El pasado 16 de febrero, la Comisión de Derechos Sociales del Parlament de Cataluña votó las enmiendas de la Ley Antidesahucios en la que trabaja la Generalitat. Una norma que cuenta con el apoyo de ERC, JxCat, la CUP, En Comú Podem y el PSC. Tras la votación, continuará el trámite en el Parlament, pudiendo estar aprobada en el plazo aproximado de un mes.
Lo curioso de este texto es que recoge las medidas en materia de paralización de desahucios que fueron anuladas por el Tribunal Constitucional en una sentencia del pasado mes de enero de 2021. Además, obliga a dar alquiler social a los ocupas.
Entre los principales puntos de la norma en la que trabaja el Parlament están las renovaciones automáticas de los alquileres sociales de los grandes tenedores cuando lleguen a su fin. También, alquileres sociales obligatorios para hogares vulnerables en fin de contratos de alquiler.
Asimismo, alquileres sociales obligatorios para hogares vulnerables sin título. Esta es la medida que ampara la ocupación, puesto que un ocupa considerado vulnerable se verá protegido por esta norma. Y también amplía la definición de gran tenedor. De hecho, incluye a personas jurídicas con más de 10 viviendas, a la par que mantiene en 15 viviendas para las personas físicas.
Incluye el texto la obligación de ofrecer alquiler social en casos de extinción de contrato. Una situación que estará vigente durante cinco años si el gran tenedor es persona física; siete años, si es persona jurídica; y doce años si se trata de un banco o un fondo de inversión.
Habrá control de ofertas de alquiler social obligatorio, ampliación a siete años de la cesión obligatoria de viviendas vacías de los bancos y fondos de inversión, y elaboración de un registro de grandes tenedores de personas jurídicas de más de diez viviendas. El objetivo de este último punto es facilitar el cumplimiento de la ley. Y habrá sanciones para quienes la incumplan.
Por último, y como medida de fomento para evitar desahucios, a cambio de no poner demanda de desahucio o si lo detienen, los grandes tenedores no vinculados a bancos y fondos de inversión podrán hacer la siguiente solicitud a la Generalitat: que les alquile la vivienda donde vive una familia en riesgo de desahucio a precio de protección oficial, quedándose estos como inquilinos con un alquiler social con la Administración. Eso sí, se mantiene la obligación de alquiler social si no se acogen, con las correspondientes sanciones si se incumple.
Largo camino
Hay que retrotraerse hasta 2014 para ver el origen de la nueva norma que se tramita en el Parlament. Entonces, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), la Alianza contra la Pobreza Energética y el Observatorio DESC impulsaron una iniciativa legislativa popular para que en el Parlament se desarrollaran nuevas políticas de vivienda y pobreza energética.
La Ley 24/2015 se aprobó el 29 de julio de 2015. En su articulado se contemplaba la obligación de los grandes propietarios a ofrecer alquileres sociales a familias en régimen de alquiler en riesgo de desahucio. Pero no contemplaba la renovación obligatoria. Así, el siguiente paso fue el Decreto 17/2019, que ampliaba la protección de las familias vulnerables y ‘apretaba’ a los grandes tenedores. Dicho decreto fue tumbado por el Tribunal Constitucional.
La reacción de quienes promovieron la ley y el decreto fue redactar una nueva ley que vuelve a poner sobre la mesa las medidas suspensas. La misma fue registrada el 8 de junio de 2021 por ERC, JxCat, En Comú Podem y la CUP. Además, fue uno de los puntos clave en el acuerdo entre ERC, JxCat y la CUP para formar Gobierno. Sin embargo, en el camino hubo choques entre JxCat y la PAH.
Como empresario inmobiliario residente en Madrid, no hago mas que apludir estas iniciativas que traen tanto comprador e inversor a mi ciudad. Buenos años para Madrid sin duda gracias a toda esta gente. :)
A este paso se va a quedar una Cataluña que ni los pueblos perdidos de la soviet unión..xD