y encajas, tienes un problema.

1 respuesta
Bomne

#26 Soy medio catalán, no le enviaría flores a nadie ni tampoco gastaría saldo en llamadas.

Además, para mí stalkear es cotillear perfiles en Facebook y poco más, ahora no me vengáis en plan Lionel Hutz.

gebimelo

#5 No, el cobrador del frac seguirá igual.

wizar5

Si me lo hace una chica a mi, tambien puedo denunciar o como va eso?

1 3 respuestas
M

#29 Si.